Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (19/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 44

PÆg. 4 PROYECTO Lima, domingo 19 de octubre de 2003 cional de los Gobiernos Regionales y Locales, se- gún corresponda. Formalizado el acuerdo y aprobados los presupues- tos participativos por los Consejos Regionales y Con- cejos Municipales mediante Acuerdo de ConsejoRegional o Concejo Municipal u Ordenanza, el Pre-sidente Regional o Alcalde dispondrá la publicaciónen los medios de comunicación masiva de su locali-dad o región. Copia del documento que formaliza los acuerdos se remite a la Contraloría General de la República, a laComisión de Presupuesto y Cuenta General de laRepública del Congreso de la República y a la DNPP. 9.3 En caso no existan acuerdos, el Gobierno Regional y/o Gobierno Local aprobarán sus presupuestos enfunción a sus objetivos institucionales, sin perjuiciode la responsabilidad de realizar el proceso partici-pativo a que se refiere la Ley. Artículo 10º.- De la Rendición de Cuentas Comprende la vigilancia en el cumplimiento de los acuer- dos y resultados del proceso participativo por parte dela sociedad civil del cumplimiento de los acuerdos en lainclusión de las actividades y proyectos priorizados, en la fase de Formulación del Presupuesto Institucional del Gobierno Regional o Local, así como en la rendición decuentas propiamente dicha en relación a la ejecuciónde las actividades y proyectos priorizados, en la fase deEjecución Presupuestaria. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Los proyectos de inversión que son determi- nados en el marco del proceso del presupuesto partici-pativo y considerados en la formulación presupuesta-ria, se sujetan, bajo responsabilidad del Titular del Plie- go y del funcionario que autorice tal acto, a las disposi- ciones del Sistema Nacional de Inversión Pública, enla forma y oportunidad que señale la Directiva que paratal efecto emita la Dirección General de ProgramaciónMultianual del Sector Público del Ministerio de Econo-mía y Finanzas. Segunda.- El costo que irrogue el proceso de programa- ción del presupuesto participativo se atenderá con cargoal Presupuesto Institucional del Gobierno Regional o Lo-cal, según corresponda; y, con cargo a los aportes que seobtengan de los organismos e instituciones privadas pro- motoras del desarrollo y la cooperación técnica interna- cional. De ninguna manera demandará recursos adicio-nales al Tesoro Público. Tercera.- El Ministerio de Economía y Finanzas a través de la Dirección Nacional del Presupuesto Público, dicta las disposiciones complementarias y de precisión nece- sarias para la mejor aplicación de la presente norma. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a losmación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas, el Consejo Nacional de Descen-tralización, los Organismos de la Sociedad Civil y de Co-operación Internacional, implementará programas de ca- pacitación en temas de presupuesto regional y munici- pal, planeamiento estratégico, planeamiento concerta-do, presupuestos participativos, el Sistema Nacional deInversión Pública y otros que se consideren necesarios,en el marco del Plan Nacional de Capacitación a que serefiere el artículo 86º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; sin perjuicio, de las que orga- nicen, en los mismos temas, los Gobiernos Regionaleso Locales. Artículo 7º.- De los Talleres de Trabajo Durante el Proceso del Presupuesto Participativo se de- sarrollarán dos (2) tipos de talleres de trabajo: 7.1 Taller de Diagnóstico Temático y Territorial.- Los agentes participantes discuten y analizan la situa-ción del Gobierno Regional y del Gobierno Local a nivel Provincial desde la perspectiva del desarro- llo social, económico y ambiental. Asimismo, seidentifican problemas en temas relevantes de la ju-risdicción tratando de abarcar todos los ámbitosterritoriales, preferentemente en el Gobierno Lo-cal a nivel Distrital. 7.2 Taller de Definición de Criterios de Priorización.- Los agentes participantes discuten y definen los crite-rios para la priorización de las acciones a implemen-tar tendientes a resolver los problemas o aprovecharlas potencialidades identificados en los talleres de diagnóstico temático y territorial, tomando como re- ferencia las criterios establecidos en las Directivasque emita la DNPP. Artículo 8º.- De la Ev aluación Técnica de Prioridades Comprende la evaluación y desarrollo técnico de las pro- puestas de alternativas de actividades y/o proyectos ten-dientes a resolver los problemas identificados o al apro-vechamiento de las potencialidades encontradas en eldiagnóstico, así como la realización de los estudios depreinversión correspondiente de los proyectos de inver- sión pública considerados. Es realizada por el Equipo Técnico. Artículo 9º.- De la Formalización de los Acuerdos9.1 Los resultados del proceso participativo, consoli- dados por el equipo técnico, son presentados por el Presidente Regional o Alcalde a los Agentes Par-ticipantes para su discusión, consideración, modi-ficación y aprobación final de sus acuerdos. Aprobados los acuerdos; los miembros de los Con- sejos de Coordinación, los Agentes Participantes; y, la población, de considerarlo necesario formali-zarán el acuerdo suscribiendo el Acta respecti-vo. 9.2 Los acuerdos resultantes del proceso del presupues- to participativo se someten a la aprobación y consi- deración a los Consejos Regionales y Concejos Mu-nicipales en la formulación del presupuesto institu-