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PÆg. 253469 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de octubre de 2003 Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Ren- tas, Dirección e Imagen Institucional, Oficina de AsesoríaTécnica y Unidad de Estadística e Informática el cumpli-miento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 19128 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Disponen embanderamiento general del distrito con ocasión de conmemorarseel dØcimo cuarto aniversario de su crea-ción política DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2003-ALC/MDSA Santa Anita, 17 de octubre de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA CONSIDERANDO: Que, los artículos 194º, 195º incisos 3 y 4 y el 196º inciso 1 y siguientes de nuestra Constitución Política, según la Leyde Reforma Constitucional, así como el artículo 2º de la LeyOrgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establecen quelos gobiernos locales tienen autonomía política, económica yadministrativa en los asuntos de su competencia; Que, por Ley Nº 25116 del 25 de octubre de 1989, se crea el distrito de Santa Anita; Que, en el presente año se celebra el Décimo Cuarto Aniversario de la Creación Política del distrito y, por esemotivo, es pertinente compartir con el vecindario las diver-sas actividades cívico-sociales que demuestren identidady compromiso de desarrollo, demostrando ejemplares ac-titudes de buena vecindad en tan importante efeméride; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades con- feridas en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánicade Municipalidades Nº 27972; se, DECRETA: Artículo Primero.- Disponer el embanderamiento general del distrito de Santa Anita desde el 18 hasta el 26 de octubre delaño en curso con ocasión de conmemorarse el Décimo CuartoAniversario de la Creación Política del distrito de Santa Anita. Artículo Segundo.- Encargar a la Unidad de Imagen Insti- tucional, a la Dirección de Desarrollo Urbano y a la Dirección deServicios Sociales el cumplimiento del presente decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. TADEO A. GUARDIA HUAMANÍ Alcalde 19126 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Otorgan exoneración del monto liqui- dado para pago de derecho por trÆmiteadministrativo de habilitación urbananueva con fines de vivienda (Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud de la Municipalidad Provincial del Callao mediante Oficio Nº336-2003-MPC/SG, recibido el 17 de octubre de 2003). ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000006 Callao, 31 de marzo de 2003El Alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao: POR CUANTO:El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión fecha 31 de marzo de 2003; Aprobó la siguiente; ORDENANZA MUNICIPAL CONSIDERANDO:Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo 2º de la Ley Nº 23853 - LeyOrgánica de Municipalidades, reconoce a los GobiernosLocales la autonomía política, económica y administrativaen asuntos de su competencia; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 10º, inciso 1) de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Munici-palidades y la Norma IV del Título Preliminar del CódigoTributario, las Municipalidades son competentes para crear,modificar, suprimir o exonerar sus contribuciones, arbitriosy derechos dentro de su jurisdicción con los límites queseñala la Ley: Que, mediante la Ordenanza Municipal Nº 000020 de fecha 27-09-2000 se aprobó exonerar del 90% del montoliquidado para el pago del derecho de Regularización deHabilitación Urbana; a las Cooperativas y Asociaciones deVivienda de la Provincia Constitucional del Callao que cuen-ten con menos de 50 asociados. Que, mediante la Ordenanza Municipal Nº 000016 de fecha 19-09-2001 se modificó el Artículo Primero de la nor-ma municipal anteriormente mencionada, en el sentido quela exoneración esta dirigida a las Cooperativas y Asocia-ciones de Vivienda de la Provincia Constitucional del Ca-llao que cuentan con menos de 50 lotes; Que, de acuerdo a lo prescrito por la Primera Disposi- ción Transitoria y Complementaria de la Ley Nº 26878, elacogimiento al trámite de Regularización de HabilitacionesUrbanas se efectuaría sólo durante los primeros 90 díasnaturales a partir de la vigencia de la Ley, esto es a partirdel 27-11-97; habiendo excedido largamente el plazo a lafecha; Que, dentro de la jurisdicción de la Provincia Constitu- cional del Callao, existe gran diversidad de Programas deVivienda con escasos recursos económicos que a pesarde haber efectuado el trámite administrativo correspondien-te, se encuentran pendientes de cubrir los gastos genera-dos por la liquidación de derechos de pago, incluso luegode varios años de emitida; Que, dentro de este contexto, se hace necesario emitir una nueva Ordenanza Municipal, a efectos de otorgar faci-lidades tendientes a apoyar a este numeroso sector de lapoblación chalaca; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones con- feridas al Concejo Municipal por el Artículo 36º de la LeyNº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades, aprobó lasiguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Artículo Primero .- Otorgar por el plazo de 90 días una exoneración del monto liquidado para el pago del derechopor el trámite administrativo de Habilitación Urbana Nuevacon fines de vivienda a las Cooperativas, Asociaciones deVivienda, Personas Naturales, Personas Jurídicas y/o cual-quier forma asociativa con fines de vivienda de acuerdo ala siguiente escala: - Hasta 50 lotes 90% del monto liquidado - Hasta 100 lotes 80% del monto liquidado- Hasta 200 lotes 60% del monto liquidado- Hasta 300 lotes 40% del monto liquidado Artículo Segundo .- Las personas citadas en el nume- ral precedente deberán acreditar fehacientemente las limi-taciones económicas que imposibilitan asumir el costo delderecho citado. Artículo Tercero .- Deróguese las Ordenanzas Munici- pales Nº 000020 de fecha 27-09-2000 y Nº 000016 de fe-cha 19-09-2001, por haber devenido en inaplicables. Artículo Cuarto .- Establecer que el beneficio al que se hace alusión en el artículo primero es aplicable para lasliquidaciones emitidas desde la vigencia de la Ley Nº 26878y sus modificatorias y que a la fecha se encuentran pen-dientes de cancelación. Artículo Quinto .- Facultar al señor Alcalde para pro- rrogar el plazo de la presente Ordenanza Municipal me-diante Decreto de Alcaldía.