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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ENERO DEL AÑO 2004 (02/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 21

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G39/G32/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 2 de enero de 2004 Que, con Oficio Nº 1809-2003-OGPE-OEPI/MINSA, de fe- cha 15 de agosto del 2003 se informa que de acuerdo al Oficio Nº1300-2003-EF/68.01 de la DGPMSP-MEF y al Informe TécnicoNº 147-2003-EF/68.01, la Dirección General de ProgramaciónMultianual del Sector Público declara aprobado el Perfil de Pro-yecto de Inversión "Desarrollo de la Capacidad de los Servicios eInvestigación en las Enfermedades Transmisibles y No Trans-misibles de los Laboratorios del Centro Nacional de Salud Públi-ca" y recomienda la formulación de un Estudio de Pre-Factibili-dad del mencionado proyecto de inversión; Que, el artículo 32.3 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003 dispone que las Entidades delSector Público podrán contratar entre ellas mismas, a través deconvenios marco de cooperación institucional u otro tipo de con-venios y contratos, la elaboración, supervisión y evaluación deproyectos, así como la prestación de cualquier servicio compati-ble con su finalidad, sin el requisito de Concurso Público o Adjudi-cación Directa; asimismo, se establece que en tales casos serealizará un proceso de adjudicación de menor cuantía, con suje-ción al artículo 105º del Reglamento del TUO de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado; Que, mediante Memorando Nº 207-2003-OEL-OGA/ INS, de fecha 17 de diciembre del 2003, la Dirección Ejecuti-va de Logística determina que el monto para atender larealización del Estudio de Prefactibilidad del Proyecto deInversión referido en los considerandos precedentes as-ciende a la suma de S/. 25,561.00 (veinticinco mil quinien-tos sesenta y uno y 00/100 nuevos soles); Que, por Informe Nº 552-2003-OEPPI-OGAT/INS, de fecha 12 de diciembre del 2003, la Dirección Ejecutiva de la OficinaEjecutiva de Planificación, Presupuesto e Inversiones señala queexiste la correspondiente previsión presupuestal para atender losolicitado, indicándose mediante Informe Nº 560-2003-OEPPI-OGAT/INS, de fecha 18 de diciembre de 2003 que se ha procedi-do a modificar el Presupuesto Institucional Año 2003, apertu-rándose en la Unidad Ejecutora 001 INS, la meta SIAF 063 De-sarrollo de la Capacidad de los Servicios de Investigación en lasEnfermedades Transmisibles y no Transmisibles, por la Fuentede Financiamiento Recursos Ordinarios; En uso de las atribuciones establecidas en el artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacionalde Salud, aprobado por D.S. Nº 001-2003-SA; SE RESUELVE:Artículo 1º.- APROBAR la inclusión en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacionalde Salud, correspondiente al año 2003, el siguiente proce-so de selección: Tipo de proceso : Adjudicación de Menor Cuantía.Objeto : Elaboración de Estudio de Prefactibilidad del Proyecto de Inversión Pública "Desarrollo dela Capacidad de los Servicios e Investigaciónen las Enfermedades Transmisibles y NoTransmisibles de los Laboratorios del CentroNacional de Salud Pública"; Síntesis de lasEspecificaciones : Seleccionar a entidades del sector público que se encarguen de la elaboración de Estu-dio de Prefactibilidad del Proyecto de Inver-sión Pública "Desarrollo de la Capacidad delos Servicios e Investigación en las Enferme-dades Transmisibles y No Transmisibles delos Laboratorios del Centro Nacional de Sa- lud Pública"; Tipo de Moneda : Nuevos SolesValor estimado : 25,561.00 Fuente de : Recursos OrdinariosMes de Ejecución : diciembre Artículo 2º.- DISPONER la publicación de la presente Resolución el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez(10) días siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 3º.- INFORMAR al Consejo Superior de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE ya la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microem-presa - PROMPYME, la aprobación materia de la presenteResolución. Artículo 4º.- REMITIR copia de la presente Resolu- ción a los órganos de la Entidad que corresponda. Regístrese, comuníquese y publíquese. AÍDA C. PALACIOS RAMÍREZ Jefe (e) 24246SUNAT /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G63/G72/G6F/G6E/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G64/G65/G63/G6C/G61/G2D /G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G6F/G62/G6C/G69/G67/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G2D /G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G34 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 244-2004/SUNAT Lima, 31 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO:Que es necesario establecer el cronograma para el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los tri-butos administrados y/o recaudados por la SUNAT, conexcepción de aquellos que gravan la importación, co-rrespondientes a los períodos de enero a diciembre delaño 2004; Que asimismo se requiere fijar el cronograma para que los deudores tributarios afectos al Impuesto Selec-tivo al Consumo cumplan con presentar los formularioscorrespondientes y cancelar los pagos a cuenta sema-nales durante el año 2004; Que el inciso a) del Artículo 4º del Decreto Supre- mo Nº 105-2003-EF al reglamentar el Régimen de Bue-nos Contribuyentes, señala como beneficio para lossujetos considerados como tales, el declarar y pagarsus obligaciones tributarias mensuales hasta la fechade vencimiento especial, a partir del período tributariocuyo vencimiento se produzca en el mes de ingreso alRégimen; En uso de las atribuciones conferidas por el Artícu- lo 29º del Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tri-butario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EFy modificatorias, el Artículo 10º del Texto del NuevoRégimen Único Simplificado, aprobado por DecretoLegislativo Nº 937, el Artículo 30º del TUO de la Leydel lmpuesto General a las Ventas e Impuesto Selecti-vo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y modificatorias y el Artículo 18º de la Resolu-ción de Superintendencia Nº 080-99-SUNAT; SE RESUELVE:Artículo 1º .- Los deudores tributarios, incluyendo a los que se acojan al Nuevo Régimen Único Simplificado, cum-plirán con realizar el pago de los tributos de liquidaciónmensual, cuotas, anticipos o pagos a cuenta mensuales,tributos retenidos o percibidos, así como con presentar lasdeclaraciones relativas a los tributos a su cargo, adminis-trados y/o recaudados por la SUNAT, correspondientes alos períodos tributarios de enero a diciembre del año 2004,de acuerdo con el cronograma detallado en el Anexo 1 dela presente resolución Articulo 2º .- Los contribuyentes y responsables incor- porados en el Régimen de Buenos Contribuyentes cumpli-rán sus obligaciones tributarias correspondientes a los pe-riodos tributarios de enero a diciembre del año 2004 hastala fecha prevista en la última columna del Anexo 1 de lapresente resolución, en los términos previstos en el De-creto Supremo Nº 105-2003-EF. Artículo 3º.- Los deudores tributarios afectos al Im- puesto Selectivo al Consumo cumplirán con presentarlos formularios correspondientes y cancelar los pagosa cuenta semanales según el cronograma detallado enel Anexo 2 de la presente resolución. Para efectos dela regularización mensual, se deberá tener en cuentael cronograma a que se refiere el artículo 1º de la pre-sente Resolución. DISPOSICIÓN FINAL Única.- La declaración y el pago del Impuesto a las Transacciones Financieras se realizarán de conformidadcon lo dispuesto por las normas que se aprueben para talefecto. Regístrese, comuníquese y publíquese.NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional