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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (11/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 61

PÆg. 251167 NORMAS LEGALES Lima, jueves 11 de setiembre de 2003 Los requisitos para obtener Certificado de Conformi- dad de Obra y/o finalización de obra son los siguientes: a) Solicitud de Conformidad de Obra y/o finalización de obra dirigida al Alcalde. b) Pruebas de compactación de terreno y de resisten- cia de materiales de ser el caso. c) Declaración Jurada de Garantía de Obra, en donde el solicitante o su representante legal garantiza que du- rante siete (7) años posteriores al término de la ejecu-ción de obra ésta no sufrirá algún tipo de deterioro por hechos propios de la reparación, comprometiéndose a efectuar las reparaciones del caso, que de no ejecutarseestará sujeto a las acciones administrativas y/o legales a que dieran lugar. d) Recibo de pago por derecho de liquidación o copia fedateada. e) Información Técnica del órgano competente que amerite según el caso. Artículo Décimo Cuarto.- Plazo para otorgar el Cer- tificado de Conformidad de Obra y/ o Finalización deObra.- El plazo para otorgar el certificado de conformidad de obras en áreas de dominio público es de diez (10) díashábiles, contados desde el día siguiente de presentada la solicitud y que haya cumplido con todos los requeri- mientos señalados en la presente Ordenanza. Artículo Décimo Quinto.- Órgano encargado de otorgar el Certificado de Conformidad de Obra y/o Fi-nalización de Obra en áreas de dominio público.- El órgano encargado de otorgar el Certificado de Con- formidad de obras en áreas de dominio público es la Di-rección de Desarrollo Urbano. Artículo Décimo Sexto.- Calificación del Procedi- miento.- Vencido el plazo mencionado en el artículo décimo cuarto sin que la Municipalidad haya expedido el docu-mento solicitado, se tendrá por No otorgado el Certifica- do de Conformidad de Obra y/o Finalización de Obra ope- rando el silencio administrativo Negativo. TÍTULO IV: CONTROL DE OBRA Artículo Décimo Sétimo.- Control de ejecución de obras en áreas de dominio público.- La Dirección de Desarrollo Urbano queda facultada a realizar los controles de obra y fiscalizaciones necesa- rias en la ejecución de obras en áreas de dominio público con la finalidad de que éstas se efectúen cumpliéndosecon las especificaciones técnicas correspondientes, de acuerdo al cronograma de obra aprobado. Artículo Décimo Octavo.- Obligación de contar en la obra con la copia de la Licencia de Obra y/o Auto- rización de Obra en áreas de dominio público.- La persona natural o jurídica que obtuviera la autori- zación de obra en áreas de dominio público, deberá te- ner en forma permanente una copia de dicho documentoen el lugar de la obra, para que ésta pueda ser presenta- da al personal autorizado de la entidad al efectuar el con- trol de obra y/o fiscalización; de lo contrario se procederáa la aplicación de las sanciones administrativas. TÍTULO V: DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES COMPLEMENTARIAS Artículo Vigésimo.- De las Infracciones y Sancio- nes.- Las personas naturales o jurídicas que no cumplan con lo establecido y prescrito en la presente Ordenanzay demás normas, cometerán las infracciones tipificadas en el Anexo Nº 002. Asimismo, las sanciones a imponer- se por la infracción cometida, están igualmente estable-cidas en el Anexo Nº 002. El Anexo Nº 002 es parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Vigésimo Primero.- Sanciones Solidarias.- La responsabilidad por el cumplimiento de pago de una sanción pecuniaria y de la obligación de ser genera- da por una sanción no pecuniaria será solidaria entre la persona natural o jurídica que ejecuta directamente laobra con la persona natural o jurídica que encarga o con- trata la ejecución de la obra. TÍTULO VI: DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera Disposición Complementaria.- Incorpóre- se en el TUPA vigente los procedimientos consideradosen el Anexo Nº 001 de esta Ordenanza. Segunda Disposición Complementaria.- Aplicación Supletoria.- En todo lo no normado y previsto en la presente Or- denanza se aplicará supletoriamente la Ordenanza Nº203 de fecha 21.DICIEMBRE.98, publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 28.ENERO.99, emitida por el Concejo Metropolitano de Lima, especialmente en las re-ferencias técnicas concerniente a Plazos de ejecución de la obra, Rotura del Pavimento y Veredas, Excavación de Zanjas, Relleno de Zanja y Compactación, Reposi-ción del Pavimento y de las Veredas, así como Seguri- dad y Señalización de Obra. TÍTULO VII: DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera Disposición Transitoria.- Regularización de Obras en Áreas de Dominio Público.- Con la finalidad de preservar y conservar el orna- to de la ciudad y en salvaguarda de la integridad delos bienes de uso y dominio público del distrito de Villa María del Triunfo, las personas naturales o jurí- dicas que hayan ejecutado obras en áreas de domi-nio público sin la debida autorización así como no hayan reparado o no hayan efectuado las reparacio- nes respectivas sin cumplir con los requisitos técni-cos correspondientes a la obra, deberán tramitar su autorización y conformidad de obra y/o finalización de obra en vías de regularización, en el término dediez (10) días hábiles contados desde el día siguien- te de la publicación de esta norma, el mismo que ten- drá un beneficio del 30% de descuento de la multaque se señala en el Anexo Nº 002 de la presente Or- denanza. Transcurrido este plazo se aplicará el 100% de la multa indicada. La presente disposición no está comprendida en los alcances de la Ordenanza Nº 103 publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 6.JUNIO.2003. Segunda Disposición Transitoria.- Vencido el plazo mencionado en el párrafo anterior se aplicarán a los in-fractores las sanciones previstas en el Anexo Nº 002 de la presente norma. Tercera Disposición Transitoria.- Programación anual de ejecución de obras en áreas de dominio pú- blico.- En cumplimiento a lo establecido en el artículo 23º de la Ordenanza Nº 203 de Lima Metropolitana, las Empresas concesionarias de la prestación de servi-cios públicos, deberán remitir a la Municipalidad de Villa María del Triunfo, hasta el día treinta y uno (31) de octubre de cada año, la Programación Anual deEjecución de Obras en Áreas de Dominio Público para el año siguiente. La no remisión de la Programación Anual de Ejecu- ción de Obras en Áreas de Dominio Público, por parte de las empresas concesionarias de la prestación de servi- cios públicos, generará responsabilidad civil y/o penalcontra los representantes legales de dichas entidades, al incumplirse con una disposición municipal. TÍTULO VIII: DISPOSICIONES FINALES Primera Disposición Final.- Derogación.- Deróguese y/o modifíquese toda disposición que con- travenga los alcances de la presente Ordenanza. Segunda Disposición Final.- Decreto de Alcaldía.- Facúltese al Alcalde para que pueda dictar mediante Decreto de Alcaldía las disposiciones reglamentarias dela presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.WASHINGTON IPENZA PACHECO Alcalde