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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G31/G38/G32/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 6 de diciembre de 2004 Artículo Tercero.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Artículo Cuarto.- La fecha en que el citado funciona- rio diplomático deberá asumir funciones será fijada porResolución Ministerial. Artículo Quinto.- Aplicar el egreso que origina la pre- sente Resolución a las partidas correspondientes del Plie- go Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 22085 /G4E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6E/G20/G43/GF3/G6E/G73/G75/G6C/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G65/G6E /G51/G75/G69/G74/G6F/G2C/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G63/G75/G61/G64/G6F/G72 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 328-2004-RE Lima, 1 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que los funcionarios del Servicio Diplomático, cual- quiera sea su categoría, sirven alternadamente seis años en el exterior y tres años en el país, conforme lo estable-ce la Ley del Servicio Diplomático de la República; Que la protección y atención a las comunidades pe- ruanas en el exterior constituye una de las prioridadesde la Política Exterior del Perú; De conformidad con los artículos 7º, 13º literal a), 26º y 30º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de laRepública; los artículos 62º, 63º B), 64º literal a) y 90º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la Repú- blica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; el artículo 121º del Reglamento Consular, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0002-79-RE, modificado por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 0004-85-RE; asícomo de los artículos 132º y 133º del citado Reglamento; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar al Consejero en el Servicio Diplomático de la República, José Luis Vicente Torres Seguín, Cónsul General del Perú en Quito, República del Ecuador. Artículo Segundo.- La jurisdicción consular será la establecida en la Resolución Suprema Nº 0172-RE, de 28 de abril de 1988. Artículo Tercero.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Artículo Cuarto.- La fecha en que el citado funciona- rio diplomático deberá asumir funciones será fijada por Resolución Ministerial. Artículo Quinto.- Aplicar el egreso que origina la pre- sente Resolución a las partidas correspondientes del Plie- go Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 22086 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G2D/G76/G69/G6C/G20/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 896-2004-MTC/02 Lima, 1 de diciembre de 2004CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadaspor Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece quepara el caso de los servidores y funcionarios públicos delos Ministerios, entre otras entidades, la autorización deviaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de lasautorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004,dispone restringir al mínimo indispensable los viajes al ex- terior del país en comisión de servicios, estableciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstos serán aprobadospor resolución suprema refrendada por el Presidente delConsejo de Ministros y el Ministro del sector correspon-diente, con excepción de los sectores de Relaciones Exte-riores, Comercio Exterior y Turismo, así como de la Direc- ción General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones, en cuyo caso se aprobarán porresolución del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacio-nales establecidos en el Convenio de Chicago sobreAviación Civil y poder mantener la calificación de Cate- goría - I otorgada al Perú por la Organización de Avia- ción Civil Internacional, debe mantener un programa anualde vigilancia sobre la seguridad operacional a través dela ejecución de inspecciones técnicas a los explotado-res aéreos en el país, basado en las disposiciones esta-blecidas en el citado Convenio y en los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, las empresas Aero Turismo y Publicidad S.A.C. y Aero Condor S.A.C., con Cartas ATGO-024-11-04 y GO-721E-2004, de fechas 18 de noviembre de 2004, respecti-vamente, en el marco del Procedimiento Nº 5 de la sec- ción correspondiente a la Dirección General de Aeronáu-tica Civil (Evaluación de Personal), establecido en el TextoÚnico de Procedimientos Administrativos del Ministeriode Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decre-to Supremo Nº 008-2002-MTC, solicitan a la DirecciónGeneral de Aeronáutica Civil, efectuar los chequeos téc-nicos en simulador de vuelo del equipo Boeing 737, en losCentros de Entrenamiento de Pan Am International FlightAcademy y Aero Service de la ciudad de Miami, EstadosUnidos de América, a su personal aeronáutico propuesto,durante los días 7 al 9 de diciembre de 2004; Que, la empresa Star Up S.A., con Carta STAR UP GO- 186/04, de fecha 18 de noviembre de 2004, en el marco delProcedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Di-rección General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Per-sonal), establecido en el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos del Ministerio de Transportes y Comunica-ciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC,solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efec-tuar los chequeos técnicos en simulador de vuelo del equi-po Boeing 737, en el Centro de Entrenamiento de UnitedServices de la ciudad de Denver, Colorado, Estados Uni-dos de América, a su personal aeronáutico propuesto, du-rante los días 11 al 15 de diciembre de 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acota- ción Nºs. 18797, 18798, 25522, 25523, 26065, 26066, 26116,26117 y 26303, las solicitantes han cumplido con el pago delderecho de tramitación correspondiente al Procedimiento aque se refiere el considerando anterior, ante la Dirección deTesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por las empre-sas solicitantes del servicio, incluyendo el pago de losviáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden deInspección Nº 1889-2004-MTC/12.04-SDO designando