Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2003 (14/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 14 de octubre de 2003

Muebles de Oficina, con el objeto de completar el mobiliario de las oficinas; Que en la documentacion suscrita por el Comite Especial del Concurso de Menor Cuantia Nº AMC-001-2003MDLP, se observa que dicho Comite no fue presidido por el Director de Administracion ni que tampoco existe documento que nombre a su representante; Que, el ultimo parrafo del Articulo 34º del Reglamento del Texto Unico de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 013-2001-PCM, senala que los integrantes del Comite Especial, no pueden ser removidos, salvo caso fortuito, fuerza mayor o cese en el servicio declarados mediante resolucion debidamente motivada y que no existe tal resolucion que remueva a la presidente titular; Que, el articulo 26º del Reglamento del Texto Unico de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado senala que el Titular del Pliego podra declarar de oficio, hasta MORDAZA de la celebracion del contrato, la nulidad del MORDAZA de seleccion, por alguna de las causales establecidas en el Articulo 57º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, entre ellas, que el acto MORDAZA sido realizado contraviniendo las normas legales o se hayan dejado de aplicar las normas del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable, debiendo expresar en la Resolucion que expida, la etapa a la que se retrotraera el proceso; Que, el inciso 1) del Articulo 10º de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que constituye un vicio del acto administrativo que causa su nulidad de pleno derecho, la contravencion a las leyes o a las normas reglamentarias; Que, el Articulo 12º de la Ley Nº 27444 ­ Ley de Procedimiento Administrativo General, establece que la declaracion de nulidad tendra efecto declarativo y retroactivo a la fecha del acto;

Que, con fecha 6 de enero de 2003, se expidio la Resolucion de Alcaldia Nº 004/2003 en la que se designaba al Comite Especial Permanente de la Municipalidad Distrital de La Punta para el periodo 2003 en la que se resolvia nombrar como Presidente al Director de Administracion o su representante; Estando a lo acordado, y de conformidad a las facultades conferidas en el Articulo 20º de la "Ley Organica de Municipalidades" Nº 27972; y con el visto de la Oficina de Asesoria Legal; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarese NULA el Concurso de Menor Cuantia Nº AMC-0001-2003-MDLP, 1º Convocatoria, para la Adquisicion de Muebles de Oficina, debiendo retrotraerse a la etapa de la elaboracion de bases y convocatoria, considerando los criterios expuestos en la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer que el Comite Especial adopte las acciones pertinentes que se deriven como consecuencia de lo dispuesto por la presente resolucion, con sujecion a la normatividad sobre contrataciones y adquisiciones del Estado. Articulo 3º.- Se publique en el Diario Oficial El Peruano el contenido de esta resolucion dentro de los cinco (5) dias utiles, con conocimiento del Comite Especial y de los demas organos que corresponda. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA DUHARTE GADEA MORDAZA 18729

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extension igual o mayor a dos (2) paginas de texto, se requerira la MORDAZA adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias ademas, deben ser remitidas en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 5.- Cualquiera sea la cantidad de paginas, si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan venir en diskette y trabajados en Excel una linea por celda sin justificar y, si contuvieran graficos, estos deberan ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises.

LA DIRECCION

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