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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (19/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 52

PÆg. 12 PROYECTO Lima, domingo 19 de octubre de 2003 DISPOSICIONES FINALES Primera.- Los Gobiernos Regionales y Locales, preparan y emiten disposiciones complementarias a lo señalado enla presente Directiva para el desarrollo del proceso del pre-supuesto participativo. Estas disposiciones deberán desa-rrollar como mínimo: a) Mecanismos para la participación de los ciudadanos no organizados o no representados en el proceso delpresupuesto participativo. b) Los mecanismos para la discusión, resolución de dispu- tas y toma de decisiones, la modalidad y tiempos deintervención individual, metodología para decidir (mayo-ría simple o absoluta o consenso), entre otros. De con-siderarlo necesario puede elaborarse un reglamento in- terno para el desarrollo del Taller. c) En el caso de las Municipalidades Distritales de menos de 10 mil habitantes, sobre la base de información ofi- cial del Instituto Nacional de Estadística, estas disposi- ciones podrán contener una adecuación y simplificaciónde la presente Directiva a las particularidades y restric-ciones locales, debiendo garantizar la participación ciu-dadana y de sus organizaciones, de haberlas, a travésdel proceso participativo. Segunda.- Los proyectos de inversión que son determinados en el marco del proceso del presupuesto participativo y con-siderados en la formulación presupuestaria, se sujetan,bajo responsabilidad del Titular del Pliego y del funcionarioque autorice tal acto, a las disposiciones del Sistema Na- cional de Inversión Pública, en la forma y oportunidad que señale la Directiva que para tal efecto emita la DirecciónGeneral de Programación Multianual del Sector Público delMinisterio de Economía y Finanzas. Tercera.- Los costos que irrogue la realización del proce- so participativo son atendidos con cargo al Presupuesto Institucional de los Gobiernos Regionales o Locales y; con cargo a los aportes que se obtengan de los organis-mos e instituciones privadas promotoras del desarrollo yla cooperación técnica internacional, sin demandar re-curso adicional alguno al Tesoro Público. Cuarta.- Para fines de la programación participativa, los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Regiona-les y Gobiernos Locales deberán acompañar la informa-ción que certifique, de acuerdo a los lineamientos queestablezcan las correspondientes directivas, la maneracómo se ha realizado la programación participativa del presupuesto. Esta información deberá contener, entre otros, lo siguiente: a) Conformación de Consejo de Coordinación Regio- nal o Consejo de Coordinación Local. b) Libro de Agentes Participantes en caso se hubiese abierto o indicación del uso del Registro de repre-sentantes de la Sociedad Civil de los Consejos deCoordinación. c) Convocatorias Públicas al proceso.d) Actas de los Talleres de Trabajo. e) Acta de firma de Acuerdos de resultados del proce- so. Quinta.- Las labores que corresponden al Equipo Técni- co, en el caso de las municipalidades señaladas en laPrimera Disposición Final, podrán ser realizadas por laspersonas que designe el Consejo de Coordinación Local sin ser necesariamente parte de la municipalidad, de la sociedad civil o de cualquier otra entidad del Estado. 19105convocan a Audiencias Públicas a través de las cuales pre- sentan a la ciudadanía el avance en la ejecución del gastopúblico y los resultados logrados del accionar el GobiernoRegional o Local en el marco de los acuerdos del proceso participativo y compromisos asumidos por la sociedad ci- vil, entidades del Gobierno Nacional con presencia en lajurisdicción y la cooperación técnica internacional, toman-do como referencia indicadores de desempeño que sehayan definido o en función a las metas físicas definidasen la formulación del presupuesto institucional. Asimis- mo, sin perjuicio de lo antes señalado, el Gobierno Re- gional o Local implementa los mecanismos de transpa-rencia y rendición de cuentas que considere necesarios. Con el fin de apoyar la transparencia de este ejercicio, la DNPP publicará en su página Web, en los meses de abril, julio, octubre y enero, las transferencias trimes- trales que han sido realizadas a cada uno de los plie-gos presupuestarios, sean éstos del Gobierno Regio-nal o Local. CAPÍTULO III PERÍODO DE REALIZACIÓN DEL PROCESO PARTICIPATIVO Artículo 21º.- Cronograma general del proceso parti- cipativo El proceso de presupuesto participativo es multianual. Las fases y acciones definidas para el proceso participa- tivo se realizan siguiendo una secuencia lógica y se arti-culan de manera referencial en el siguiente cronograma,en los cuales se superponen la revisión del proceso delaño anterior, la ejecución de los acuerdos del año en cursoy los trabajos de programación del año siguiente y susimplicancias en años subsiguientes: CRONOGRAMA DEL PROCESO PARTICIPATIVO Acciones MESES EF MA MJJAS O ND 1º Fase Identificación de Agentes Participantes 2º Fase Capacitación de Agentes Participantes Desarrollo de Talleres de Trabajo 3º Fase Preparación y Convocatoria a Talleres Talleres de Diagnóstico y de definición de criterios y metodología de priorización 4º Fase Evaluación técnica de prioridades Formalización de los Acuerdos Anteproyecto de Presupuesto 5º Fase Perfeccionamiento técnico de proyectos Proyecto de Presupuesto Rendición de Cuentas 6º Fase Publicación de Transferencias en página Web DNPP Audiencias Públicas Los meses resaltados en el presente cronograma repre- sentan límites máximos para la ejecución de las accio-nes pudiendo éstas iniciarse antes, de acuerdo a la pro-gramación que se haga en las respectivas jurisdiccio-nes.