Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2004 (03/04/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 3 de MORDAZA de 2004

EDUCACION
Autorizan contratar servicio de mensajeria para la sede central del ministerio mediante adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0153-2004-ED
MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que, ante el incumplimiento de las obligaciones que venia prestando la empresa Urgencia Postal S.A. en el Servicio de Mensajeria, la Oficina de Tramite Documentario, en calidad de Coordinador de la ejecucion contractual, informa mediante Oficio Nº 2621-2003-ME/SG-OTD y Memorandum Nº 504-2003-ME/SG-OTD sobre el reiterado incumplimiento por parte del contratista de obligaciones consideradas como esenciales, ante lo cual se le requirio notarialmente; Que, mediante Resolucion de Secretaria General Nº 218-2004-ED, el Ministerio procede a resolver el contrato con la empresa contratista, situacion que ha llevado a un total desabastecimiento del servicio y que configura para la entidad una ausencia extraordinaria e imprevisible de un servicio esencial para la continuidad de los fines que tiene a su cargo, aspecto que determina la causal de Situacion de Urgencia de acuerdo a lo estipulado por el articulo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, mediante Memorandum Nº 135-2004-ME/SG-OTD la Oficina de Tramite Documentario, adjunta el Informe Tecnico Nº 002-2004-ME/SG-OTD, en el que se comunica la necesidad de contratar por un periodo de cuatro meses el Servicio de Mensajeria para la Sede Central del Ministerio de Educacion de documentos en general y de reparto de paquetes hacia los departamentos y provincias del MORDAZA, debido a la resolucion de contrato con la empresa que estuvo brindando el servicio; Que el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia, declaradas de conformidad con la presente Ley; Que, la Oficina de Asesoria Juridica ha emitido opinion legal a traves del Informe Nº 325-2004-ME/SG-OAJ, conforme a lo dispuesto en el articulo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que de conformidad con el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las exoneraciones se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad y seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, la MORDAZA de dicha Resolucion y el informe que los sustenta deben remitirse a la Contraloria General de la Republica, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el articulo 114º del precitado Reglamento, senala que la facultad de aprobacion de las exoneraciones referidas en el MORDAZA considerando no puede ser delegada por las autoridades que se indican en el articulo 20º del citado Texto Unico Ordenado; Que, en consecuencia resulta necesaria la emision de la Resolucion Ministerial mediante la cual se apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, para contratar a traves de la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia el citado Servicio de Mensajeria para la Sede Central del Ministerio de Educacion; Que, con Hoja de Coordinacion Interna Nº 195-2004ME/SPE-UP, la Unidad de Presupuesto opina favorablemente con respecto a la disponibilidad presupuestal que se requiere para el cumplimiento de la presente Resolucion; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED, 002-96-ED, 012-2001-PCM, 0132001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerese al Ministerio de Educacion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva por

causal de Situacion de Urgencia, y autoricese a contratar a traves de la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia, el Servicio de Mensajeria para la Sede Central del Ministerio de Educacion, por un valor referencial de S/. 70,000.00 (Setenta Mil y 00/100 Nuevos Soles) por el periodo de cuatro meses en tanto se lleve a cabo el MORDAZA de seleccion respectivo. Articulo 2º.- La contratacion que se efectue en virtud de la presente Resolucion, se realizara a traves de la Unidad de Abastecimiento del Ministerio de Educacion, y de conformidad con las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM. Articulo 3º.- El egreso que ocasione la presente Resolucion se aplicara con cargo al presupuesto del Pliego 010: Ministerio de Educacion; Unidad Ejecutora 024: Sede Central. Articulo 4º.- MORDAZA de la presente Resolucion y sus antecedentes seran remitidos a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 06695

Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de delitos contra la fe publica y la administracion publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0154-2004-ED
MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2004 Vistos el Oficio Nº 1041-2003-PP/ED del Procurador Publico del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion, el Expediente Nº 30435-2003 y demas actuados; CONSIDERANDO: Que mediante el Oficio Nº 1041-2003-PP/ED el Procurador Publico del Sector Educacion solicita que este Ministerio emita la Resolucion Autoritativa que le permita interponer las acciones judiciales pertinentes contra los Sres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Talavera y MORDAZA MORDAZA Rua, por la presunta comision del delito contra la Fe Publica en su modalidad de Falsificacion de Documento, ilicito previsto y sancionado en el articulo 427º del Codigo Penal. Solicitud que se fundamenta en las responsabilidades determinadas en el Informe Especial Legal Nº 004-2003-USE.03-OAI de fecha 29 de MORDAZA del 2003, emitido por el Jefe de Auditoria Interna de la Unidad de Servicios Educativos Nº 03; Que conforme lo establecido en el Informe Especial Legal Nº 004-2003-USE.03-OAI, mediante Oficio Nº 00056DUSE03-2002 de fecha 02 de enero del 2002 suscrito por la Directora de la USE Nº 03, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se dispuso la investigacion sobre la veracidad del Certificado de Estudios (Serie "A" Nº 14400) del Sr. MORDAZA MORDAZA Rua, el cual se presume falso, solicitandose informe al Director del C.E. Nº 80351 Bellavista - Otuzco; Que mediante Oficio Nº 007-2002-DIRELL-USE.0-D de fecha 8 de enero del 2002 emitido por la Direccion de la USE de Otuzco, se indica que el Director del C.E. Nº 80351 Bellavista - Otuzco desde 1992 hasta la fecha es el profesor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mas no el Sr. MORDAZA Olivari MORDAZA tal como aparece en el certificado del Sr. MORDAZA MORDAZA Rua, y que en el mencionado centro educativo no existe ni ha existido la ensenanza en la modalidad de adultos; Que mediante Formulario Unico de Tramite Nº 043988 (Exp. Nº 03994) de fecha 18 de enero del 2002, el profesor del C.E. MORDAZA Ugarte, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, denuncia que el investigado certificado de estudios materia de investigacion fue emitido en el C.N. MORDAZA Ugarte de San MORDAZA, Turno Noche; Que durante la accion de control ejecutada respecto de la gestion del Secretario (e) de la Subdireccion Turno No-

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