Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2003 (14/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, martes 14 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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Que, el primer criterio se sustenta, en el hecho de que el Poder Judicial ha implementado numerosos aplicativos en los organos administrativos y jurisdiccionales a nivel nacional, sin los registros y autorizaciones pertinentes, sistemas desarrollados con el motor de Base de Datos Sybase (Sybase Adaptive Sever o Anywhere) y con la herramienta Power Builder, y en el caso de aprobarse nueva migracion de sistemas con cualquier otra plataforma de Base de Datos, ocasionaria entre otros un costo muy alto en terminos de tiempo y recursos, en desmedro de la Institucion, y ademas por la complejidad, cantidad de aplicaciones y distribucion geografica de las dependencias a nivel nacional, lo cual paralizaria otros proyectos en curso, para dedicar todos los esfuerzos en cambiar de plataforma, supuesto que lo hace insustituible e irreemplazable; Que, del mismo modo, el MORDAZA elemento se encuentra corroborado con la certificacion alcanzada por la Empresa SYBASE, Inc., que declara que System Database S.A., es actualmente el unico distribuidor autorizado por Sybase Inc. en el Peru, para proveer los servicios de capacitacion, consultoria y servicios tecnicos, asi como venta y comercializacion de sus productos; Que, como es de verse, el Poder Judicial se encuentra imposibilitado de efectuar una eleccion entre uno u otro proveedor, y el hecho de instalar una nueva plataforma con aplicativos distintos, ademas de ocasionar un dano economico a la Entidad, existe un riesgo potencial de ser demandados por dicha Empresa; Que, el Valor Referencial para la adquisicion de las Licencias Sybase y la herramienta Power Builder asciende a la suma de S/. 1'516,112.00 (Un Millon Quinientos Dieciseis Mil Ciento Doce y 00/100 Nuevos Soles), con cargo a los recursos provenientes del Fondo Especial Fondo Especial de Administracion del Dinero Obtenido Ilicitamente en Perjuicio del Estado ­ FEDADOI; Que, estando a lo precedentemente expuesto, la Oficina de Asesoria Legal de la Gerencia General del Poder Judicial, opina por la procedencia de la exoneracion de MORDAZA, sugiriendo que lo requerido se incluya dentro de la causal de exoneracion de un bien que no admite sustituto, supuesto establecido en el Inc. f) del Articulo 19º del TUO de la Ley Nº 26850; De conformidad con lo dispuesto en el Inc. f) del Articulo 19º, 20º del TUO de la Ley Nº 26850, en concordancia con los Articulos 10º, 113º y 116º de su Reglamento; y en uso de las facultades conferidas por ley; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Exonerar de MORDAZA de Licitacion Publica, la adquisicion de las Licencias del Motor de Base de Datos SYBASE y la Herramienta de desarrollo Power Builder, por la causal de exoneracion de un bien que no admite sustituto prescrito en el Inc. f) del Articulo 19º del TUO de la Ley Nº 26850, por el Valor Referencial de S/. 1'516,112.00 (Un Millon Quinientos Dieciseis Mil Ciento Doce y 00/100 Nuevos Soles), con cargo a los recursos otorgados por el FEDADOI. Articulo Segundo.- Las Adquisiciones y Contrataciones a que se refiere el articulo anterior, se realizaran a traves de un MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia, el mismo que se encontrara a cargo de la Subgerencia de Logistica de la Gerencia de Administracion y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial. Articulo Tercero.- El contrato que se celebre como consecuencia de las adquisiciones y contrataciones a que se refiere el Articulo Primero de la presente Resolucion, debera cumplir con los requisitos, condiciones, formalidades y garantias que la Ley establece. Articulo Cuarto.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial haga de conocimiento de la Contraloria General de la Republica, la presente Resolucion y los informes que la sustentan, dentro del plazo que dispone el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SIVINA MORDAZA Presidente 18721

ORGANISMOS AUTONOMOS MINISTERIO PUBLICO
Nombran Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de La MORDAZA
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1536-2003-MP-FN MORDAZA, 13 de octubre de 2003 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza de Fiscal Adjunto Provincial en el Distrito Judicial de MORDAZA, en el Despacho de la Fiscalia Provincial Civil y de Familia de MORDAZA, lo que hace necesario cubrirla provisionalmente; Estando a lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Nombrar a la doctora MORDAZA del MORDAZA Rabines Briceno, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de La MORDAZA, en el Despacho de la Fiscalia Provincial Civil y de Familia de Lambayeque. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion a la Fiscal Superior Decana del Distrito Judicial de MORDAZA, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Registro de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 18727

SBS
Actualizan version del software "Submodulo de Captura y Validacion Externa" (SUCAVE), para remision de estados financieros e informacion complementaria
CIRCULAR Nº B-2124-2003 MORDAZA, 13 de octubre de 2003 CIRCULAR Nº B- 2124 -2003 F- 0463 -2003 S- 0602 -2003 CM- 0310 -2003 CR- 0179 -2003 EAF- 0213 -2003 AGD- 0137 -2003 EDPYME- 0102 -2003 FOGAPI- 0017 -2003 ESF- 0005 -2003 AFP- 0033 -2003 Ref. ­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­ : Remision de Estados Financieros e informacion complementaria por medio del software SUCAVE, version 2.12 ­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­

Senor Gerente General: Sirvase tomar conocimiento que, en uso de las atribuciones que le confiere el numeral 13 del articulo 349º

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