Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2003 (19/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, sabado 19 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

Pag. 253469

Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion de Rentas, Direccion e Imagen Institucional, Oficina de Asesoria Tecnica y Unidad de Estadistica e Informatica el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 19128

El MORDAZA de la Municipalidad Provincial del Callao:

El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesion fecha 31 de marzo de 2003; Aprobo la siguiente; ORDENANZA MUNICIPAL CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Articulo 2º de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades, reconoce a los Gobiernos Locales la autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 10º, inciso 1) de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades y la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario, las Municipalidades son competentes para crear, modificar, suprimir o exonerar sus contribuciones, arbitrios y derechos dentro de su jurisdiccion con los limites que senala la Ley: Que, mediante la Ordenanza Municipal Nº 000020 de fecha 27-09-2000 se aprobo exonerar del 90% del monto liquidado para el pago del derecho de Regularizacion de Habilitacion Urbana; a las Cooperativas y Asociaciones de Vivienda de la Provincia Constitucional del Callao que cuenten con menos de 50 asociados. Que, mediante la Ordenanza Municipal Nº 000016 de fecha 19-09-2001 se modifico el Articulo Primero de la MORDAZA municipal anteriormente mencionada, en el sentido que la exoneracion esta dirigida a las Cooperativas y Asociaciones de Vivienda de la Provincia Constitucional del Callao que cuentan con menos de 50 lotes; Que, de acuerdo a lo prescrito por la Primera Disposicion Transitoria y Complementaria de la Ley Nº 26878, el acogimiento al tramite de Regularizacion de Habilitaciones Urbanas se efectuaria solo durante los primeros 90 dias naturales a partir de la vigencia de la Ley, esto es a partir del 27-11-97; habiendo excedido largamente el plazo a la fecha; Que, dentro de la jurisdiccion de la Provincia Constitucional del Callao, existe gran diversidad de Programas de Vivienda con escasos recursos economicos que a pesar de haber efectuado el tramite administrativo correspondiente, se encuentran pendientes de cubrir los gastos generados por la liquidacion de derechos de pago, incluso luego de varios anos de emitida; Que, dentro de este contexto, se hace necesario emitir una nueva Ordenanza Municipal, a efectos de otorgar facilidades tendientes a apoyar a este numeroso sector de la poblacion chalaca; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas al Concejo Municipal por el Articulo 36º de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades, aprobo la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Articulo Primero.- Otorgar por el plazo de 90 dias una exoneracion del monto liquidado para el pago del derecho por el tramite administrativo de Habilitacion MORDAZA Nueva con fines de vivienda a las Cooperativas, Asociaciones de Vivienda, Personas Naturales, Personas Juridicas y/o cualquier forma asociativa con fines de vivienda de acuerdo a la siguiente escala: Hasta Hasta Hasta Hasta 50 lotes 100 lotes 200 lotes 300 lotes 90% del monto liquidado 80% del monto liquidado 60% del monto liquidado 40% del monto liquidado

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Disponen embanderamiento general del distrito con ocasion de conmemorarse el decimo MORDAZA aniversario de su creacion politica
DECRETO DE ALCALDIA Nº 010-2003-ALC/MDSA
MORDAZA MORDAZA, 17 de octubre de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, los articulos 194º, 195º incisos 3 y 4 y el 196º inciso 1 y siguientes de nuestra Constitucion Politica, segun la Ley de Reforma Constitucional, asi como el articulo 2º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establecen que los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, por Ley Nº 25116 del 25 de octubre de 1989, se crea el distrito de MORDAZA Anita; Que, en el presente ano se celebra el Decimo MORDAZA Aniversario de la Creacion Politica del distrito y, por ese motivo, es pertinente compartir con el vecindario las diversas actividades civico-sociales que demuestren identidad y compromiso de desarrollo, demostrando ejemplares actitudes de buena vecindad en tan importante efemeride; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; se, DECRETA: Articulo Primero.- Disponer el embanderamiento general del distrito de MORDAZA MORDAZA desde el 18 hasta el 26 de octubre del ano en curso con ocasion de conmemorarse el Decimo MORDAZA Aniversario de la Creacion Politica del distrito de MORDAZA Anita. Articulo Segundo.- Encargar a la Unidad de Imagen Institucional, a la Direccion de Desarrollo MORDAZA y a la Direccion de Servicios Sociales el cumplimiento del presente decreto. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 19126

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Otorgan exoneracion del monto liquidado para pago de derecho por tramite administrativo de habilitacion MORDAZA nueva con fines de vivienda
(Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud de la Municipalidad Provincial del Callao mediante Oficio Nº 336-2003-MPC/SG, recibido el 17 de octubre de 2003).

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000006
Callao, 31 de marzo de 2003

Articulo Segundo.- Las personas citadas en el numeral precedente deberan acreditar fehacientemente las limitaciones economicas que imposibilitan asumir el costo del derecho citado. Articulo Tercero.- Deroguese las Ordenanzas Municipales Nº 000020 de fecha 27-09-2000 y Nº 000016 de fecha 19-09-2001, por haber devenido en inaplicables. Articulo Cuarto.- Establecer que el beneficio al que se hace alusion en el articulo primero es aplicable para las liquidaciones emitidas desde la vigencia de la Ley Nº 26878 y sus modificatorias y que a la fecha se encuentran pendientes de cancelacion. Articulo Quinto.- Facultar al senor MORDAZA para prorrogar el plazo de la presente Ordenanza Municipal mediante Decreto de Alcaldia.

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