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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (06/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 19

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G31/G38/G33/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 6 de diciembre de 2004 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G50/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G43/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G65/G20/G49/G6E/G6D/G61/G2D /G74/G65/G72/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G75/G73/G63/G6F/G20/G61/G6C/G4D/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G48/G65/G72/G6D/G61/G6E/G6F/G73/G20/G41/G79/G61/G72/G2C/G20/G79/G20/G61/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G2D/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G63/G63/G61/G72/G65/G74/G61/G6D/G62/G6F/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G43/G75/G6E/G61/G20/G64/G65/G6C/G49/G6D/G70/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G49/G6E/G63/G61/G73 ORDENANZA REGIONAL Nº 021-2004-CRC/GRC POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Cus- co, en Sesión Ordinaria de fecha veinticuatro de no-viembre del 2004, ha debatido y aprobado por mayoríala siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado establece que los Gobiernos Regionales tienenautonomía política, económica y administrativa en losasuntos de su competencia; Que, estando a lo dispuesto por los artículos 37º y 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria la Ley Nº 27902 y el artículo 2º del Regla-mento de Organización y Funciones; El Consejo Regional del Cusco; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA COMO PATRIMONIO CULTURAL E INMATERIAL DEL DEPARTAMENTO DEL CUSCO AL MITO DE LOS HERMANOS AYAR Y DECLARA AL DISTRITO DE PACCARETAMBO, DE LA PROVINCIA DE PARURO, DEPARTAMENTO DEL CUSCO COMO CUNA DEL IMPERIO DE LOS INCAS Artículo Primero.- DECLÁRASE, como Patrimonio Cultural e Inmaterial del departamento del Cusco al "Mito de los Hermanos Ayar". Artículo Segundo.- DECLÁRASE, como "Cuna del Imperio de los Incas" al distrito de Paccaretambo, pro-vincia de paruro, departamento del Cusco. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación enel Diario Oficial El Peruano. Cusco, 24 de noviembre del 2004 CARLOS RICARDO CUARESMA SÁNCHEZ Presidente 22025 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G63/G65/G6E/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G54/G72/G69/G2D /G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G73 ORDENANZA Nº 318-MSB San Borja, 30 de noviembre de 2004EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA POR CUANTO: Visto, en la XXIII-2004 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30.11.2004, el Dictamen Nº 038-2004-MSB- CER y Dictamen Nº 162-2004-MSB-CAL, de la Comisiónde Economía y Rentas y Comisión de Asuntos Legales, respectivamente, sobre Proyecto de Ordenanza que Es- tablece el Programa de Incentivos Tributarios “CumpleMás y Paga Menos 2005”. De conformidad con la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de aproba-ción de Actas, el Concejo Municipal aprobó por unanimi- dad la siguiente Ordenanza: PROGRAMA DE INCENTIVOS TRIBUTARIOS “Cumple Más y Paga Menos 2005” TÍTULO I DESCUENTO GENERAL POR MAYOR CUMPLIMIENTO Artículo1º.- Otórguese a todos los contribuyentes del distrito de San Borja un descuento del 3% por elmonto de Arbitrios Municipales determinados para el período 2005, en cada uno de sus conceptos. Otórguese la Tarjeta TAP acorde a la siguiente regu- lación: 1. En la primera quincena de enero, a todos aquellos contribuyentes que no mantengan deuda del período 2004 al 31 de diciembre de 2004. 2. En la primera quincena de agosto, a todos aquellos contribuyentes que no mantengan deuda del período 2005 al 31 de julio del 2005. Artículo 2º.- La vigencia del beneficio establecido en la presente Ordenanza se aplicará desde el 15 deenero hasta el 31 de julio del 2005 para aquellos que cumplan el supuesto establecido en el inciso 1) del artí- culo precedente, y; desde el 15 de agosto hasta el 31 dediciembre del 2005 para aquellos que cumplan el su- puesto establecido en el inciso 2) del artículo preceden- te. Artículo 3º.- La Tarjeta TAP dará derecho a obtener los descuentos establecidos por la Red de Empresarios Afiliados a la misma, siendo de utilización exclusiva deltitular, cónyuge, padres e hijos del mismo. En caso de personas jurídicas podrán nombrar a un representante como beneficiario. Artículo 4º.- La Tarjeta TAP será remitida a domi- cilio o podrá ser recogida en el Área de Servicios y Orientación al Contribuyente de la Gerencia de Ren-tas. TÍTULO II DESCUENTOS POR CUMPLIMIENT O TRIBUTARIO Artículo 5º.- CONTRIBUYENTES PUNTUALES DEL 2004 Entiéndase como “Contribuyentes Puntuales del 2004”, a aquéllos que no tienen pendiente deudas tribu- tarias al 31 de diciembre del 2004, por concepto delImpuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondien- tes al período 2004. Artículo 6º.- PAGO ANUAL TOTAL DEL IMPUES- TO PREDIAL Y ARBITRIOS Establézcase el 15% de descuento sobre la totali- dad de cuotas establecidas de Arbitrios Municipales incluyendo los derechos administrativos, para todos aquellos “Contribuyentes Puntuales del 2004” que can-celen hasta la fecha de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial, la totalidad de sus cuotas deter- minadas del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del 2005.