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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G35/G39/G38/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 3 de abril de 2004 EDUCACIÓN /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20 /G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20 /G64/G65 /G6D/G65/G6E/G73/G61/G6A/G65/G72/GED/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G73/G65/G64/G65/G20/G63/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G2D /G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G2D /G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0153-2004-ED Lima, 1 de abril de 2004 CONSIDERANDO:Que, ante el incumplimiento de las obligaciones que ve- nía prestando la empresa Urgencia Postal S.A. en el Serviciode Mensajería, la Oficina de Trámite Documentario, en cali-dad de Coordinador de la ejecución contractual, informa me-diante Oficio Nº 2621-2003-ME/SG-OTD y Memorándum Nº504-2003-ME/SG-OTD sobre el reiterado incumplimiento porparte del contratista de obligaciones consideradas como esen-ciales, ante lo cual se le requirió notarialmente; Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 218-2004-ED, el Ministerio procede a resolver el contratocon la empresa contratista, situación que ha llevado a untotal desabastecimiento del servicio y que configura parala entidad una ausencia extraordinaria e imprevisible de unservicio esencial para la continuidad de los fines que tienea su cargo, aspecto que determina la causal de Situaciónde Urgencia de acuerdo a lo estipulado por el artículo 21ºde la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, mediante Memorándum Nº 135-2004-ME/SG-OTD la Oficina de Trámite Documentario, adjunta el Informe TécnicoNº 002-2004-ME/SG-OTD, en el que se comunica la necesi-dad de contratar por un período de cuatro meses el Servicio deMensajería para la Sede Central del Ministerio de Educaciónde documentos en general y de reparto de paquetes hacia losdepartamentos y provincias del país, debido a la resolución decontrato con la empresa que estuvo brindando el servicio; Que el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado, establece que están exoneradas de los procesos deLicitación Pública, Concurso Público y Adjudicación Direc-ta, según sea el caso, las adquisiciones y contratacionesque se realicen en situación de urgencia, declaradas deconformidad con la presente Ley; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal a través del Informe Nº 325-2004-ME/SG-OAJ, con-forme a lo dispuesto en el artículo 113º del Reglamento dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que de conformidad con el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, las exoneraciones se aprobarán mediante Resolu-ción del Titular del Pliego de la Entidad y serán publicadasen el Diario Oficial El Peruano; asimismo, la copia de dichaResolución y el informe que los sustenta deben remitirse ala Contraloría General de la República, bajo responsabili-dad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) días ca-lendario siguientes a la fecha de su aprobación; Que, el artículo 114º del precitado Reglamento, señala que la facultad de aprobación de las exoneraciones referi-das en el segundo considerando no puede ser delegadapor las autoridades que se indican en el artículo 20º delcitado Texto Único Ordenado; Que, en consecuencia resulta necesaria la emisión de la Resolución Ministerial mediante la cual se apruebe laexoneración del proceso de selección correspondiente, paracontratar a través de la modalidad de Adjudicación de Me-nor Cuantía el citado Servicio de Mensajería para la SedeCentral del Ministerio de Educación; Que, con Hoja de Coordinación Interna Nº 195-2004- ME/SPE-UP, la Unidad de Presupuesto opina favorablemen-te con respecto a la disponibilidad presupuestal que se re-quiere para el cumplimiento de la presente Resolución; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Su-premos Nºs. 51-95-ED, 002-96-ED, 012-2001-PCM, 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonérese al Ministerio de Educación del proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva porcausal de Situación de Urgencia, y autorícese a contratar a través de la modalidad de Adjudicación de Menor Cuan-tía, el Servicio de Mensajería para la Sede Central del Mi-nisterio de Educación, por un valor referencial de S/.70,000.00 (Setenta Mil y 00/100 Nuevos Soles) por el pe-ríodo de cuatro meses en tanto se lleve a cabo el procesode selección respectivo. Artículo 2º.- La contratación que se efectúe en virtud de la presente Resolución, se realizará a través de la Uni-dad de Abastecimiento del Ministerio de Educación, y deconformidad con las normas del Texto Único Ordenado dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y suReglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Artículo 3º.- El egreso que ocasione la presente Resolución se aplicará con cargo al presupuesto del Plie-go 010: Ministerio de Educación; Unidad Ejecutora 024:Sede Central. Artículo 4º.- Copia de la presente Resolución y sus antecedentes serán remitidos a la Contraloría General dela República dentro de los diez (10) días calendario siguien-tes a la fecha de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 06695 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65 /G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G66/G65/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G79/G20/G6C/G61/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G2D /G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0154-2004-ED Lima, 1 de abril de 2004 Vistos el Oficio Nº 1041-2003-PP/ED del Procurador Público del Estado encargado de los Asuntos Judicialesdel Ministerio de Educación, el Expediente Nº 30435-2003y demás actuados; CONSIDERANDO: Que mediante el Oficio Nº 1041-2003-PP/ED el Procu- rador Público del Sector Educación solicita que este Minis-terio emita la Resolución Autoritativa que le permita inter-poner las acciones judiciales pertinentes contra los Sres.Pedro Alfonso Apolo Talavera y Clever Huamaní Rua, porla presunta comisión del delito contra la Fe Pública en sumodalidad de Falsificación de Documento, ilícito previsto ysancionado en el artículo 427º del Código Penal. Solicitudque se fundamenta en las responsabilidades determina-das en el Informe Especial Legal Nº 004-2003-USE.03-OAIde fecha 29 de abril del 2003, emitido por el Jefe de Audito-ría Interna de la Unidad de Servicios Educativos Nº 03; Que conforme lo establecido en el Informe Especial Legal Nº 004-2003-USE.03-OAI, mediante Oficio Nº 00056-DUSE03-2002 de fecha 02 de enero del 2002 suscrito porla Directora de la USE Nº 03, Sra. Yrma Pozo Reyes, sedispuso la investigación sobre la veracidad del Certificadode Estudios (Serie "A" Nº 14400) del Sr. Clever HuamaníRua, el cual se presume falso, solicitándose informe al Di-rector del C.E. Nº 80351 Bellavista - Otuzco; Que mediante Oficio Nº 007-2002-DIRELL-USE.0-D de fecha 8 de enero del 2002 emitido por la Dirección de laUSE de Otuzco, se indica que el Director del C.E. Nº 80351Bellavista - Otuzco desde 1992 hasta la fecha es el profe-sor Julio Zavaleta Cabrera, mas no el Sr. Oscar OlivariOsorio tal como aparece en el certificado del Sr. CleverHuamaní Rua, y que en el mencionado centro educativono existe ni ha existido la enseñanza en la modalidad deadultos; Que mediante Formulario Único de Trámite Nº 043988 (Exp. Nº 03994) de fecha 18 de enero del 2002, el profesordel C.E. Alfonso Ugarte, Sr. Segundo Raúl Bautista Sola-no, denuncia que el investigado certificado de estudiosmateria de investigación fue emitido en el C.N. AlfonsoUgarte de San Isidro, Turno Noche; Que durante la acción de control ejecutada respecto de la gestión del Secretario (e) de la Subdirección Turno No-