Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2004 (06/12/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 6 de diciembre de 2004

sables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 22018 RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 501-2004-CG MORDAZA, 1 de diciembre de 2004 VISTO, el Informe Especial Nº 243-2004-CG/EA, resultante del Examen Especial practicado al Ministerio Publico, por el periodo 1996 a 2002, comprendiendo ademas operaciones anteriores y posteriores al citado periodo; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de una accion programada en el Plan Anual de Auditoria Gubernamental del ano 2003 de la Gerencia de Entidades Autonomas, la Contraloria General de la Republica efectuo un examen especial al Ministerio Publico, con la finalidad de determinar si los recursos administrados por la ex Gerencia Ejecutiva de Proyectos, para la adquisicion de bienes y servicios, asi como, el diseno e implantacion de proyectos, fueron orientados para la consecucion de las metas u objetivos establecidos en sus planes operativos, en MORDAZA con las disposiciones legales y/o normativa aplicable; Que, como resultado de la revision practicada a la Licitacion Publica Internacional Nº OSP/PER/359/544 para la adquisicion de diversos bienes, entre los que se encontraban catorce (14) kits de paneles solares por un importe de setenta y cuatro mil noventa y dos con 19/100 dolares americanos (US$ 74 092,19); la Comision Auditora ha evidenciado que los funcionarios encargados de dicho MORDAZA, efectuaron la compra sin contar con el sustento tecnico requerido respecto de la necesidad, ni del destino de los paneles, ni tampoco de las modificaciones efectuadas a las Bases administrativas en relacion al lugar asignado a los mismos, situacion que impidio se lograra el objetivo propuesto de contar con una fuente de energia para el uso de computadoras personales en aquellas Fiscalias Provinciales que no cuentan con servicio de energia electrica, generando asi un gasto innecesario e improductivo, ademas de conllevar gastos adicionales por mantenimiento y/o traslados de los equipos a otros locales, en perjuicio de la entidad; hechos que evidencian la existencia de indicios razonables de la comision del delito de Abuso de Autoridad, previsto y penado en el articulo 376º del Codigo Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el inciso d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, asi como el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la

Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales correspondientes contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 22019

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 594-2004-JEF/RENIEC MORDAZA, 29 de setiembre de 2004 VISTO: El Oficio Nº 0860-2004/GP/SGDAC/HYC RENIEC, el Oficio Nº 3254-2004/GP/SGDAC/HYC RENIEC, los Informes Nº 118-2003 y Nº 038-2004-GP/SGDAC/ HYC RENIEC y el Informe Nº 885-2004-GAJ/RENIEC, de fecha 19 de agosto del 2004, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, asi como del MORDAZA de depuracion inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA O MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA O MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE VEGAS, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA O MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, dada la simplificacion administrativa y en atencion al MORDAZA de veracidad de las declaraciones en los documentos, se presentaron a solicitar inscripcion en el Registro Unico de Identificacion, valiendose para ello de declaraciones falsas, las mismas que fueron ingresadas en instrumento publico, esto es el Registro, motivando la cancelacion de las inscripciones fraudulentas por disposicion de la Gerencia de Procesos, al tratarse de tramites irregulares; Que, aun cuando se ha procedido administrativamente, esto es la cancelacion de dichas inscripciones mediante Resoluciones Nºs. 094-2003 y 024-2004-GP/ SGDAC RENIEC, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicio razonable de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra BRI-

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