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PÆg. 253094 NORMAS LEGALES Lima, martes 14 de octubre de 2003 Muebles de Oficina, con el objeto de completar el mobilia- rio de las oficinas; Que en la documentación suscrita por el Comité Espe- cial del Concurso de Menor Cuantía Nº AMC-001-2003-MDLP, se observa que dicho Comité no fue presidido por elDirector de Administración ni que tampoco existe documen- to que nombre a su representante; Que, el último párrafo del Artículo 34º del Reglamento del Texto Único de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado mediante D.S. Nº 013-2001-PCM,señala que los integrantes del Comité Especial, no puedenser removidos, salvo caso fortuito, fuerza mayor o cese en el servicio declarados mediante resolución debidamente motivada y que no existe tal resolución que remueva a lapresidente titular; Que, el artículo 26º del Reglamento del Texto Único de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do señala que el Titular del Pliego podrá declarar de oficio, hasta antes de la celebración del contrato, la nulidad del proceso de selección, por alguna de lascausales establecidas en el Artículo 57º del TUO de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en-tre ellas, que el acto haya sido realizado contravinien-do las normas legales o se hayan dejado de aplicar las normas del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable, debiendo expresar en la Reso-lución que expida, la etapa a la que se retrotraerá elproceso; Que, el inciso 1) del Artículo 10º de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que constituye un vicio del acto administrativo que causa su nulidad de pleno derecho, la contravención a las leyes oa las normas reglamentarias; Que, el Artículo 12º de la Ley Nº 27444 – Ley de Proce- dimiento Administrativo General, establece que la declara-ción de nulidad tendrá efecto declarativo y retroactivo a la fecha del acto; REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERUQue, con fecha 6 de enero de 2003, se expidió la Resolu- ción de Alcaldía Nº 004/2003 en la que se designaba alComité Especial Permanente de la Municipalidad Distritalde La Punta para el período 2003 en la que se resolvíanombrar como Presidente al Director de Administración osu representante; Estando a lo acordado, y de conformidad a las faculta- des conferidas en el Artículo 20º de la "Ley Orgánica deMunicipalidades" Nº 27972; y con el visto de la Oficina deAsesoría Legal; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declárese NULA el Concurso de Menor Cuantía Nº AMC-0001-2003-MDLP, 1º Convocatoria, parala Adquisición de Muebles de Oficina, debiendo retrotraer-se a la etapa de la elaboración de bases y convocatoria, considerando los criterios expuestos en la presente Reso- lución. Artículo 2º.- Disponer que el Comité Especial adopte las acciones pertinentes que se deriven como consecuen-cia de lo dispuesto por la presente resolución, con suje-ción a la normatividad sobre contrataciones y adquisicio- nes del Estado. Artículo 3º.- Se publique en el Diario Oficial El Perua- no el contenido de esta resolución dentro de los cinco (5)días útiles, con conocimiento del Comité Especial y de losdemás órganos que corresponda. Regístrese, comuníquese y cúmplase. WILFREDO DUHARTE GADEA Alcalde 18729