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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G31/G37/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 23 de abril de 2004 dad Ciudadana de esta Municipalidad, hace de conoci- miento su opinión técnica en el sentido que las Unida-des correspondientes a los años 2002 y 2003, ya estándepreciadas con el riesgo de que algunos repuestos oaccesorios estén averiados o descontinuados en el mer-cado, así como que las Unidades de Fabricación del año 2004, como es lógico tienen mejoras y están equipadas con nuevas tecnologías; Que, mediante Informe Nº 358-2004-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoría Jurídica es de la opinión que alamparo de los artículos 10º, inciso 2) de la Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General-, en concordancia con el artículo 26º del D.S. Nº 013-2001- PCM -Reglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado-, procede finalmente declararla nulidad de la Resolución de Alcaldía Nº 212-2004-ALC/MVES del 20.1.2004, referido al proceso de selecciónantes señalado; Estando a lo informado, contando con el proveído fa- vorable de Alcaldía de fecha 12.3.2004 y de la DirecciónMunicipal de fecha 5.4.2004, en uso de las atribucionesconferidas por los Incisos 1 y 6 del Art. 20º, así como delartículo 43º de la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº 27972; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la nulidad de Oficio del Proce- so de Selección de la Adjudicación Directa Pública Nº 0002 -2004-MVES, cuyo objeto es la "ADQUISICIÓN DE CINCO CAMIONETAS PICK-UP PARA SEGURIDADCIUDADANA". Artículo 2º.- Retrotraer el proceso de selección has- ta la etapa de formulación de Bases, las mismas quedeberán ser coordinadas con el Área de Seguridad Ciu- dadana, de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estadoy de su Reglamento. Artículo 3º.- Remitir, lo actuado al Comité Especial Permanente para Adjudicaciones Directas y de MenorCuantía de Bienes y Servicios de esta Municipalidad, a fin de que proceda a efectuar una nueva convocatoria del Proceso de Selección materia de la presente Reso-lución. Artículo 4º.- Publíquese la presente Resolución de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JAIME A. ZEA USCA Alcalde 07783 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSÉ LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G65/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G72/G65/G2D /G6D/G65/G7A/G63/G6C/G61/G64/G6F/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G2D/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 ACUERDO DE CONCEJO Nº 045-2004-MDJLByR J. L. Bustamante y Rivero, 13 de abril de 2004 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSÉ LUIS BUSTAMANTEY RIVEROVISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 13 de abril del 2004, el expediente sobre exoneración de proceso de selecciónpara la adquisición de "Concreto Premezclado Verda FC"; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 040-2004- de la Geren- cia de Administración comunica que dentro de los requerimientos de insumos y materiales para la eje- cución de la obra: "Remodelación de Av. EE.UU." setiene que adquirir Cemento Premezclado Verda FC, enuna cantidad de 480,61 m3 cuyo valor referencial esde S/. 86,465.57 Nuevos Soles, en consecuencia elproceso corresponde a uno de Adjudicación Directa Selectiva; Que, el indicado informe señala que el bien a adqui- rirse debe ser exonerado del proceso de AdjudicaciónDirecta Selectiva por ser único proveedor en el mercadoy dicho bien no tiene materialmente sustituto en el mer-cado, ya que no existe otro proveedor que se encargue de su comercialización todo ello al amparo de lo dispues- to en el Art. inciso f) del D.S. Nº 012-2001-PCM - TextoÚnico de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado; Que, mediante informe de la Gerencia de Aseso- ría Legal señala que lo solicitado por la Oficina de Administración sobre exoneración de proceso de Adjudicación Directa Selectiva para la Adquisición deconcreto premezclado se encuentran debidamentesustentados por que el producto a adquirirse no ad-mite sustituto ya que, existe un solo proveedor que locomercializa por lo que estaría dentro de las causa- les de exoneración señaladas en el Art. 19º de la Norma antes acotada; Que, las exoneraciones en el caso de los gobiernos locales deben darse por Acuerdo de Concejo Municipalde conformidad con el Art. 20º del D.S. Nº 012-2001-PCMy deberán adquirirse mediante el proceso de Adjudica- ción de Menor Cuantía; Que, el Art. 113º del D.S. Nº 013-2001-PCM estable- ce que los acuerdos que aprueben las exoneracionesde los procesos de selección al amparo de las causalescontenidas en el Art. 19º del D.S. Nº 012-2001-PCM re-quieren obligatoriamente un informe técnico legal emiti- do por las áreas técnica y Asesoría Jurídica de la enti- dad; Por estas consideraciones el Concejo Municipal en uso de sus atribuciones por la Ley Orgánica de Munici-palidades Nº 27972 y con el voto unánime de sus miem-bros; ACUERDA: Artículo Primero.- EXONERAR del Proceso Adjudicación Directa Selectiva la Adquisición deCemento Premezclado FC, debiendo adquirirse por el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía en una cantidad de 480.61 m3, con una base referencial deS/. 86,465.57 Nuevos Soles siendo fuente de financia-miento, Canon Minero. Artículo Segundo.- Encárguese al Comité Perma- nente de los Procesos de Adjudicación de Menor Cuan- tía la ejecución del presente Acuerdo. Artículo Tercero.- Encárguese a la Gerencia de Ad- ministración la publicación del presente Acuerdo en elDiario Oficial El Peruano dentro del término de Ley y ala Oficina de Secretaría General la remisión del pre-sente a la Contraloría General de la República con los recaudos señalados en el Art. 20º del D.S. Nº 012- 2001-PCM. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ALFREDO ZEGARRA TEJADA Alcalde 07870