Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2004 (29/04/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 2004

Articulo Tercero.- TRANSCRIBIR, la presente Resolucion a la Municipalidad Distrital de Chorrillos, a la Autoridad Municipal de Proteccion de los Humedales "Pantanos de Villa"-PROHVILLA y a la Superintendencia Nacional de Registros Publicos, para conocimiento y fines. Articulo Cuarto.- PUBLICAR, la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de la administrada, dentro de los 30 dias siguientes de notificada la misma. Comuniquese, registrese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 08115

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de suministros de combustibles para unidades vehiculares, maquinarias y equipos
ACUERDO DE CONCEJO Nº 018-2004-A/MDC

Carabayllo, 15 de MORDAZA del 2004 VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo, en la fecha, en atencion al Informe Nº 005-2004-CEP/MDC, de fecha 18 de marzo del 2004, del Presidente del Comite Especial; el Informe Nº 0522-2004-DAJ/MDC, de fecha 23 de marzo, de la Direccion de Asesoria Juridica, referidos a "Declarar en Situacion de Urgencia el Suministro de Combustibles para las diferentes unidades vehiculares, maquinarias y equipos de la Municipalidad Distrital de Carabayllo; y, CONSIDERANDO: Que, el Comite Especial, organo encargado de conducir el MORDAZA de seleccion clasificado como Licitacion Publica Nacional Nº 0001-2004-CE/MDC - Primera Convocatoria, para el suministro de Combustibles, senala, mediante informe de vistos, que este fue declarado DESIERTO, ante la ausencia total de postores al acto de MORDAZA y apertura de propuestas, aun cuando fueron tres los adquirientes de las bases administrativas; Que, de acuerdo al cronograma de la MORDAZA convocatoria al MORDAZA de seleccion, este preve el 27 de MORDAZA como fecha para la MORDAZA y apertura de propuestas, asimismo para el otorgamiento de la Buena Pro, al que debemos agregar los dias que se requieren para el consentimiento de la buena pro y el plazo para la suscripcion del respectivo contrato, entonces se concluye que se requiere hasta fines del mes de MORDAZA para la culminacion del MORDAZA de la adjudicacion para el suministro de combustibles; Que, a la fecha, ha culminado la vigencia de la adenda suscrita al MORDAZA del articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para abastecer de combustibles a la Municipalidad, hecho que compromete aun mas el normal funcionamiento de las unidades vehiculares, maquinarias y equipos de la Municipalidad, lo que conllevaria la paralizacion de estas; Que, en este contexto el Presidente del Comite Especial, con informe de visto, solicita se declare en Situacion de Urgencia el Suministro de Combustibles, ante el

inminente riesgo de quedar desabastecido por efecto de la culminacion de la adenda para el suministro de combustibles, debiendose asegurar la continuidad del funcionamiento de las unidades vehiculares, lo que ocasionaria la total paralizacion de las operaciones diarias de la Municipalidad, afectando especialmente las operaciones diarias de la Limpieza Publica; Que, el Inc. c) del Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, precisa que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situaciones de urgencia, declaradas conforme a Ley; Que, el Art. 21º de la Ley MORDAZA acotada establece, "Se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda"; Que, el Art. 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM establece, "Las resoluciones o acuerdos que aprueben la exoneracion de los procesos de seleccion, al MORDAZA de las causales contenidas en el Art. 19º del Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, requieren obligatoriamente Informe tecnico legal previo emitido por las areas tecnica y de Asesoria Juridica de la Entidad. Dicho informe contendra la justificacion tecnica y legal de la adquisicion o contratacion y de la necesidad de la exoneracion; y contemplara criterios de economia, tales como los costos y la oportunidad"; Que, el Art. 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordante con lo dispuesto en los Arts. 115º y 116º del Reglamento de la citada Ley aprobado con Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, establecen: ".... Todas las exoneraciones se aprobaran, c) Mediante Acuerdo de Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos Locales, los que se publicaran en el Diario Oficial El Peruano; La autoridad competente para aprobar la exoneracion determinara en cada caso, la dependencia u organo que se encargara de realizar la contratacion o adquisicion exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura y sofisticacion"; Que, mediante los Informes de vistos, se cumple con el requisito de sustentar tecnica y legalmente la justificacion de la adquisicion o contratacion y de la necesidad de la exoneracion fundamentando la necesidad de "Declarar en Situacion de Urgencia al suministro de Combustibles para las diferentes unidades vehiculares, maquinarias y equipos de la Municipalidad Distrital de Carabayllo"; Estando a lo expuesto y a lo aprobado por mayoria en Sesion Ordinaria de Concejo, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; SE ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA la "Adquisicion de Suministros de Combustibles" para las diferentes unidades vehiculares, maquinarias y equipos de la Municipalidad de Carabayllo por el plazo de 60 dias, computados a partir del 18 de marzo, fecha del Informe Nº 05-2004-CE/MDC, del Comite Especial. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Unidad de Logistica la realizacion del MORDAZA de seleccion de Menor Cuantia por el periodo que dure la Situacion de Urgencia declarada, de conformidad a la normatividad vigente, cuyo monto referencial asciende a S/. 227,916.00, segun detalle:

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