Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2004 (29/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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i.- Petroleo diesel 2 : 28,080 Gl. S/. 216,216.00 ii.- Gasolina de 84 octanos : 600 Gl. S/. 5,520.00 iii.- Gasolina de 90 octanos : 600 Gl. S/. 6,180.00 La fuente de financiamiento correspondiente es la de Recursos Propios de la Municipalidad Distrital de Carabayllo. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Direccion de Administracion, la publicacion del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles de adoptado el presente acuerdo, asi como remitir a la Contraloria General de la Republica, MORDAZA del acuerdo y del informe tecnico - legal, que dieron origen al presente documento, dentro del plazo de Ley. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 08101

Que, el servicio de transporte en vehiculos menores es una actividad legitima que favorece y facilita el desarrollo normal de la MORDAZA de los ciudadanos; por tanto, dicha actividad requiere ser regulada a fin de garantizar el orden en la MORDAZA, la seguridad de los ciudadanos usuarios de dicho servicio, la formalizacion empresarial y la capacitacion de los conductores de vehiculos que ofrecen esta modalidad de servicio de transporte de pasajeros; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento del Servicio de Transporte en Vehiculos Menores que se adjunta a la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Las Empresas o Personas Juridicas que vienen prestando el servicio de transporte en vehiculos menores tienen un plazo de 90 dias calendario para adecuarse a las disposiciones del presente Reglamento. Articulo Tercero.- Dejar sin efecto cualquier disposicion que se oponga a la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras su cumplimiento, publicacion y difusion. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza se publicara en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA SCHWARTZ R. MORDAZA 08114

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Aprueban Reglamento del Servicio de Transporte en Vehiculos Menores
ORDENANZA Nº 03-2004-MDC

Cieneguilla, 22 de MORDAZA de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 14 de MORDAZA del 2004, aprobo por UNANIMIDAD la presente Ordenanza; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru concordante con la Ley Nº 27680, "Ley de Reforma Constitucional sobre Descentralizacion", reconoce a las Municipalidades como los organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 192º, inciso 4º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades tienen competencia para organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos locales de su responsabilidad; Que de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 18º, inciso 18.1(a) de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre las Municipalidades Distritales, tienen competencia, en materia de transporte: en general, las que los reglamentos nacionales y las normas emitidas por la Municipalidad Provincial respectiva les senalen, y en particular la regulacion de transporte menor (moto taxis y similares); Que, de conformidad con el Titulo Preliminar, Articulos I, V y el Regimen Especial establecido en el Titulo XIII, Articulo 154º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; compete a la Municipalidad Distrital de Cieneguilla otorgar licencias para la circulacion de vehiculos menores y demas, de acuerdo con lo establecido en la regulacion provincial metropolitana; Que la seguridad de los ciudadanos es uno de los principales objetivos de la actual administracion municipal; siendo, por tanto, necesario dictar normas para mejorar las condiciones del servicio de transporte publico de pasajeros en vehiculos menores;

MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA
Incorporan procedimientos al MORDAZA y al Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas de la municipalidad, referentes al servicio de transporte de pasajeros y carga en vehiculos menores
ORDENANZA Nº 002-2004/MDPN

Punta Negra, 28 de enero del 2004 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA POR CUANTO: El Concejo Distrital de Punta Negra, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 28 de enero del 2004; CONSIDERANDO: Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en el Art. II de su Titulo Preliminar dispone que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia, indicando que la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las Municipalidades en su Art. 191º, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, asimismo, en su Art. 154º, establece que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA ejerce jurisdiccion, en las materias de su competencia, sobre las Municipalidades Distritales ubicadas en el territorio de la provincia de Lima. Se rigen por las disposiciones establecidas para las municipalidades distritales

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