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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (02/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 4

Pág. 265910 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, viernes 2 de abril de 2004 PODER EJECUTIVO ECONOMÍA Y FINANZAS Disponen que el MIMDES y el Ministe- rio de Transportes y Comunicacionesincorporen en sus presupuestos lastransferencias financieras de recursosde Programas y Proyectos de Lucha con-tra la Pobreza RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 016-2004-EF/76.01 Lima, 30 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que, los incisos a) y b) del artículo 5º de la Ley Nº 27209, Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, establecen como funciones y responsabilidades de la Dirección Na- cional del Presupuesto Público, programar, dirigir, coordi- nar, controlar y evaluar la Gestión del Proceso Presupues- tario en todas sus fases, así como emitir las normas com- plementarias pertinentes; Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-2004-EF se aprueban lineamientos para la distribución y ejecu- ción de recursos presupuestarios de los Gobiernos Locales provenientes de la fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios para los Gobiernos Locales"; Que, resulta necesario dictar medidas complementa- rias a fin de facilitar a los operadores de la norma la aplica- ción del mencionado Decreto Supremo; De conformidad con los Títulos II y III de la Ley Nº 27209, Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, Resolución Viceministerial Nº 148-99-EF/13.03 - Reglamento de Organización y Fun- ciones del Ministerio de Economía y Finanzas y sus nor- mas modificatorias; En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 5º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, el artículo 13º de la Ley Marco de la Administra- ción Financiera del Sector Público y el artículo 17º del De- creto Legislativo Nº 183 - Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo Único.- El Ministerio de la Mujer y Desarro- llo Social y el Ministerio de Transportes y Comunicacio- nes incorporarán en sus respectivos presupuestos, en la fuente de financiamiento Donaciones y Transferen-cias con el código 13.12 Transferencias de Gobiernos Locales, las transferencias financieras de recursos correspondientes a los Programas y Proyectos de Lu-cha contra la Pobreza, en concordancia a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 026-2004-EF, que aprue- ba los "Lineamientos para la Distribución y Ejecuciónde los Recursos Presupuestarios de los Gobiernos Locales provenientes de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios para los Gobiernos Locales". Paralos efectos del tratamiento contable, la Contaduría Publica de la Nación emitirá la directiva correspon- diente. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELSON SHACK YALTA Director General Dirección Nacional del Presupuesto Público 06578Aprueban Instructivo Nº 22-2004-EF/ 93.11, Tratamiento Contable en losGobiernos Locales para registrar latransferencia de los recursos ordinarios recibidos CONTADURÍA PÚBLICA DE LA NACIÓN RESOLUCIÓN DE CONTADURÍA Nº 173-2004-EF/93.01 Lima, 31 de marzo del 2004 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el inciso e) del artículo 7º de la Ley Nº 24680 - Ley del Sistema Nacional de Contabili-dad, son funciones de la Contaduría Pública de la Nación,orientar, normar y evaluar la organización y actividades delos organismos de contabilidad del sistema; así como es-tablecer las normas técnicas para su funcionamiento; Que, mediante Resolución Directoral Nº 016-2004-EF/ 76.01 del 30 de marzo del 2004, se resuelve que el Minis-terio de la Mujer y Desarrollo Social y el Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones incorporarán en sus respectivospresupuestos en las fuentes de financiamiento Donacio-nes y Transferencias, las transferencias financieras de re- cursos correspondientes a los Programas y Proyectos de Lucha contra la Pobreza, en concordancia a lo dispuestopor el Decreto Supremo Nº 026-2004-EF, que aprueba los" Lineamientos para la distribución y Ejecución de los re-cursos Presupuestarios de los Gobiernos Locales prove-nientes de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordina- rios para los Gobiernos Locales": para dicho efecto utiliza- rá el código 13.12 Transferencias a los Gobiernos Locales; Que, la citada Resolución Directoral dispone así mis- mo que para los efectos del tratamiento contable, la Conta-duría Pública de la Nación emitirá las directivas correspon-dientes; Que, estando a lo propuesto por la Dirección General de la Investigación de la Contabilidad, con la aprobaciónde la Alta Dirección y con la visación de la Oficina Generalde Asesoría Jurídica de la Contaduría Pública de la Na-ción; y, En uso de las atribuciones legales conferidas por los artículos 2º y 7º de la Ley Nº 24680; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar el INSTRUCTIVO Nº 22-2004- EF/93.11 TRATAMIENTO CONTABLE EN LOS GOBIER- NOS LOCALES PARA REGISTRAR LA TRANSFEREN- CIA DE LOS RECURSOS ORDINARIOS RECIBIDOS, elmismo que forma parte integrante de la presente Resolu-ción. Regístrese, comuníquese y publíquese OSCAR A. PAJUELO RAMIREZ Contador General de la Nación INSTRUCTIVO Nº 22-2004-EF/93.11 TRATAMIENTO CONTABLE EN LOS GOBIERNOS LOCALES PARA REGISTRAR LA TRANSFERENCIA DE LOS RECURSOS ORDINARIOS RECIBIDOS I. FINALIDAD Dotar a los Gobiernos Locales del procedimiento con- table a seguir para el registro de la recepción y transferen-cia de los recursos provenientes de la fuente de financia-miento "Recursos Ordinarios para los Gobiernos Locales". II. BASE LEGAL - Ley Nº 28128 - Ley del Presupuesto del Sector Públi- co para el Año Fiscal 2004 - Quinta Disposición Transito-ria.