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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G35/G32/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 29 de abril de 2004 Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR, la presente Re- solución a la Municipalidad Distrital de Chorrillos, a laAutoridad Municipal de Protección de los Humedales“Pantanos de Villa”-PROHVILLA y a la SuperintendenciaNacional de Registros Públicos, para conocimiento y fi-nes. Artículo Cuarto.- PUBLICAR, la presente Resolu- ción en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de la admi-nistrada, dentro de los 30 días siguientes de notificadala misma. Comuníquese, regístrese y cúmplase. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de laMunicipalidad Metropolitana de LimaEncargado de la Alcaldía 08115 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G73/G75/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G73/G20 /G64/G65 /G63/G6F/G6D/G62/G75/G73/G74/G69/G62/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G75/G6E/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G76/G65/G68/G69/G63/G75/G6C/G61/G2D /G72/G65/G73/G2C/G20/G6D/G61/G71/G75/G69/G6E/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G79/G20/G65/G71/G75/G69/G70/G6F/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 018-2004-A/MDC Carabayllo, 15 de abril del 2004 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, en la fecha, en aten- ción al Informe Nº 005-2004-CEP/MDC, de fecha 18 de marzo del 2004, del Presidente del Comité Especial; el Informe Nº 0522-2004-DAJ/MDC, de fecha 23 de marzo,de la Dirección de Asesoría Jurídica, referidos a "Decla-rar en Situación de Urgencia el Suministro de Combusti-bles para las diferentes unidades vehiculares, maquina-rias y equipos de la Municipalidad Distrital de Carabay- llo; y, CONSIDERANDO: Que, el Comité Especial, órgano encargado de condu- cir el proceso de selección clasificado como LicitaciónPublica Nacional Nº 0001-2004-CE/MDC - Primera Con-vocatoria, para el suministro de Combustibles, señala,mediante informe de vistos, que éste fue declarado DE- SIERTO, ante la ausencia total de postores al acto de presentación y apertura de propuestas, aun cuando fue-ron tres los adquirientes de las bases administrativas; Que, de acuerdo al cronograma de la segunda convocatoria al proceso de selección, este prevé el 27de abril como fecha para la presentación y apertura de propuestas, asimismo para el otorgamiento de la Buena Pro, al que debemos agregar los días que se requierenpara el consentimiento de la buena pro y el plazo para lasuscripción del respectivo contrato, entonces se conclu-ye que se requiere hasta fines del mes de mayo para laculminación del proceso de la adjudicación para el su- ministro de combustibles; Que, a la fecha, ha culminado la vigencia de la aden- da suscrita al amparo del artículo 141º del Reglamentode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,para abastecer de combustibles a la Municipalidad, he-cho que compromete aún más el normal funcionamiento de las unidades vehiculares, maquinarias y equipos de la Municipalidad, lo que conllevaría la paralización deéstas; Que, en este contexto el Presidente del Comité Espe- cial, con informe de visto, solicita se declare en Situa-ción de Urgencia el Suministro de Combustibles, ante elinminente riesgo de quedar desabastecido por efecto de la culminación de la adenda para el suministro decombustibles, debiéndose asegurar la continuidad delfuncionamiento de las unidades vehiculares, lo que oca-sionaría la total paralización de las operaciones diariasde la Municipalidad, afectando especialmente las opera- ciones diarias de la Limpieza Pública; Que, el Inc. c) del Art. 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estadoaprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,precisa que están exonerados de los procesos de Licita-ción Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situaciones de urgencia, declaradasconforme a Ley; Que, el Art. 21º de la Ley antes acotada establece, "Se considera situación de urgencia cuando la ausenciaextraordinaria e imprevisible de determinado bien o ser- vicio compromete en forma directa e inminente la conti- nuidad de los servicios esenciales o de las operacionesproductivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situa-ción faculta a la Entidad a la adquisición o contrataciónde los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o can-tidad, según sea el caso, necesario para llevar a cabo el proceso de selección que corresponda"; Que, el Art. 113º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado aprobado con De-creto Supremo Nº 013-2001-PCM establece, "Las re-soluciones o acuerdos que aprueben la exoneración delos procesos de selección, al amparo de las causales contenidas en el Art. 19º del Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM, requieren obligatoriamente Informe técnicolegal previo emitido por las áreas técnica y de AsesoríaJurídica de la Entidad. Dicho informe contendrá la justi-ficación técnica y legal de la adquisición o contratacióny de la necesidad de la exoneración; y contemplará cri- terios de economía, tales como los costos y la oportuni- dad"; Que, el Art. 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobadocon Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordantecon lo dispuesto en los Arts. 115º y 116º del Reglamento de la citada Ley aprobado con Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM, establecen: ".... Todas las exoneraciones seaprobarán, c) Mediante Acuerdo de Concejo Municipal,en el caso de los Gobiernos Locales, los que se publica-rán en el Diario Oficial El Peruano; La autoridadcompetente para aprobar la exoneración determinará en cada caso, la dependencia u órgano que se encargará de realizar la contratación o adquisición exonerada, deacuerdo al monto involucrado y a su complejidad, enver-gadura y sofisticación"; Que, mediante los Informes de vistos, se cumple con el requisito de sustentar técnica y legalmente la justifica- ción de la adquisición o contratación y de la necesidad de la exoneración fundamentando la necesidad de "De-clarar en Situación de Urgencia al suministro de Com-bustibles para las diferentes unidades vehiculares, ma-quinarias y equipos de la Municipalidad Distrital de Ca-rabayllo"; Estando a lo expuesto y a lo aprobado por mayoría en Sesión Ordinaria de Concejo, y en uso de las faculta-des conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica deMunicipalidades; SE ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE URGENCIA la "Adquisición de Suministros de Combus-tibles” para las diferentes unidades vehiculares, maqui-narias y equipos de la Municipalidad de Carabayllo porel plazo de 60 días, computados a partir del 18 de mar- zo, fecha del Informe Nº 05-2004-CE/MDC, del Comité Especial. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Unidad de Lo- gística la realización del proceso de selección de MenorCuantía por el período que dure la Situación de Urgen-cia declarada, de conformidad a la normatividad vigen- te, cuyo monto referencial asciende a S/. 227,916.00, según detalle: