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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ENERO DEL AÑO 2004 (02/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 9

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G39/G31/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 2 de enero de 2004 nal del Centro del Perú - UNCP, período 1.ENE.2000 - 31.DIC.2001; Que, en el contexto de lo actuado en el referido examen especial, la Comisión Auditora ha determinado que el Presi-dente y los miembros del Comité Especial Permanente deAdjudicaciones, otorgaron la Buena Pro para la ejecuciónde la obra "Perforación y Equipamiento del Pozo Tubular de90 mts. de Profundidad y Tendido de Tubería de PVC de 950mts en la localidad de El Mantaro - Jauja", a una empresaque no alcanzó la calificación técnica necesaria y que resul-taba menos ventajosa para la Universidad Nacional del Cen-tro del Perú - UNCP, soslayando otra oferta que incluía laconstrucción de casetas de material noble y el tendido dered eléctrica, (facultad otorgada en las Bases Administrati-vas), originando que para la culminación y funcionamientode la obra licitada, la UNCP tenga que asumir un costo adi-cional de S/. 73 733,83 nuevos soles, que comprende el ci-tado tendido, necesario para el funcionamiento de la obra;determinándose la existencia de indicios razonables de lacomisión de delito de Aprovechamiento Indebido del Cargo,previsto y penado en el artículo 397º del Código Penal; Que, conforme a lo dispuesto en la Segunda Disposi- ción Transitoria de la Ley Orgánica del Sistema Nacionalde Control y de la Contraloría General de la República,aprobada por Ley Nº 27785, publicada el 23 de julio del2002, el proceso integral de control iniciado antes de laentrada en vigor de esta Ley, se regirá por la normativaanterior hasta su conclusión; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República, Nº27785, constituye atribución de este Organismo Superiorde Control, disponer el inicio de las acciones legales perti-nentes en forma inmediata, por parte del Procurador Públi-co, en los casos en que en la ejecución directa de unaacción de control se encuentre daño económico o presun-ción de ilícito penal, correspondiendo autorizar al Procura-dor Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contra-loría General de la República, el inicio de las acciones le-gales correspondientes contra los presuntos responsablescomprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el artículo 22º inciso d) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contra-loría General de la República, Ley Nº 27785, y los Decre-tos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría Ge-neral de la República, para que en nombre y representacióndel Estado inicie las acciones legales por los hechos ex-puestos, contra los presuntos responsables comprendidosen el Informe de Visto, remitiéndosele para el efecto losantecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 24318 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73 /G64/G65/G20/G69/G6C/GED/G63/G69/G74/G6F/G73/G20/G70/G65/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G70/G65/G72/G6A/G75/G69/G63/G69/G6F/G20/G65/G63/G6F/G6E/GF3/G6D/G69/G2D /G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G41/G6E/G64/G61/G68/G75/G61/G79/G6C/G61/G73 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 439-2003-CG Lima, 30 de diciembre de 2003 Vistos, los Informes Especiales Nºs. 334 y 335-2003-CG/ ORCU, resultantes del Examen Especial efectuado a la Munici-palidad Provincial de Andahuaylas, provincia y Región de Apurí-mac, por el período enero 1999 - diciembre 2000; considerandoaspectos anteriores y posteriores al citado período; y, CONSIDERANDO: Que, como consecuencia de la acción de control efec- tuada en la Municipalidad Provincial de Andahuaylas, laComisión Auditora ha determinado irregularidades en el proceso de selección y en la ejecución de la obra "Pavi-mentación de la Avenida José María Arguedas", realizadadurante el período 2000, al haberse otorgado ventajas enla calificación a la firma postora que finalmente obtuvo labuena pro, así como en el pago de adelantos, evidencián-dose asimismo el otorgamiento de conformidad a la ejecu-ción de citada obra, sin formular reparos a las serias defi-ciencias técnico - constructivas ni a los mayores pagosefectuados a la empresa contratista; generando perjuicioeconómico a la Municipalidad por la suma de S/. 32 419,02Nuevos Soles; hechos que constituyen indicios razonablesde la comisión del delito de Concusión en la modalidad deColusión Ilegal, previsto y penado en el Art. 384º del Códi-go Penal; Que, asimismo, la Comisión Auditora, en la contrata- ción y ejecución de diversas obras contratadas por la cita-da Municipalidad con la empresa "Desarrollo de IngenieríaS.A.", durante los años 1999 y 2000, ha determinado irre-gularidades en la aprobación del expediente técnico y elotorgamiento de conformidad de ejecución a las mismas,no obstante el incumplimiento de especificaciones técni-cas y la presencia de serias deficiencias de construcciónque presentaban, ocasionando la realización de pagos enexceso por el orden de S/. 285 888,18 Nuevos Soles, enperjuicio de dicha comuna, monto que debe ser resarcidoconforme a lo establecido en el artículo 1321º del CódigoCivil; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Art. 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Con-trol y de la Contraloría General de la República, constituyeatribución de este Organismo Superior de Control, dispo-ner el inicio de las acciones legales pertinentes en formainmediata, por parte del Procurador Público, en los casosen que en la ejecución directa de una acción de control seencuentre daño económico o presunción de ilícito penal,correspondiendo autorizar al Procurador Público encarga-do de los asuntos judiciales de la Contraloría General de laRepública, el inicio de las acciones legales respectivascontra los presuntos responsables comprendidos en losInformes de Vistos; De conformidad con el artículo 22º inciso d) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contra-loría General de la República, Ley Nº 27785, y los Decre-tos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría Ge-neral de la República, para que en nombre y representacióndel Estado, inicie las acciones legales por los hechos ex-puestos, contra los presuntos responsables comprendidosen los Informes de Vistos, remitiéndosele para el efecto losantecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 24319 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA /G4E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6E/G20/G61/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G6A/G75/G65/G63/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G2D /G74/G6F/G73/G20/G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G54/G61/G63/G6E/G61/G2D/G4D/G6F/G71/G75/G65/G67/G75/G61/G2C/G4C/G69/G6D/G61/G2C/G20/G49/G63/G61/G2C/G20/G43/G75/G73/G63/G6F/G2C/G20/G41/G72/G65/G71/G75/G69/G70/G61/G2C/G20/G50/G75/G6E/G6F/G20/G79/G43/G6F/G6E/G6F/G20/G4E/G6F/G72/G74/G65 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 949-2003-CNM San Isidro, 22 de diciembre de 2003 VISTO: El Informe de la Comisión Permanente de Selección y Nombramiento de Magistrados y la solicitud del doctorALECKSEI GUILLERMO VASQUEZ ESCOBAR,