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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (11/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 14

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G34/G34/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 11 de abril de 2004 Artículo Cuarto.- Encargar a Secretaría General, ha- cer de conocimiento el presente Decreto al Concejo Mu-nicipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 07036 /G46/G69/G6A/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G65/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G79/G20/G64/G65 /G72/G65/G6D/G75/G6E/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6D/G65/G6E/G73/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G61/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C ACUERDO DE CONCEJO Nº 34-2004-C/MC Comas, 31 de marzo de 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 31 de marzo del 2004, la Moción de Orden del Día, presentadapor los Regidores: José Nicolás Membrillo Murrugarra, Fe-derico Orlando Rivera Chumpitaz, Manuel Antunez López, Felipe Oscar Gadea Cerna, Aquilina Isabel Soria Bartola, Manuel Gonzalo Sánchez Chuquillanqui, Silvia EsperanzaVelásquez Páucar, Walter Arcesio Guillén Castillo y Ernes-tina Odría Mendoza, relacionado con las Dietas de los Re-gidores y Remuneración del señor Alcalde; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 07-2003-C/MC de fecha 29 de enero del 2003, se acordó fijar la Dieta de losseñores Regidores en la suma equivalente a una (1) U.I.Tpor cada Sesión de Concejo, a partir del mes de enero del Ejercicio Presupuestal 2003, abonándose hasta un máximo de dos (2) Sesiones al mes, equivalente a dos (2) U.I.T., asímismo, el mencionado Acuerdo de Concejo acordó fijar elmonto remunerativo mensual del Alcalde de la Municipali-dad Distrital de Comas en tres (3) U.I.T vigentes, a partir del1º de enero del Ejercicio Presupuestal 2003; Que, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 12º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, se estableceque los Regidores desempeñan su cargo a tiempo parcial ytienen derecho a Dietas fijadas por Acuerdo de ConcejoMunicipal dentro del primer trimestre del primer año de ges-tión, siendo el monto fijado discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad económica del gobierno local; Que, la percepción de la Dieta está condicionada a la asistencia efectiva de los señores Regidores a las Sesio-nes de Concejo, quienes adicionalmente cumplen laboresde apoyo en la Municipalidad y a la Comunidad en general,directamente o a través de Comisiones que integran; Que, el Artículo 21º de la Ley antes acotada estable- ce que el Alcalde desempeña su cargo a tiempo com-pleto, y es rentado mediante una remuneración mensualfijada por Acuerdo de Concejo municipal dentro del pri-mer trimestre del primer año de gestión, el cual es fijadodiscrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capa- cidad económica del gobierno local; Que, en consecuencia, se hace necesario legislar, en concordancia con la normatividad vigente, a fin de darcumplimiento al citado dispositivo municipal; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades que con- fiere el Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Muni- cipalidades, luego de las deliberaciones correspondientes, el Pleno del Concejo aprobó por mayoría el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- FIJAR, la Dieta de los señores Re- gidores de la Municipalidad Distrital de Comas en la sumaequivalente a una (1) U.I.T. por cada Sesión de Concejo,abonándose hasta un máximo de dos sesiones al mes,equivalente a dos (2) U.I.T; conforme a la U.I.T vigentedel año fiscal correspondiente.Artículo Segundo.- FIJAR, como Remuneración Mensual del señor Alcalde de la Municipalidad Distritalde Comas en tres (3) U.I.T. conforme a la U.I.T vigentedel año fiscal correspondiente. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia de Planificación y Presupuesto efectúe las modificaciones presupuestarias necesarias para otorgar el marco pre- supuestal requerido y viabilizar lo dispuesto en los artí-culos precedentes del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 07037 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G69/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G2D /G6D/G61/G20/G22/G50/G6F/G6E/G6C/G65/G20/G43/G6F/G72/G61/G7A/GF3/G6E/G20/G61/G20/G74/G75/G20/G50/G69/G73/G74/G61/G22 ORDENANZA Nº 065-2004-MDI Independencia, 24 de marzo del 2004 EL ALCALDE DISTRITAL DE INDEPENDENCIA POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA Visto; en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24 de marzo del año 2004, el Dictamen Nº 001-2004-CDUTde fecha 24 de marzo del 2004, evacuado por la Comi- sión de Desarrollo Urbano y Transportes; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido por el artícu- lo 194º de la Constitución, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, y la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidadestienen autonomía política, económica y administrativa enlos asuntos de su competencia, correspondiendo al Con-cejo Municipal las funciones normativas y fiscalizadorasy a la Alcaldía, las funciones ejecutivas; Que, el artículo 112º de la Ley Nº 27972 establece que los gobiernos locales promueven la participaciónvecinal en la formulación, debate y concertación de susplanes de desarrollo, presupuesto y gestión, asimismo,el artículo 117º de la referida ley señala que los vecinostienen derecho a participar a través de sus representan- tes en Comités de Gestión establecidos por Resolución Municipal para la ejecución de obras y gestiones de de-sarrollo económico; normativa que orienta la política dela presente gestión municipal, orientándose a una racio-nal distribución de sus recursos económicos; Que, mediante Resolución Nº 195-88-CG de fecha 19 de julio de 1988, la Contraloría General de la República aprobó las normas que regulan la ejecución de obras pú-blicas por administración directa, estableciendo en el nu-meral 1 de su artículo 1º que las entidades que progra-men la ejecución de obras por esta modalidad deben con-tar con la asignación presupuestal correspondiente, el personal técnico administrativo y los equipos necesarios; Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano, mediante In- forme Nº 151-2003-GDU-MDI; Informe Nº 561-2003-GDU-MDI; Informe Nº 002-2004-GDU-MDI y la Sub Ge-rencia de Proyectos y Obras mediante Informe Nº 20-2004-SGPYO-GDU-MDI, proponen la implementación del programa denominado "Ponle Corazón a tu Pista", para la ejecución de obras de pavimentación de calles loca-les a través de la celebración de convenios participati-