Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (06/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 20

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G31/G38/G33/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 6 de diciembre de 2004 Los “Contribuyentes Puntuales del 2004” podrán can- celar sus deudas generadas hasta el 31 de diciembredel 2003 con los beneficios establecidos en el artículo 10º de la presente Ordenanza, hasta el último día hábil del 2005. Para los contribuyentes no comprendidos como pun- tuales del 2004 el descuento será de 10%. Artículo 7º.- PAGO ANUAL TOTAL DE ARBITRIOS. Establézcase el 12% de descuento sobre la totalidad de cuotas establecidas de arbitrios, para todos aque-llos" contribuyentes puntuales del 2004" que cancelen hasta la fecha de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial la totalidad de sus cuotas determina-das de arbitrios, para el presente año. Los contribuyentes mencionados en el presente artí- culo podrán cancelar sus deudas generadas hasta el 31de diciembre del 2003 con los beneficios establecidos en el artículo 10º si cumplen con cancelar previamente su cuota correspondiente del Impuesto Predial 2004 antesde la fecha de vencimiento de la misma. La vigencia del beneficio se extenderá hasta la nueva fecha de venci- miento de arbitrios, en la cual se volverá a verificar si hacumplido con pagar su cuota correspondiente de Im- puesto Predial. Los contribuyentes mencionados en el presente artículo, sí cumplen con pagar la totalidad de cuotas del Impuesto Predial 2004 pendientes de pago en el transcurso del presente año podrán gozar de los be-neficios de descuento de años anteriores estableci- dos en el artículo 10º hasta el último día hábil del 2005. Para los contribuyentes no comprendidos como pun- tuales del 2004 el descuento será de 8%. Artículo 8º.- PAGO PUNTUAL DE CUOTA DE AR- BITRIOS Establézcase el 7% de descuento sobre la cuota can- celada de arbitrios hasta la fecha de vencimiento co- rrespondiente para todos aquellos “contribuyentes pun- tuales del 2004”. Los contribuyentes mencionados en el presente artículo podrán cancelar sus deudas de años anterio- res con los beneficios establecidos en el artículo 10ºsi cumplen con cancelar previamente su cuota co- rrespondiente al Impuesto Predial 2005. Los pagos sobre sus deudas anteriores los podrán realizar has-ta la fecha de vencimiento del siguiente período de arbitrios. Para los contribuyentes no comprendidos como pun- tuales del 2004 el descuento será de 5%. Artículo 9º.- El descuento por las deudas genera- das hasta el 31.12.2004 será el siguiente: Impuesto Predi al Sin intereses, factor de reajuste, ni costas coactivas. Arbitrios Sin intereses, ni costas coactivas. Artículo 10º.- El encontrarse inmerso en alguno de los beneficios precedentes no suspende las accionesde ejecución coactiva, ni de fiscalización propias de la administración tributaria. TÍTULO III DISPOSICIONES TRANSITORIAS Artículo 11º.- Establézcase que los contribuyentes que paguen la 4ta. Cuota del Impuesto Predial y 6ta. deArbitrios del período 2004, hasta la fecha de vencimien-to, tendrán los siguientes beneficios vigentes hasta el 30 de diciembre del 2004: Impuesto Predi al Sin intereses, factor de reajuste, ni costas coactivas. Arbitrios Sin intereses, ni costas coactivas. Descuento del 15% del insoluto.Artículo 12º.- Mediante Decreto de Alcaldía podrá ampliarse la vigencia de la presente Ordenanza. Artículo 13º.- El Jefe de Desarrollo Económico que- da facultado como coordinador, a nombre de la Corpora-ción Municipal, con las entidades comerciales o de ser-vicios, pudiendo firmar convenios con las mismas que permitan descuentos de productos o servicios en cada vencimiento. Asimismo será responsable del diseño ydistribución de la Guía de Descuentos a los contribu-yentes de manera trimestral. El Gerente de Rentas queda facultado para realizar, en coordinación con otras áreas, la prestación de servi- cios a través de sorteos para los contribuyentes pun- tuales y generación de actividades en beneficio de losmismos. Artículo 14º.- Encargar el cumplimiento de la pre- sente a la Gerencia de Imagen, Gerencia de Rentas,Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planeamiento Estratégico y Gerencia de Participación Vecinal, en cuanto sea de su competencia. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 22022 /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G75/G61/G72/G2D /G74/G61/G20/G63/G75/G6F/G74/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G34 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 014-2004-MSB-A San Borja, 3 de diciembre de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA VISTO, el Informe Nº 068-2004-MSB-GR, de fe- cha 30.11.2004, mediante el cual el Gerente de Ren- tas solicita la prórroga del plazo de vencimiento de la Cuarta Cuota del Impuesto Predial 2004 hasta el30.12.2004; Con el visto bueno de la Gerencia Municipal, Ge- rencia de Rentas y Gerencia de Asesoría Jurídica, ya lo dispuesto en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Ordenanza Nº 291-MSB que aprueba el Régimen Tributario deArbitrios por Prestación de Servicios Públicos del año2004 y la Ordenanza N° 292-MSB que establece lasfechas de vencimiento y derechos de emisión meca-nizada de actualización de valores, determinación y distribución del Impuesto Predial para el ejercicio 2004; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de venci- miento del pago de la cuarta cuota del Impuesto Predial 2004 hasta el 30 de diciembre del 2004. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas, Gerencia de Adminis-tración y Finanzas, Gerencia de Informática y Geren-cia de Imagen Institucional el cumplimiento del pre-sente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 22021