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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G34/G34/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 11 de abril de 2004 VISTOS: El Informe Técnico Nº 005-03-2004/GP de fecha 29 de marzo del 2004, de la Gerencia de Promoción, el Memorando Nº 0437-GAP-2004 de fecha 5 de abril de2004, de la Gerencia de Administración y Presupuesto yel Memorando Nº 117-2004-OAJ del 5 de abril del 2004,emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, con fecha 25 de marzo de 2004, la Gerencia de Promoción mediante Informe Nº 005-03-2004/GP solici- ta la contratación del servicio de arrendamiento de treslocales comerciales signados con los números 101, 102y 103, ubicados en el primer piso del edificio "San Anto-nio" sito en la calle Santa Martha Nº 200 de la ciudad deArequipa, para que funcionen como oficinas del Fondo MIVIVIENDA;. Que, en el Informe citado, la Gerencia de Promoción sustenta la necesidad de arrendar los locales comercia-les mencionados, a fin de lograr un mejor manejo y funcio-namiento de las operaciones en la región sur del país,ya que desde esa ciudad se supervisarán las activida- des de Tacna, Cusco y Puno; Que, con respecto a los criterios de oportunidad, el Informe Técnico de la Gerencia de Promoción señala quelos inmuebles cuentan con las siguientes características:(i) el área total de los tres locales comerciales es de 100m2, pudiendo conectarlos de manera que conformen una sola unidad, e incluso independizarlos del resto del cen- tro comercial, de modo que se tenga acceso directo a lavía pública (ii) los locales están ubicados en el Edificio"San Antonio" sito en la cuadra dos de la calle SantaMartha, a dos cuadras de la Plaza de Armas, y en talsentido es un lugar céntrico y de fácil acceso; (iii) se en- cuentran en una zona comercial; (iv) los inmuebles se ubican en una zona cercana a oficinas bancarias; (v) sonnuevos y se encuentran en óptimas condiciones; (vi)poseen suficiente espacio para realizar ferias de promo-ción inmobiliaria con la presencia de los principales cons-tructores y promotores de la ciudad; (vii) cuentan con acceso directo a la calle y con elementos de seguridad (rejas metálicas corredizas); (viii) el propietario facilitarála colocación de un letrero, propaganda o similar dentroy fuera de los locales alquilados; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM se encuentran exo-neradas del proceso de Licitación Pública, ConcursoPúblico o Adjudicación Directa, las adquisiciones y con-trataciones que se realicen cuando los bienes o servi-cios no admiten sustitutos; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 113º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, las resolucio-nes o acuerdos que aprueben la exoneración de los pro-cesos de selección, al amparo de las causales conteni-das en el artículo 19º de la Ley, requieren obligatoria-mente un informe técnico-legal, emitido por las áreas técnicas y de Asesoría Jurídica de la Entidad; Que, en ese sentido, la Gerencia de Administración y Presupuesto ha señalado en su Memorándum Nº 0437-GAP-2004 que por las características singulares propiasde la locación requerida (ubicación, dimensión, facilida-des de acceso, costo y estado) se configura una situa- ción prevista en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado como un servicio que no admite sustituto; Que, el Informe Legal contenido en el Memorando Nº 117-2004-OAJ de fecha 5 de abril del 2004, concluyeque de conformidad con lo establecido en la Ley deAdquisiciones y Contrataciones del Estado y su Regla- mento resulta procedente autorizar la exoneración del proceso de Adjudicación Directa Selectiva para la con-tratación del servicio de arrendamiento de los tres loca-les comerciales descritos en los considerandos prece-dentes; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso a) del artículo 20º de la Ley, las adquisiciones o contrataciones exoneradas de los procesos de Licitación Pública, Con-curso Público o Adjudicación Directa se realizarán me- diante el procedimiento de Adjudicación de Menor Cuan-tía, debiendo ser aprobadas mediante Resolución delTitular del Pliego de la Entidad; De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM - Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, sus normas modificatorias y complemen-tarias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar al Fondo MIVIVIENDA del pro- ceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva parala contratación del servicio de arrendamiento de tres lo-cales comerciales, signados con los números 101, 102 y103, ubicados en el primer piso del edificio "San Anto- nio" sito en la calle Santa Martha Nº 200 de la ciudad de Arequipa, y autorizar la contratación respectiva a travésde la modalidad de adjudicación de menor cuantía, deconformidad con lo siguiente: a. Tipo de contrato: servicios b. Descripción del servicio: arrendamiento de tres (3) locales comerciales para ser destinados a oficinas delFondo MIVIVIENDA. c. Monto referencial total: US$ 8 450.00 (Ocho Mil Cuatrocientos Cincuenta y 00/100 dólares americanos),incluido IGV. Dicho precio incluye la garantía. d. Fuente de financiamiento: recursos propios e. Tiempo que se requiere contratar el servicio: un (1) año contado desde la fecha de suscripción del contrato f. Dependencia que contrata: Gerencia de Administra- ción y Presupuesto. g. Dependencia que da conformidad al servicio: Gerencia de Administración y Presupuesto. Artículo 2º.- Disponer que la Gerencia de Adminis- tración y Presupuesto se encargue de llevar a cabo lasacciones inmediatas para la contratación respectiva delservicio mencionado en el artículo precedente. Artículo 3º.- Disponer que la Gerencia de Administra- ción y Presupuesto remita copia de la presente Resolu-ción y de los informes que sustentan esta exoneración ala Contraloría General del la República, dentro de los diezdías calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA ESTEVES DEJO Secretaria Ejecutiva 07059 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G75/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G69/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C /G50/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G43/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G74/G65/G6D/G2D/G70/G6C/G6F/G73/G2C/G20/G70/G75/G65/G6E/G74/G65/G20/G65/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73 /G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G75/G73/G63/G6F/G20/G79/G20/G4A/G75/G6E/GED/G6E RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 201/INC Lima, 12 de marzo de 2004 Visto el Acuerdo Nº 03/26.02.2004 de la Comisión Nacional Técnica de Arquitectura y Urbanismo y demásdocumentación sustentatoria; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21º de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patri-monio Cultural de la Nación;