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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (11/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 11

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G34/G34/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 11 de abril de 2004 to de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- DECLARAR MONUMENTO INTE- GRANTE DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN a la Casa Hinostroza ubicada en la Carretera centralJauja - La Oroya, distrito de Parco, provincia de Jauja,departamento de Junín. Artículo 2º.- Es obligación del propietario someter a la aprobación y supervisión del Instituto Nacional de Cultura cualquier intervención a realizarse en el Monu- mento a que se refiere el Artículo 1º de la presente reso-lución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 06955 OSINERG /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G66/G75/G2D /G73/G69/GF3/G6E/G20/G72/G61/G64/G69/G61/G6C/G20/G79/G20/G65/G73/G63/G72/G69/G74/G61/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA - OSINERG Nº 034-2004-OS/PRES Lima, 7 de abril de 2004 VISTOS: Los Informes Técnicos Nº OC-271994-2004 y Nº OC- 271996-2004, ambos de fecha 15 de marzo de 2004, asícomo el Memorando Nº OC-229-2004, de fecha 10 demarzo de 2004 de la Oficina de Comunicaciones de OSI- NERG, el Memorándum Nº OAF-243-2004 de fecha 18 de marzo de 2004, de la Oficina de Administración y Fi-nanzas de OSINERG y el Informe Legal Nº GL-005-2004de fecha 24 de marzo de 2004, de la Gerencia Legal; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el inciso h) del ar- tículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De-creto Supremo Nº 012-2001-PCM, están exoneradas delos procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisicio- nes y contrataciones que se realicen para servicios per-sonalísimos, de acuerdo a lo que establezca el Regla-mento; Que, en tal sentido, el primer párrafo del artículo 111º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, estable-ce que se encuentran exonerados del respectivo proce-so de selección los contratos de locación de servicioscelebrados con personas naturales o jurídicas cuandopara dicha contratación se haya tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus características inherentes, particulares o especialeso por su determinada calidad, profesión, ciencia, arte uoficio, precisándose que se encuentran expresamenteincluidos en esta clasificación los servicios de publici-dad que prestan al Estado los medios de comunicación televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de co- municación, en atención a las características particula-res que los distinguen; Que, dentro del Plan de Trabajo de la Oficina de Co- municaciones de OSINERG, se determinaron como ob-jetivos principales, entre otros, lograr a través de losmedios de comunicación masivos nacionales y regiona- les la plena difusión de la regulación tarifaria, fiscaliza-ción de servicios de electricidad e hidrocarburos, usoadecuado de dichos servicios, así como lograr a travésde canales de comunicación apropiados y eficaces unadifusión amplia, oportuna y adecuada de las decisiones, resoluciones, mensajes, acciones y actividades de OSI- NERG; Que, para cumplir con los mencionados objetivos se ha previsto el lanzamiento de un esquema de difusión através de emisoras radiales y prensa escrita, las que com-prenden una serie de campañas mediante publicación de avisos en diarios de alcance nacional y regional así como la ejecución de microprogramas y spots informati-vos; Que, las empresas radioemisoras, descritas en el In- forme Técnico Nº OC-271994-2004 han sido seleccio-nadas en base a su cobertura, a la información de los estudios de sintonía disponibles, a la preferencia popu- lar determinada por la sintonía y por la información pro-porcionada por las principales instituciones representa-tivas de cada región o ciudad. Asimismo, la selección delos diarios descritos en el Informe Técnico Nº OC-271996-2004, se ha realizado en virtud de los estudios de lecto- ría existentes, tanto a nivel nacional como regional, así como considerando la cobertura de cada medio y la pre-ferencia popular en aquellas zonas donde no existanestudios de lectoría; Que, de acuerdo al Memorando Nº OAF-243-2004, de la Oficina de Administración y Finanzas de fecha 18 de marzo de 2004, los requerimientos contenidos en los Informes Técnicos de la Oficina de Comunicaciones deOSINERG, se encuentran incluidos en el PAAC-2004,por lo cual cuentan con disponibilidad presupuestal; De conformidad con el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el artículo 111º de su Reglamento,aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; y, Con la opinión favorable de la Gerencia General, de la Oficina de Comunicaciones, de la Gerencia Legal yde la Oficina de Administración y Finanzas de OSINERG; SE RESUELVE. Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de Concurso Público Nacional, por servicios personalísimos,para la contratación de servicios de difusión radial y es- crita, solicitados por la Oficina de Comunicaciones de OSINERG y que se encuentran descritos en los Infor-mes Técnicos Nº OC-271994-2004 y Nº OC-271996-2004; dicha contratación deberá realizarse mediante elproceso de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo 2º.- El valor referencial del proceso será de S/. 1,586,212.48 (un millón quinientos ochenta y seis mil doscientos doce y 48/100 nuevos soles) in-cluido los impuestos de ley, para la realización de di-versas campañas en prensa escrita, de S/.1,293,505.96 (un millón doscientos noventa y tres milquinientos cinco y 96/100 nuevos soles), incluidos los impuestos de ley, para la prepublicación y publica- ción de normas legales, resoluciones y avisos de con-vocatoria, así como de S/. 954,349.83 (novecientoscincuenta y cuatro mil trescientos cuarenta y nueve y83/100 nuevos soles) para la difusión de spots radia-les, incluidos los impuestos de ley. Artículo 3º.- La fuente de financiamiento se realizará con cargo a los recursos ordinarios de OSINERG y lacontratación estará a cargo de la Oficina de Administra-ción y Finanzas de OSINERG. Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolución y de los Informes Técnicos y Legal sustentatorios a la Contraloría General de la República, así como proceder a la publicación de la presente Resolución en el DiarioOficial El Peruano dentro del plazo de ley. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 07056