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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ENERO DEL AÑO 2004 (02/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 5

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G39/G30/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 2 de enero de 2004 DEFENSA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G65/G6A/GE9/G72/G63/G69/G74/G6F/G2C /G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G74/G69/G72/G6F/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G72/G65/G63/G69/G62/G69/G72/G20/G74/G72/G61/G74/G61/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G6D/GE9/G64/G69/G63/G6F/G20/G61/G6C/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G65/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G2D /G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 535-2003-DE/EP Lima, 29 de diciembre de 2003 Visto, la Hoja de Recomendación Nº 017 Q-10/c./6/ 15.07.01, del 27 noviembre 2003, del Director de Salud delEjército. CONSIDERANDO:Que, mediante la RCGE Nº 994 DP-SDAPE 1b. del 24.Nov.2003, pasó a la Situación de Retiro, por razones de salud:Incapacidad Psicosomática - INAPTO-TOTAL Y PERMANEN-TE, al Tte. Art. "R" Miguel Edgardo MENDOZA GONZALES; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno respecto a las medidas de aus-teridad y racionalidad del gasto en el Sector Público vienereduciendo al mínimo indispensable las autorizaciones delos viajes al exterior, considerando aquellos que se enmar-can en tratamiento Médico Altamente Especializado; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 017-2003, excepcionalmente po-drá autorizarse aquellos viajes al exterior que resulten in-dispensables para asegurar el cumplimiento de los objeti-vos y metas fijados para el ejercicio del año 2003; Que, mediante el documento del visto, el Director de Salud del Ejército, recomienda el viaje del Tte. Art. "R" Mi-guel Edgardo MENDOZA GONZALES a los Estados Uni-dos de América, a fin de recibir Tratamiento Médico Alta-mente Especializado, en el NATIONAL REHABILITATIONHOSPITAL 102 IRVING STREET-WASHINGTON AD20010-2949 de dicho país; Que, el citado Oficial Subalterno presenta el siguiente diagnóstico: "SECUELA DE ENCEFALOPATÍA HIPÓXICOANÓXICA POST PARO CARDIORESPIRATORIO. EPI-LEPSIA MIOCLÓNICA. LENGUAJE ATÓXICO. INCORDI-NACIÓN CEREBELOSA. TRASTORNO DELIRANTE DELHUMOR. ANSIEDAD DISOCIATIVO Y COGNOSCITIVOORGÁNICOS. TRASTORNO ORGÁNICO DE LA PERSO-NALIDAD", siendo necesario autorizar su Tratamiento Mé-dico Altamente Especializado en el referido Hospital; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Decreto de Urgencia Nº 017-2003, Decreto Supremo Nº047-2002-PCM Decreto Supremo Nº 005-87 DE/SG; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior del Tte. Art. "R" Miguel Edgardo MENDOZA GONZALES, CIP Nº117108900, con acompañante, a fin de recibir TratamientoMédico Altamente Especializado, a efectuarse en el NA-TIONAL REHABILITATION HOSPITAL 102 IRVINGSTREET NW-WASHINGTON AD 20010-2949, en los Es-tados Unidos de América, del 26 de diciembre del 2003 al9 de enero del 2004. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a losconceptos siguientes: Pasajes:Lima - Washington - LimaUS$ 1079.00 x 2 personasViáticos:US$ 220 x 15 días x 1 personaTarifa Única de uso de Aeropuerto:US$ 28.24 x 2 personas (Perú) Artículo 3º.- Los gastos de tratamiento médico, medi- cinas y hospitalización serán sufragados por la Direcciónde Salud del Ejército.Artículo 4º.- El citado Oficial Subalterno, deberá cum- plir con sustentar lo señalado en los artículos 6º y 10º delDecreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de juniodel 2002. Artículo 5º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio o término de la autorizaciónde viaje, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduane-ros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros ypor el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 24287 /G4E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6E/G20/G61/G75/G78/G69/G6C/G69/G61/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G67/G72/G65/G67/G61/G64/G6F/G73/G20/G61/GE9/G72/G65/G6F/G73 /G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G65/G6D/G62/G61/G6A/G61/G64/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G46/G65/G64/G65/G72/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G75/G73/G61/G20/G79/G20/G65/G6E/G20/G43/G68/G69/G6C/G65 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 2080-2003-DE/FAP-CP Lima, 12 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO:Que, la Ley del Ministerio de Defensa, artículo 4º inciso (f) ha previsto entre sus funciones, la de participar y fo-mentar la implementación de políticas y acuerdos interna-cionales, destinados a garantizar la defensa regional y se-guridad hemisférica; Que, la concepción contemporánea de seguridad y defensa nacional tiene directa relación con los temas depolítica exterior, en el contexto de sistemas de seguridadcolectiva en el ámbito regional y de seguridad cooperativaen el ámbito hemisférico; Que, en tal sentido y en atención al nuevo marco legal del Sector Defensa es prioritario el fomento de la imple-mentación de políticas y acuerdos bilaterales o multi-laterales destinados a garantizar la defensa regional y laseguridad hemisférica; Que, estas variables plantean el desafío de las Fuer- zas Armadas profesionalizadas para que desarrollen susactividades en el marco del accionar conjunto e interope-rativo, en observancia de los estándares internacionalesen la misión constitucional conferida a estos cuerpos deseguridad; Que, en atención a los lineamientos que en materia militar han sido diseñados por la Organización de las Na-ciones Unidas y la Organización de Estados Americanos,reviste importancia la interrelación en el ámbito castrense,la misma que es sugerida por el Consejo de SeguridadHemisférica de la OEA; Que, en el Informe Final de la Comisión para la Rees- tructuración Integral de las Fuerzas Armadas, aprobadopor Resolución Suprema Nº 038-DE/SG incluye un Capí-tulo relacionado a "Aspectos de Política Exterior en rela-ción a la Defensa Nacional", en el que se hace referenciaentre otros a la importancia de un sistema colectivo deseguridad regional; Que, los Agregados de Defensa dependen del Jefe de Misión y actúan como asesores de éste, en toda negocia-ción y gestión que competa a su especialización, debiendocumplir además las instrucciones que les impartan, entrelas que deben destacarse las señaladas en los conside-randos precedentes; Que, es necesario nombrar en Misión Diplomática al Personal Militar de la Fuerza Aérea del Perú, para que pres-te servicios en la Agregaduría Aérea a la Embajada delPerú en la República de Belarus; Que, el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de fecha 4 de diciembre de 1987, el Decreto Supremo Nº 034-DE/SGde fecha 21 de junio de 2001 y la Resolución Ministerial Nº