Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2004 (02/04/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 2 de MORDAZA de 2004

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Confirman caracter prioritario del Proyecto para la Interconexion Vial Inapari Puerto Maritimo del Sur
DECRETO SUPREMO Nº 018-2004-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de la Declaracion Conjunta de los Presidentes de Peru y Brasil, emitida en MORDAZA el 25 de agosto de 2003, se ha otorgado prioridad a los ejes de integracion transversal con el Brasil, estando comprendida la via interoceanica Inapari - Puerto Maritimo del Sur, como elemento de articulacion y desarrollo integrado de las economias regionales del sur del pais; Que, la Interconexion Vial Inapari - Puerto Maritimo del Sur, forma parte del Eje de Integracion y Desarrollo Peru - Brasil Bolivia, priorizado en el MORDAZA de la Iniciativa para la Integracion de la Infraestructura Regional Suramericana (IIRSA); Que, en este contexto, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ha concluido en el ano 2003, el Estudio de Prefactibilidad para la Interconexion Vial Inapari - Puerto Maritimo del Sur, el mismo que fue aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 328-2003-MTC/20 del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - Provias Nacional; Que, con la finalidad de avanzar en el desarrollo vial del sur, el Gobierno Nacional ha dado inicio a la elaboracion del Estudio de Factibilidad para la Interconexion Vial Inapari Puerto Maritimo del Sur, mediante la realizacion del MORDAZA de seleccion correspondiente por un monto de S/. 12'177,705, habiendose iniciado dicho estudio en enero de 2004; Que, asimismo, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones ha iniciado la formulacion del Plan Intermodal de Transportes, con la finalidad de contar con un instrumento que defina los lineamientos de mediano y largo plazo para el desarrollo integral de la infraestructura de transportes, que permita atender las demandas de la actividad economica y social de la poblacion a nivel nacional; Que, en este MORDAZA se ha considerado prioritario atender el desarrollo del Proyecto para la interconexion vial Inapari - Puerto Maritimo del Sur; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Decreto Legislativo Nº 560; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Confirmese el caracter prioritario del Proyecto para la Interconexion Vial Inapari - Puerto Maritimo del Sur, en el ambito de influencia de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, que servira como elemento de articulacion y desarrollo integrado de las economias regionales del sur del MORDAZA y la integracion transversal con el Brasil. Articulo 2º.- El desarrollo del Proyecto mencionado en el articulo 1º se ajustara a la normatividad vigente del Sistema Nacional de Inversion Publica. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, el primer dia del mes de MORDAZA del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 06621

Autorizan viaje de Inspectora de la Direccion General de Aeronautica Civil a Ecuador, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 233-2004-MTC/02 MORDAZA, 30 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del articulo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, dispone restringir al minimo indispensable los viajes al exterior del MORDAZA en comision de servicios, estableciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo, estos seran aprobados por resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro del sector correspondiente, con excepcion de los sectores de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, asi como de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aprobaran por resolucion del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de cumplir con los estandares aeronauticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviacion Civil y poder mantener la calificacion de Categoria - I otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a traves de la ejecucion de inspecciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, la empresa Lan Peru S.A., con Carta DINPU 136/ 03/04, del 9 de marzo del 2004, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 5 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Evaluacion de Personal), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar los chequeos tecnicos en la aeronave Boeing 767, en la ruta MORDAZA Guayaquil - MORDAZA, a sus tripulantes auxiliares MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, durante los dias 14 al 15 de MORDAZA de 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nºs. 1122, 1123 y 4411, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 0393-2004-MTC/12.04-SDO designando a la Inspectora MORDAZA Delpino Aspiazu, para realizar los chequeos tecnicos en la aeronave Boeing 767, al personal aeronautico propuesto por la empresa Lan Peru S.A., en la ruta MORDAZA - Guayaquil - MORDAZA, durante los dias 14 al 15 de MORDAZA del 2004;

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