Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2003 (11/09/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, jueves 11 de setiembre de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 251157

res, y siempre y cuando el plazo del programa y del tramite anticipado no hayan culminado. El plazo de colocacion es prorrogable hasta por un periodo igual, a peticion de parte. Para tales efectos, la solicitud de prorroga, en ningun caso, podra ser presentada despues de vencido el referido plazo de colocacion. Asimismo, se debera cumplir con presentar a CONASEV la documentacion e informacion a que se refieren los articulos 23º y 24º del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Articulo 4º.- La aprobacion, la inscripcion y el registro a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion no implican que CONASEV recomiende la inversion en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion a CREDITO LEASING S.A.; al Banco de Credito del Peru en su calidad de Entidad Estructuradora; al Banco Sudamericano en su calidad de Representante de los Obligacionistas; a CAVALI ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COCA Gerente de Mercados y Emisores 16832

Con las visaciones de la Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, de la Direccion de Conservacion y Restauracion de Monumentos y de la Oficina de Asuntos Juridicos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo Unico.- RECTIFICAR el Articulo 1º de la Resolucion Directoral Nacional Nº 1097/INC de fecha 15 de noviembre de 2002, el cual quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 1º.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION a la Iglesia Purisima MORDAZA, ubicada en la Plaza Principal del distrito de Laramarca, provincia de Huaytara, departamento de Huancavelica, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Comuniquese, registrese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 16731

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Rectifican articulo 1º de la R.D. Nº 1097/INC que declaro monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion a Iglesia ubicada en la provincia de Huaytara
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 603/INC MORDAZA, 18 de agosto de 2003 Visto el Expediente Nº 04655/2001 y documentacion adjunta; y, CONSIDERANDO: Que, de la evaluacion del expediente administrativo la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos emitio el Acuerdo Nº 07 de fecha 11 de MORDAZA de 2003, cuyo tenor es MORDAZA sigue: VISTOS: 1. Ficha de Informacion Basica. 2. La Resolucion Directoral Nacional Nº 1097/INC del 15.11.02 que declaro Monumento integrante del Patrimonio de la Nacion la Iglesia Virgen de la Inmaculada. 3. El Oficio Nº 017-URL-2003 mediante el cual el senor MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA, Secretario de Actas del Consejo Directivo de la Union Representativo Laramarca, notifica el error material consignado en la Resolucion Directoral Nacional Nº Nº 1097/INC del 15.11.02. 4. Informe Nº 39-2003-INC-DREPH-EAB elaborado por el Arq. MORDAZA Agois Barbier, profesional de la Direccion de Conservacion y Restauracion de Monumentos. CONSIDERANDO: Que, en la Resolucion Directoral Nacional Nº 1097/INC del 15.11.2002 existe error material en la denominacion del templo, diciendo: ...."Iglesia Virgen de la Inmaculada", debiendo decir: Declarar Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion a la Iglesia Virgen Purisima Concepcion; Que, el inciso 201.1 del articulo 201º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimientos Administrativos Generales establece que los "los errores materiales o aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a la instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision";

Declaran Patrimonio Cultural de la Nacion a MORDAZA arqueologica ubicada en la provincia de Calca
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 611/INC MORDAZA, 19 de agosto de 2003 VISTO, el Acuerdo Nº 262 tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia en su Sesion Nº 16 de fecha 14 de MORDAZA de 2003; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que mediante Acuerdo Nº 059, de fecha 29 de enero de 2003, de la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia se recomienda declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA Arqueologica de "Huchuy Qosqo", ubicada en el distrito de Lamay, provincia de Calca, departamento de Cusco; Que, mediante Informe Nº 390-2003-INC/DGPALAMS, se manifiesta que la Direccion Regional de Cultura - MORDAZA del Instituto Nacional de Cultura ha realizado las correcciones respectivas al Expediente Tecnico de la Delimitacion de la MORDAZA Arqueologica de "Huchuy Qosqo"; Que, mediante Acuerdo Nº 262, de fecha 14 de MORDAZA de 2003, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura ratificar la Declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nacion de la MORDAZA Arqueologica "Huchuy Qosqo", ubicada en el distrito de Lamay, provincia de Calca, departamento de Cusco; Con las visaciones de la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Na-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.