Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2003 (20/09/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 20 de setiembre de 2003

de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, regulados en la Ordenanza Nº 116, se ha considerado el valor del predio (determinado en la declaracion jurada del Impuesto Predial o el valor catastral correspondiente), el uso, actividad economica o giro desarrollado en el predio o la instalacion, la ubicacion del predio y el valor de la Unidad Impositiva Tributaria; Que, la Municipalidad Distrital de Miraflores presta efectivamente el Servicio de Limpieza Publica, que comprende el barrido de vias publicas (baldeo de calles y parques), recoleccion de maleza y desmonte, recoleccion domiciliaria de residuos solidos, mantenimiento de juegos infantiles, monumentos, bancas, SS.HH., mantenimiento de papeleras, limpieza de servicios higienicos, planta de transferencia, mantenimiento de playas, relleno sanitario y mantenimiento de unidades vehiculares; asimismo el Servicio de Parques y Jardines, que comprende produccion de especies ornamentales y forestales (mantenimiento de viveros), operacion, mantenimiento y mejoramiento de areas verdes, riego de areas verdes (bajo diversas modalidades), poda de arboles, corte de grass, recoleccion de maleza, mantenimiento de planta de tratamiento y mantenimiento de unidades vehiculares y; el servicio de Serenazgo, que comprende vigilancia publica, proteccion civil y atencion de emergencia; Que, en este sentido, la Municipalidad Distrital de Miraflores incurre en costos efectivos, que considera las necesidades de bienes, servicios y proyectos de inversion que se requieren para optimizar los recursos humanos y mejorar la calidad de los servicios que brinda, los que ascienden a S/.13,861,681.35 para Limpieza Publica, S/. 7,807,661.86 para Parques y Jardines y de S/. 8,854,759.55 para Serenazgo; Que, para verificar el financiamiento de los costos por la prestacion de los servicios prestados, el SAT ha evaluado los ingresos estimados por la Municipalidad Distrital de Miraflores para los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo; por lo tanto, considerando los factores impositivos establecidos en la MORDAZA para cada uso del predio, giro o actividad desarrollada en el mismo, asi como el numero de predios afectos y en algunos casos considerando el autoavaluo para cada categoria, segun informacion presentada por la Municipalidad, los ingresos potenciales derivados del cobro del Arbitrio de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo alcanzan el monto de S/. 13,861,681.35, S/. 7,807,661.86 y S/. 8,854,759.55, respectivamente, enmarcandose dentro de lo regulado por las normas pertinentes; Que, del analisis se determina que la recaudacion potencial de la Municipalidad Distrital de Miraflores permite financiar la totalidad (100%) de los costos incurridos en la MORDAZA de los servicios correspondientes; Que, en consecuencia, del analisis efectuado por el Servicio de Administracion Tributario - SAT a la Ordenanza Nº 116, que regula los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo correspondiente al ejercicio 2003, en la jurisdiccion del distrito de Miraflores, se concluye que se encuentra conforme a la normatividad vigente dentro de lo establecido por el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y la Ley de Tributacion Municipal, aprobada por Decreto Legislativo Nº 776, y demas normas vigentes; De conformidad con lo normado por el Edicto Nº 2085, Reglamento Interior del Concejo, y lo opinado por la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto en su Dictamen Nº 068-2003-MML-CEPP; ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 116 de la Municipalidad Distrital de Miraflores, que modifica el Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo; estableciendo asimismo la determinacion de los referidos arbitrios para el ejercicio 2003, en su jurisdiccion. Articulo Segundo.- Invocar a la Municipalidad Distrital de Miraflores, para que al momento de determinar sus arbitrios municipales del siguiente ejercicio, se adecue a las indicaciones contenidas en la Resolucion Nº 008-2003-CAM-INDECOPI del INDECOPI publica-

da el 08.03.2003 y la Sentencia del Tribunal Constitucional, recaida en el expediente Nº 918-2002-AA/TC de fecha 25.3.2003. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA 17263

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Autorizan viaje de MORDAZA distrital para participar en diversos eventos que se realizaran en Alemania, MORDAZA, Libano y Espana
ACUERDO DE CONCEJO Nº 039-2003-MDI Independencia, 8 de setiembre del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA Vistos; en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha cinco de setiembre del ano dos mil tres, la invitacion cursada con fecha 10 de junio del 2003 por la Federacion Mundial de Ciudades Unidas; la invitacion cursada con fecha 22 de MORDAZA del 2003 por el Programa URB-AL de la Union Europea; la invitacion conjunta remitida con fecha 2 de setiembre del 2003, por los senores MORDAZA Baietto, MORDAZA Issindou y Jean-Marc Uhry, alcaldes de las comunas de Eybens, Gieres y Poisat respectivamente e Infor me Nº 142-2003SGPPR/GG/MDI de 4 de setiembre del 2003 expedido por la Subgerencia de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal las funciones normativas y fiscalizadoras; y a la Alcaldia, las funciones ejecutivas; Que, mediante documento cursado por el Programa URB-AL de la Union Europea se invita al senor MORDAZA al MORDAZA de la Coordinacion de la Red 13 "Ciudad y Sociedad de la Informacion" a realizarse los dias 22 y 23 de setiembre del 2003 en la MORDAZA de Bremen, Alemania; Que, asimismo, mediante documentacion conjunta remitida por los senores MORDAZA Baietto, MORDAZA Issindou y Jean-Marc Uhry, Alcaldes de las comunas de Eybens, Gieres y Poisat respectivamente, se invita al MORDAZA a visitar las ciudades referidas, solicitandole efectue la MORDAZA de ejes de trabajo para su examen y financiamiento, en cumplimiento del Pacto de Hermanamiento y Cooperacion celebrado entre nuestras comunas con fecha 25 de junio del 2003 y participar de modo conjunto en la preparacion del Programa de Cooperacion para el ano 2004, proyectos que deberan ser presentados MORDAZA del 15 de octubre, fecha en la que los alcaldes franceses presentan su presupuesto anual para proyectos y planes de cooperacion, realizandose este viaje entre los dias 24 y 27 de setiembre del 2003; Que, mediante documento cursado por su Excelencia MORDAZA Mounem AL ARISS, MORDAZA de Beirut, el Comite de Alcaldes de Libano y la Presidenta de la Fede-

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