Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2003 (11/09/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 11 de setiembre de 2003

Que, el equipo Alcatel actual cuenta con seis tarjetas de cuatro puertos de conexion cada una para 24 (veinticuatro) lineas fijas o troncales a la red publica. Otro aspecto que se debe mencionar es que esta central no se encuentra vigente comercialmente y hay escasez de repuestos, puesto que su fabricacion se ha descontinuado, asi como tampoco soporta telefonia remota. En consecuencia es un modelo obsoleto que ademas, tiene limitacion en su crecimiento; Que, se ha recibido a solicitud de la Comision Problema de Comunicaciones Telefonicas de la Municipalidad, ofertas de Telefonica y de Alcatel; Que, la oferta de Telefonica se refiere a equipamiento alquilado MORDAZA y tiene un costo de USD $ 2,489.32 (dos mil cuatrocientos ochenta y nueve con 32/100 Dolares Americanos) mensuales, mas un pago por unica vez de USD $ 3580.85 (tres mil quinientos ochenta con 85/100 Dolares Americanos); Que, el analisis de la Comision Especial se ha centrado en la MORDAZA Alcatel, quien ofrece repotenciar la central y que tiene proveedor unico; Que, en el caso de la migracion o de repotenciacion, el costo aproximado es de USD $ 27,300.00 (veintisiete mil trescientos con 00/100 Dolares Americanos), incluido el IGV; Que, Alcatel ha estudiado la situacion actual de la central telefonica y considera que puede ser repotenciada y convertida en una central 4,400 con tecnologia de punta y con proyeccion asegurada a futuro; Que, los beneficios inmediatos de la migracion son los siguientes: seleccion automatica de rutas de menor costo. Permite que el servidor elija de manera dinamica el proveedor de servicio de llamadas, en base al horario y calendario; de manera adicional a las troncales o lineas telefonicas analogicas, soporta circuitos digitales con mayor velocidad de conexion, identificacion de llamadas en pantalla, mejor calidad de comunicacion y servicio de marcacion directa al anexo; incluye una tarjeta para 32 anexos digitales que facilita emplear la marcacion por nombre, evitando distribuir directorios y facilita el envio de mensajes de texto entre telefonos similares; la consola contara con facilidad de marcacion por nombre, envio de mensajes de texto, funcion de manos libres, teclas dinamicas y 80 (ochenta) teclas de visualizacion de anexos; operadora automatica con capacidad para atender 6 llamadas en simultaneo, de manera que el llamante puede marcar el anexo directamente sin necesidad de ser atendido por la operadora; Que, las posibilidades adicionales de uso son: aplicacion de un "Call Center" o centro de contactos para cinco recepcionistas y un supervisor; configuracion total del sistema, anexos, troncales, facilidades, restricciones, etc.; estadistica para generacion de reportes, control de llamadas y asignacion de gastos telefonicos a centros de costos y personas; reporte de alarmas ante cualquier anomalia de funcionamiento; Que, los beneficios de la propuesta de Alcatel son: su bajo costo, debido a que se reutilizan los telefonos y tarjetas de la central telefonica actual; el mantenimiento porque el sistema es de MORDAZA generacion, lo cual asegura su vigencia comercial y disponibilidad de soporte y repuestos; conectividad a traves de anexos y lineas de todos los locales de la Municipalidad, de manera independiente a su ubicacion geografica; Que, el informe de la Oficina de Asesoria Juridica, senala que al respecto el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, dispone en el literal f) que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico, Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admitan sustitutos, consecuentemente, previa la adquisicion de estos bienes debe exonerarse del MORDAZA de adquisicion mediante un Acuerdo de Concejo en aplicacion de lo previsto en el literal c) del articulo 20º del citado texto Unico Ordenado; Que, el Acuerdo de Concejo requiere obligatoriamente un Informe tecnico - legal previo, que sera publicado en el Diario Oficial El Peruano, cuyas copias que lo sustenten deberan ser remitidas a la Contraloria General de la Republica bajo responsabilidad del titular del pliego dentro de los 10 dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, la Oficina de Asesoria Juridica con el criterio coadyuvante de la Comision Especial para solucionar el problema de las comunicaciones telefonicas de esta Municipalidad, debe exonerar de los procesos de adquisicion MORDAZA senala-

dos a la empresa E - Business Distribution Peru S.A., representantes en el Peru de Alcatel, para que en aplicacion de lo previsto en el literal f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, proceda de acuerdo con las propuestas tecnicas y economicas de la Municipalidad a la migracion telefonica MORDAZA Alcatel, que en nuestro medio los bienes que provee esta empresa no admiten sustitutos por parte de otras MORDAZA o empresas que lo distribuyan; Que, el Informe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto senala que existe disponibilidad presupuestal prevista en la Meta 85 - A.E.G. 6.7.11.51 Equipamiento y Bienes Duraderos de la Oficina de Desarrollo de Sistemas, lo que asciende a un monto total de S/. 2'536,505.00 (dos millones quinientos treinta y seis mil quinientos cinco con 00/100 Nuevos Soles), en la que a su vez esta incluido los equipos de computo; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 35) Articulo 9º y 41º de la Ley Organica de Municipalides, Ley Nº 27972; por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; ACORDO: Articulo Primero.- Exonerar del MORDAZA de seleccion la contratacion de lo servicios de migracion de la actual central telefonica de la empresa Alcatel a traves de su proveedor unico, la empresa E - Business Distribution Peru S.A. Articulo Segundo.- Encargar a la Oficina de Logistica y Servicios Generales para que lleve a cabo, a la MORDAZA brevedad, la Adjudicacion de Menor Cuantia para la contratacion de los servicios mencionados en el articulo anterior. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano y la remision del mismo y de los Informes que lo sustentan a la Contraloria General de la Republica de acuerdo a lo establecido por el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Nº 26850, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 12-2001-PCM. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA SALMON MORDAZA MORDAZA 16848

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Aprueban Reglamento para la Autorizacion de Construccion Temporal sobre Retiro y Autorizacion Temporal de Uso de Retiro con Fines Comerciales
ORDENANZA Nº 062-MDSMP San MORDAZA de Porres, 8 de setiembre del 2003 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES; POR CUANTO: Visto, en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 8 de setiembre del 2003, el Informe Nº 107-2003-OAT/ MDSMP, de la Oficina de Administracion Tributaria, y el Informe Nº 855-03-OAJ/MDSMP de la Oficina de Asesoria Juridica; respecto al proyecto de Ordenanza municipal para la autorizacion de construccion temporal sobre retiro y autorizacion temporal de uso de retiro con fines comerciales; CONSIDERANDO: Que, de conformidad al Articulo 79º de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, son funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo entre otras, "normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos

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