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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G31/G38/G32/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 6 de diciembre de 2004 Especial a la Universidad Nacional de Trujillo, por el pe- ríodo 2000- 2002, en mérito a las denuncias presenta-das por la comunidad universitaria; Que, en el referido Examen Especial, la Comisión de Auditoría ha determinado irregularidades en lacontratación del servicio de alquiler de un inmueble, suscrito entre una autoridad universitaria y una per- sona natural que era de su entorno amical, durantelos períodos 2000, 2001 y 2002, con el objeto debrindar alojamiento en la ciudad de Lima a algunasautoridades de la UNT, al haberse evidenciado quedicha contratación se efectuó a requerimiento perso- nal y directo de la referida autoridad universitaria, sin cumplir con las formalidades del proceso de selec-ción correspondiente, ni contar con el sustento téc-nico y económico que determine la necesidad y laviabilidad de dicho servicio, aunado al pago de viáti-cos en exceso percibidos por la mencionada autori- dad universitaria por concepto de alojamiento en comi- siones de servicio a la ciudad de Lima, ocasionandoperjuicio económico a la Universidad por un total deS/. 24 636, 40; hechos que hacen presumir la exis-tencia de indicios razonables de la comisión del De-lito de Peculado, previsto y penado en el artículo 387º del Código Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Siste-ma Nacional de Control y de la Contraloría General de laRepública, constituye atribución de este Organismo Su-perior de Control, disponer el inicio de las acciones lega- les pertinentes, en forma inmediata, por parte del Procu- rador Público, en los casos en que en la ejecución direc-ta de una acción de control se encuentre daño económi-co o presunción de ilícito penal, correspondiendo autori-zar al Procurador Público a cargo de los asuntos judicia-les de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales correspondientes contra los pre- suntos responsables comprendidos en el Informe de Vis-to; y, De conformidad con el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales de la Contra- loría General de la República, para que en nombre y representación del Estado inicie las acciones legalespor los hechos expuestos, contra los presuntosresponsables comprendidos en el Informe de Visto, re-mitiéndosele para el efecto los antecedentes correspon-dientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 22017 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G54/G41/G52/G20/G4D/G61/G64/G72/G65/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G6F/G73/G20/G79/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 500-2004-CG Lima, 30 de noviembre de 2004 Visto, el Informe Especial Nº 242-2004-CG/ZN, resultante del Examen Especial practicado al ConsejoTransitorio de Administración Regional Madre de Dios -CTAR Madre de Dios, actualmente Gobierno Regional de Madre de Dios, por el período comprendido entre Ene. 2002 y Dic. 2002.CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Anual de Control Año 2003, de la ex Gerencia de Gobiernos Regiona-les y al mandato legal establecido en el literal a) delartículo 82º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la Contraloría General de la República efectuó un Examen Especial en el ConsejoTransitorio de Administración Regional Madre de Dios,sin perjuicio de revisar, de acuerdo a las circunstan-cias operaciones del Gobierno Regional Madre de Dios,orientado entre otros a determinar si el pago de remuneraciones, incentivos laborales, bonificaciones, y demás beneficios se realizaron de acuerdo a lanormativa aplicable; Que, de la revisión a la documentación que sus- tenta la Resolución Ejecutiva Regional Nº 512-2003-MADRE DE DIOS del 31 Dic. 2003, emitida por el Go- bierno Regional Madre de Dios, la Comisión Auditora ha determinado que se expidió la citada Resoluciónconteniendo en sus considerandos una declaraciónque no se encontraba conforme a la verdad, toda vezque, se señaló que se estaba a lo informado por laGerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial (consignada en la Reso- lución como Gerencia Regional de Planificación, Pre-supuesto y Desarrollo Institucional) y del Órgano deControl Institucional (consignado en la Resolucióncomo Gerencia Regional de Control Interno), pese aque dichas áreas no se pronunciaron al respecto, lo cual, constituía un requisito para aprobar, en vías de regularización, las transferencias efectuadas al CA-FAE para el pago de Racionamiento al personal de laSede Central, por el período correspondiente de julioa diciembre del 2003, incumpliendo lo dispuesto por elinciso b) del artículo 2º de la Ley Nº 28132; asimismo, la referida Resolución Ejecutiva fue visada por un funcionario que no desempeñaba la función de Ge-rente General Regional al 31.Dic.2003; hechos queconstituyen indicios razonables que hacen presumirla comisión de los delitos de Falsedad Ideológica yUsurpación de Autoridad, Títulos y Honores, en su modalidad de Usurpación de Funciones Públicas, previstos y penados en los artículos 428º y 361º delCódigo Penal, respectivamente; Que, en atención a los hechos expuestos y ha- biéndose acreditado como consecuencia de la ac-ción de control practicada, la existencia de presun- ción de ilícitos penales, en los que se encuentran involucrados funcionarios del Gobierno RegionalMadre de Dios, que desempeñan y han desempeña-do función pública en la misma corresponde a la Con-traloría General de la República, proceder conformea sus atribuciones; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Siste-ma Nacional de Control y de la Contraloría General de laRepública, constituye atribución de este Organismo Su-perior de Control, disponer el inicio de las acciones lega-les pertinentes en forma inmediata por parte del Procu- rador Público, en los casos en que en la ejecución direc- ta de una acción de control se encuentre daño económi-co o presunción de ilícito penal, correspondiendo autori-zar al Procurador Público encargado de los asuntos ju-diciales de la Contraloría General de la República, elinicio de las acciones legales respectivas contra los pre- suntos responsables comprendidos en el Informe de Vis- to; De conformidad con el artículo 22º inciso d) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Con-traloría General de la República, Ley Nº 27785 y el De-creto Ley Nº 17537 y sus modificatorias. SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales de la Contra-loría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos respon-