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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (02/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 86

TEXTO PAGINA: 85

PÆg. 281539 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de diciembre de 2004 tanto, modificar el título del proyecto de norma, por el de “Precios Máximos de Componentes de Acometiday Tubería de Conexión”; Que, por lo señalado en los dos últimos párrafos pre- cedentes, debe de procederse a publicar la nueva ver-sión del Proyecto de Norma que contemplaría las incor- poraciones y precisiones señaladas anteriormente; Que, asimismo, debe incorporarse en este nuevo proyecto de norma el resultado del análisis de las suge- rencias o comentarios de los interesados, recibidos den- tro del plazo establecido; Que, tal como se dispone en el Artículo 25º citado precedentemente, la nueva publicación debe contener el texto de la norma, una exposición de motivos y elplazo dentro del cual se recibirán los comentarios escri- tos de los interesados; Que, de otro lado, la Resolución Nº 097-2004-OS/CD no se encuentra vigente, toda vez que aún no se ha cum- plido con el supuesto señalado en el punto 13.1 de su Artículo 13º, esto es, que el Estado Peruano y el concesio-nario modifiquen expresamente el Anexo 15 del Contrato BOOT de Concesión de la Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao (y cláusulas vinculadas)en el que se incluye como parte de dicho contrato la Tarifa de Otras Redes Inicial aprobada por Resolución de la Co- misión de Tarifas de Energía Nº 014-99 P/CTE/ Que, en consecuencia, de aprobarse la nueva ver- sión del proyecto de norma publicado mediante la pre- sente resolución, dicha norma entrará en vigencia sólosi, a su vez, entra en vigencia la Resolución Nº 097- 2004-OS/CD, esto es, si se efectúa la modificación del Contrato BOOT mencionado en el párrafo precedente; Que, se ha expedido el Informe OSINERG-GART- AL-2004-156 de la Asesoría Legal de la Gerencia Adjun- ta de Regulación Tarifaria del OSINERG, que comple-menta la motivación que sustenta la decisión del OSI- NERG, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere elArtículo 3º, Numeral 4 de la Ley del Procedimiento Admi- nistrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificación de los Pro- cedimientos Regulatorios de Tarifas, en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inver-sión Privada en los Servicios Públicos, en el Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía - OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº054-2001-PCM, en el Decreto Ley Nº 25844, en el Regla- mento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-99-EM y en lodispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Ad- ministrativo General; así como en sus normas modifica- torias, complementarias y conexas. RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la publicación, en el Diario Oficial El Peruano, de la resolución que aprueba la nueva versión del proyecto de norma denominada “PreciosMáximos de Componentes de Acometida y Tubería de Conexión”, documento que figura como Anexo de la pre- sente resolución, junto con el Informe OSINERG-GART / DGN Nº 031-2004 en la página WEB del OSINERG: www.osinerg.gob .pe. Artículo 2º.- Definir como plazo máximo un perío- do de 15 días calendario, contados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución, para que los interesados remitan por escrito a la Gerencia Ad-junta de Regulación Tarifaria (GART) ubicado en la avenida Canadá Nº 1460, San Borja, Lima, sus co- mentarios y sugerencias a la publicación a que serefiere el artículo primero. Dichos comentarios tam- bién podrán ser remitidos vía fax al número telefónico Nº 2240491, o vía Internet a la siguiente dirección decorreo electrónico: preciosregulados@osinerg.gob.pe Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia Adjunta de Re- gulación Tarifaria la recepción y análisis de los comenta-rios que se presenten respecto al proyecto de norma, así como la presentación de la propuesta final al Conse- jo Directivo del OSINERG. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo DirectivoEXPOSICIÓN DE MOTIVOS Las Tarifas de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, se rigen por lo establecido en el Regla- mento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-99-EM (El Reglamento), correspondiéndole al OSI- NERG fijar las tarifas de distribución, tomando en con- sideración la normativa establecida en el Reglamento. Adicionalmente, la fijación de las Tarifas de Distribu- ción de Gas Natural por red de ductos, debe considerar la Regulación de los Topes Máximos para las Acometidas,de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 118º del Regla- mento, que señala que los cargos por Acometida serán asumidos por el Consumidor, previo acuerdo entre elConcesionario y el Consumidor mediante negociación di- recta dentro del tope máximo fijado por el OSINERG, en base a la propuesta presentada por el Concesionario. El mismo artículo 118º señala que el mantenimiento de la Acometida será de cargo del Consumidor y deberá realizarse en períodos quinquenales por parte del Con-cesionario. Asimismo, se dispone, que el Concesionario publicará una lista actualizada de los precios unitarios de los componentes que intervienen en la Acometida. La Resolución OSINERG Nº 097-2004-OS/CD publi- cada el 26 de mayo 2004, fija las tarifas de las “Otras Redes” de Distribución de Lima y Callao, y establece en suartículo 4º, los Topes Máximos por la Acometida aplicados a las Categorías de Consumidor A y B. En el caso de las Categorías C y D, dicha resolución dispone que el Conce-sionario presentará al OSINERG la lista de componentes que conformaran las Acometidas, de acuerdo a lo señala- do en el artículo 118º del Reglamento, hasta 2 meses pos-teriores a la publicación de dicha norma, de tal forma que el OSINERG defina y autorice los montos máximos. El Concesionario de Distribución de gas natural por red de ductos GNLC, con carta GC.GNLC.04.105 del 23 de julio del 2004 y dentro del plazo previsto presen- ta para aprobación de OSINERG su propuesta quecontiene: la lista de componentes que conforman las Acometidas de la categorías C y D, el costo de ins- pección y habilitación de las instalaciones internas. La Resolución OSINERG Nº 279-2004-OS/CD se publicó el 18 de octubre, con el contenido del proyecto de Norma “Precios Máximos de Componentes de Aco-metida” conjuntamente con su exposición de motivos, con la finalidad de recibir las sugerencias o comenta- rios de los interesados, en un plazo máximo de 15días calendario a partir de la fecha de publicación; El Decreto Supremo Nº 038-2004-EM, modifica la defini- ción de Acometida y establece que sus componentes son: elmedidor, los equipos de regulación, la caja de protección, accesorios y las válvulas de protección; excluyendo el com- ponente “Tubería de Conexión”, cuya definición se incorporaen el mismo Decreto Supremo y se precisa que es la parte de la Red de Distribución conformada por el tubo de conexión y la válvula de aislamiento ubicada al final del mismo; El Concesionario de Distribución de gas natural por red de ductos GNLC, presenta con carta GC.GNLC.04.353 del 2 de noviembre del 2004, sus co-mentarios y observaciones a la Resolución OSINERG Nº 279-2004-OS/CD; Por lo señalado en los párrafos precedentes, el OSI- NERG debe proceder a publicar una nueva versión del Proyecto de Norma que contemplaría las incorporacio- nes y precisiones señaladas anteriormente y por lo tan-to un análisis separado de los Precios Máximos de Aco- metida y de la Tubería de Conexión”; así mismo la nueva versión del Proyecto de Norma debe incluir el resultadodel análisis de las sugerencias o comentarios recibidos; La aprobación y definición de los Topes Máximos de los componentes que conforman las Acometidas ylos Topes Máximos de la Tubería de Conexión, se en- cuentra condicionada a la entrada en vigencia de la Resolución Nº 097-2004-OS/CD, esto es, si el EstadoPeruano y el concesionario modifican expresamente el Anexo 15 del Contrato BOOT de Concesión de la Distribución de Gas Natural por Red de Ductos enLima y Callao (y cláusulas vinculadas) en el que se incluye como parte de dicho contrato la Tarifa de Otras Redes Inicial aprobada por la Resolución de la Comi-sión de Tarifas de Energía Nº 014-99-P/CTE; de con- formidad con el Artículo 13º de la Resolución Nº 097- 2004-OS/CD;PROYECTO