NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (20/09/2003)
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PÆg. 251630 NORMAS LEGALES Lima, sábado 20 de setiembre de 2003 el Párrafo 3.1.1 de la Directiva Nº 004-2002/SBN, sobre el Procedimiento para el Alta y la Baja de los Bienes Muebles de Propiedad Estatal, aprobado por Resolución Nº 021-2002/SBN de fecha 12 julio 2002, señala que labaja es el procedimiento consistente en la extracción fí- sica y contable de bienes muebles de las entidades pú- blicas y se autoriza mediante Resolución Administrativacon la indicación de la causal; Que, el Artículo 130º, Incisos (b), (c), (e) y (h) del acotado Reglamento y los Párrafos 3.2.3, 3.2.4, 3.2.6y 3.2.8 de la referida Directiva, indican las causales de Obsolescencia técnica, Mantenimiento o repara- ción onerosa, Muerte y por haber sobrepasado superíodo reproductivo y Destrucción, para la baja de los bienes que se encuentran consignados en los Ofi- cios de los Organismos de Acción, que se mencionanen el considerando siguiente; Que, con Oficio L.700-849 de fecha 9 abril 2002, el Director de Abastecimiento remite el Acta S/N de la Jun-ta de Reconocimiento de Material de fecha 27 marzo 2002, recomendando la baja de los referidos semovientes y materiales correspondiente al Cuarto Trimestre 2001, porfallecimiento y por haber sido beneficiados al haber so- brepasado su período reproductivo; Que, con Oficio L.700-2896 de fecha 29 octubre 2002, el Director de Abastecimiento remite el Acta S/N de la Junta Técnica para Baja de Material de Bienes Patrimo- niales y Bienes de Almacén de fecha 13 junio 2002, reco-mendando la baja de los referidos materiales correspon- diente al Tercer Trimestre 2002, por encontrarse en mal estado de conservación en algunos casos y en otros porsu condición de irrecuperables; Que, con Oficio L.700-284 de fecha 10 febrero 2003, el Director de Abastecimiento remite las Actas S/N de laJunta de Reconocimiento de Material y Junta Técnica Permanente de Baja de Materiales y Equipos, de fechas 4 setiembre y 17 octubre 2002, respectivamente, reco-mendando la baja de los referidos materiales correspon- diente al Cuarto Trimestre 2002, por encontrarse obsole- tos e irrecuperables; Que, el Comité de Altas, Bajas y Enajenaciones de la Marina de Guerra del Perú, evaluó el Informe Técnico Legal S/N del Comité de Gestión Patrimonial de fecha 30abril 2003, recomendando la baja de dichos materiales con Acta de Acuerdo Nº 009-2003 de fecha 15 mayo 2003; Que, el Decreto Supremo Nº 020 DE/SG de fecha 5 diciembre 1988, dispone que la baja del material y equi- pos debe efectuarse por Resolución Ministerial; Estando a lo propuesto por el Director General del Material de la Marina y a lo opinado por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1º.- En vía de regularización, dar de baja de los inventarios de la Dirección de Abastecimiento de la Marina, a los semovientes y materiales asignados a las diferentes Unidades y Dependencias, por las causalesde Muerte y por haber sobrepasado su período reproducti- vo, Destrucción, Obsolescencia técnica y Mantenimiento o reparación onerosa, correspondientes al Cuarto Trimes-tre 2001 y Tercer y Cuarto Trimestre 2002, de acuerdo a la relación adjunta remitida por el Comité de Altas, Bajas y Enajenaciones, debidamente visada por sus integran-tes, que consta de VEINTIOCHO (28) ítems, la misma que forma parte integrante de la presente Resolución, cuyo valor total es de SEIS MIL NOVECIENTOS SETEN-TA Y CUATRO CON 01/100 NUEVOS SOLES (S/. 6,974.01). Artículo 2º.- Autorizar a la Marina de Guerra del Perú, la venta de los referidos materiales y equipos de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF de fecha 17 julio 2001. Artículo 3º.- Disponer que el importe de venta a efec- tuarse incremente el Presupuesto de Recursos Públicos de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú -Pliego 026: Ministerio de Defensa, Fuente de Financia- miento Recursos Directamente Recaudados. Regístrese comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 17308RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1419-DE/MGP Lima, 12 de setiembre de 2003 Visto el Oficio L.600-986 (R) del Director General del Material de la Marina, de fecha 28 mayo 2003, medianteel cual recomienda la baja de equipos de la Dirección de Telemática de la Marina; CONSIDERANDO: Que, la Dirección de Telemática de la Marina dio de alta a los equipos indicados en el Registro de Tarjetas de Inventario, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo F-502 del Reglamento de los Servicios Administrativos de laDirección General del Material, RESAMAT-13110; Que, los Artículos 129º y 131º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de PropiedadEstatal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 154-2001- EF de fecha 17 julio 2001, concordante con el Párrafo 3.1.1 de la Directiva Nº 004-2002/SBN, sobre el Procedimiento para elAlta y la Baja de los Bienes Muebles de Propiedad Estatal, aprobado por Resolución Nº 021-2002/SBN de fecha 12 julio 2002, señalan que la baja es el procedimiento consistente en laextracción física y contable de bienes muebles de las entida- des públicas y se autoriza mediante Resolución Administrativa con la indicación de la causal; Que, el Artículo 130º, Inciso (b) del acotado Regla- mento y el párrafo 3.2.3 de la referida Directiva, indican la causal de Obsolescencia técnica para la baja de losbienes muebles que se encuentran consignados en los Oficios de los Organismos de Acción, que se mencionan en los considerandos siguientes; Que, por Oficio M.1000-2635 de fecha 26 octubre 2001, el Director de Telemática de la Marina remite el Acta S/N de la Junta de Reconocimiento y Baja de Material, de fecha 16 octu-bre 2001, mediante el cual se recomienda la baja de los equi- pos de Comunicaciones y Cómputo correspondiente al Tercer Trimestre 2001, por encontrarse obsoletos; Que, con Oficio M.1000-2750 de fecha 9 noviembre 2001, el Director de Telemática de la Marina, remite el Acta Nº 02-2001 de la Junta de Reconocimiento y Bajade Material, de fecha 17 setiembre 2001, mediante el cual se recomienda la baja de los referidos correspondiente al Tercer Trimestre 2001, por encontrarse obsoletos; Que, el Comité de Altas, Bajas y Enajenaciones de la Marina de Guerra del Perú, evaluó el Informe Técnico Legal S/N del Comité de Gestión Patrimonial de fecha 19marzo 2003, recomendando la baja con Acta de Acuerdo Nº 002-2003 de fecha 1 abril 2003; Que, el Decreto Supremo Nº 020 DE/SG de fecha 5 diciembre 1988, dispone que la baja del material y equi- pos debe efectuarse por Resolución Ministerial; Estando a lo propuesto por el Director General del Material de la Marina y a lo opinado por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1º.- En vía de regularización, dar de baja de los inventarios de la Dirección de Telemática de la Mari- na, a los equipos asignados a las diferentes Unidades y Dependencias, por la causal de Obsolescencia técnica,correspondiente al Tercer Trimestre 2001, de acuerdo a la relación adjunta remitida por el Comité de Altas, Bajas y Enajenaciones, debidamente visada por sus integrantes,que consta de SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO (654) ítems, la misma que forma parte integrante de la presente Resolución, cuyo valor total es de UN MILLÓNSETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1'075,795.00). Artículo 2º.- Autorizar a la Marina de Guerra del Perú, la venta de los referidos equipos de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 154-2001 EF de fecha 17 julio 2001. Artículo 3º.- Disponer que el importe de venta a efec- tuarse incremente el Presupuesto de Recursos Públicos de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú - Pliego 026: Ministerio de Defensa, Fuente de Financia-miento Recursos Directamente Recaudados. Regístrese comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 17309