NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (11/09/2003)
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PÆg. 251152 NORMAS LEGALES Lima, jueves 11 de setiembre de 2003 Artículo 10º.- La empresa AERO PANTANAL E.I.R.L. requiere para realizar sus actividades aéreas el corres- pondiente Certificado de Explotador, así como las Espe- cificaciones Técnicas de Operación, con arreglo a lo dis-puesto en la Ley y su Reglamentación, y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil. Artículo 11º.- La vigencia del presente Permiso de Operación queda condicionada al cumplimiento de la obli- gación por parte de AERO PANTANAL E.I.R.L., de otor-gar la garantía global que señala el Artículo 93º de la Ley Nº 27261, en los términos y condiciones que establece su Reglamento. El incumplimiento de esta obligación de-terminará la automática revocación del presente Permi- so de Operación. Artículo 12º.- La empresa AERO PANTANAL E.I.R.L. deberá presentar cada año el Balance de Situación, el Estado de Ganancias y Pérdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de Caja proyectado para el año si-guiente. Artículo 13º.- El presente Permiso de Operación queda sujeto a la Ley de Aeronáutica Civil, Ley Nº27261, el Reglamento; y demás disposiciones lega- les vigentes; así como a las Directivas que dicte esta Dirección General. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILSON BENZAQUÉN R. Director General de Aeronáutica Civil 15539 Otorgan permiso de operación a empre- sa para prestar servicio regular de trans- porte fluvial comercial mixto en trÆfico nacional o cabotaje DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE ACUÁTICO RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 247-2003-MTC/13 Lima, 31 de julio de 2003Vista la solicitud, expediente Nº 015251-2003, presen- tada por la empresa naviera EMPRESA DE TRANS-PORTES NAVARRITO E.I.R.L., mediante la cual solicita Permiso de Operación para prestar servicio regular de transporte fluvial comercial mixto (de carga y pasajeros)en tráfico nacional o cabotaje; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobó el Reglamento de Transporte Fluvial Comer- cial, en el cual se establecen las normas técnicas y lega-les a las cuales deberán sujetarse las personas natura- les y jurídicas que prestan este servicio, a fin de alcanzar el ordenamiento empresarial, administrativo, operativo yde seguridad del transporte fluvial; Que, de acuerdo a la legislación vigente, corres- ponde a la Dirección General de Transporte Acuáticoexpedir los Permisos de Operación a las personas naturales o empresas navieras nacionales, que lo so- liciten; Que, la empresa naviera EMPRESA DE TRANSPOR- TES NAVARRITO E.I.R.L., ha cumplido con las condicio- nes y requisitos establecidos en el Reglamento de Trans-porte Fluvial vigente, para prestar servicio regular de transporte fluvial comercial mixto (de carga y pasajeros) en tráfico nacional o cabotaje; Que, la empresa naviera EMPRESA DE TRANSPOR- TES NAVARRITO E.I.R.L., se encuentra debidamente ins- crita en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) conel Nº 20280144496; Que, mediante Informe Nº 186 -2003-MTC/13.02 de la Dirección de Marina Mercante y Transporte Multimo-dal, así como del Informe Nº 203-2003-MTC/13.al del Asesor Legal, se opina favorablemente sobre la solicitud de permiso de operación presentada, por lo que resultaprocedente autorizar lo solicitado;De conformidad con la Ley Nº 27791, Decreto Legisla- tivo Nº 560, Decretos Supremos Nº 005-2001-MTC, Nº 041-2002-MTC y Nº 008-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- OTORGAR Permiso de Operación a fa- vor de la empresa naviera EMPRESA DE TRANSPOR- TES NAVARRITO E.I.R.L., para prestar servicio regular de transporte fluvial comercial mixto (de carga y pasaje-ros) en tráfico nacional o cabotaje, en la forma siguiente: TRÁFICO : Nacional o cabotaje SERVICIO : Regular; ruta: Pucallpa-Contamaná y viceversa.. TRANSPORTE : Mixto (carga y pasajeros) Artículo 2º.- El servicio de transporte a que se refiere el artículo precedente será atendido con las embarcacio-nes de su propiedad denominadas: M/F "Guadalupe", con matrícula PA-15778-MF y AF-"María Luisa", con matrícu- la PA-13774-AF. Artículo 3º.- El permiso de operación que se otorga por el Artículo 1º, tendrá una vigencia de cinco (5) años, computados a partir de la fecha de la publicación en elDiario Oficial El Peruano; la renovación deberá ser solici- tada por la empresa recurrente a la Dirección General de Transporte Acuático del Ministerio de Transportes y Co-municaciones con anticipación de sesenta (60) días ca- lendario antes de su vencimiento. Artículo 4º.- El permiso de operación otorgado, im- plica la obligación por parte de la empresa naviera, de someterse al Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC y demás disposiciones legales y reglamentarias queregulan el transporte fluvial, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia, así como a las disposicio-nes y directivas que dicte la Dirección General de Transporte Acuático. Artículo 5º.- Disponer su inscripción en el Registro Administrativo de Personas Naturales o Jurídicas que prestan servicio de transporte fluvial, en la forma esta- blecida en el Reglamento de Transporte Fluvial Comer-cial. Artículo 6º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías y Guar-dacostas, a las Capitanías de Puerto de Pucallpa y a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del los Gobierno Regional de Loreto, para su conocimiento yfines. Artículo 7º.- La presente Resolución Directoral en- trará en vigencia al día siguiente de su publicación en elDiario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.EFRAÍN COLL CALDERÓN Director General 15041 Aprueban Reglamentos Internos de TI- SUR referentes a operaciones, preven-ción de accidentes y prÆcticas de seguri-dad y de seguridad, control y vigilancia DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE ACUÁTICO RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 270-2003-MTC/13 Lima, 22 de agosto de 2003Vista las solicitudes (Expedientes Nºs. P/D Nº 053799, 005178 y 032506) presentadas por la empresa "TERMI- NAL INTERNACIONAL DEL SUR S.A." (TISUR), solici- tando la aprobación de los Proyectos de ReglamentosInternos siguientes: Reglamento de Operaciones, Regla- mento de Prevención de Accidentes y Prácticas de Se- guridad - REPAPS y Reglamento de Seguridad, Controly Vigilancia;