Norma Legal Oficial del día 02 de enero del año 2004 (02/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, viernes 2 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por inconductas funcionales en contra del Jefe Regional de Huancayo, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, habiendo realizado la respectiva investigacion referente a los hechos materia de denuncia la misma que obra en el informe de la Gerencia de operaciones MORDAZA mencionado; Que, mediante el informe Nº 833-2003-GAJ/RENIEC, la Gerencia de asesoria Juridica opina que ante las denuncias existentes vertidas por los ex servidores de la Jefatura Regional Huancayo en contra de su ex Jefe Regional, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, corresponde al organo jurisdiccional competente el deslindar luego de una prolija investigacion, la existencia de responsabilidad penal o no del mencionado ex funcionario al tratarse los hechos denunciados de conductas que configuran los delitos contra la administracion publica tales como abuso de autoridad y peculado en agravio tanto de esta entidad como de los denunciantes; siendo procedente encargar al procurador publico de los asuntos judiciales de RENIEC, la interposicion de las acciones legales que correspondan para la investigacion MORDAZA referida; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, Ley Nº 26497, asi como por el inciso h) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y funciones, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 530-2003-JEF/RENIEC y con el visto MORDAZA de la Gerencia de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan, contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los presuntos delitos contra la administracion Publica en la modalidad de abuso de autoridad y peculado en agravio de RENIEC y de los servidores de la mencionada Jefatura Regional, conforme a los fundamentos expuestos en la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitase los actuados al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 24363

do a su vez que el Sistema Registral esta integrado, entre otros organismos, por las Oficinas Registrales encargadas del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Direccion del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil estime convenientes, por ello, por Resolucion Jefatural Nº 02396-JEF, de fecha 3 de MORDAZA de 1996, se ha delegado las funciones registrales contenidas en el articulo 44º de la Ley Nº 26497 a las Oficinas de Registro de Estado Civil de la Republica ubicadas, entre otras instituciones, en las Municipalidades Provinciales, Distritales y de Centros Poblados Menores debidamente autorizadas y las que funcionan en las Comunidades Nativas de la MORDAZA y ceja de selva; Que, la Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de las Regiones de la MORDAZA y Ceja de MORDAZA - Decreto Ley Nº 22175 - establecio la instalacion de una Oficina de Registro de Estado Civil en cada Comunidad MORDAZA, lo que en la practica se implemento en forma restringida, por tanto, subsiste la necesidad de establecer programas tendientes a la integracion paulatina de las Comunidades Nativas al Sistema Registral, cuyo organo rector es el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, adecuando las exigencias legales al respecto a las condiciones sociales y geograficas existentes, asi como respetando sus costumbres ancestrales; Que las Comunidades Nativas a que se refieren los informes de los vistos han formalizado expedientes de Incorporacion de las Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en las mismas al Sistema Registral, por lo que debe aprobarse la delegacion funcional a traves de las respectivas Resoluciones Jefaturales emitida por la mas alta autoridad de la institucion, estableciendose la vinculacion funcional que la MORDAZA dispone, las mismas que requieren de la publicidad esencial para su vigencia; y, De conformidad con lo expuesto en la Ley Nº 26497 y Decreto Supremo Nº 015-98-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Considerar en via de regularizacion dentro del Sistema Registral y delegar las funciones registrales a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion a las Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en las Comunidades Nativas de:
Comunidad MORDAZA 01 02 03 04 PUERTO MORDAZA LIMATAMBO PUERTO OCOPA MORDAZA Distrito IPARIA KIMBIRI RIO TAMBO RIO TAMBO Provincia MORDAZA PORTILLO LA CONVENCION SATIPO SATIPO Departamento UCAYALI MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Delegan funciones registrales a las Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en Comunidades Nativas de los departamentos de Ucayali, MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 603-2003-JEF-RENIEC
MORDAZA, 11 de diciembre de 2003 Vistos los Informes Nºs. 1877, 1878, 1879 y 1880-2003GO-SGREC/RENIEC, de fecha 4 de diciembre del 2003; Que, por Ley Nº 26497 se creo el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil como un organismo MORDAZA, constitucionalmente encargado de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil. Corresponde exclusivamente al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil las funciones de planear, organizar, dirigir, normar y racionalizar las inscripciones registrales de su competencia, entre los que se encuentran los nacimientos, matrimonios, defunciones y demas actos que modifican el estado civil de las personas; Que la normativa registral prevista en la Ley Nº 26497 y complementada con el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, de fecha 23 de MORDAZA de 1998, MORDAZA que regula la inscripcion de los hechos relativos al estado civil de las personas, disponien-

Articulo Segundo.- Los Registradores, Jefes de Oficinas de Registro de Estado Civil que funciona en las Comunidades Nativas mencionadas en el articulo precedente quedan encargados de las funciones establecidas en el articulo 15º del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, de fecha 23 de MORDAZA de 1998, asi como las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta y el obligatorio repliegue de informacion, cenida a la normatividad registral vigente y bajo la supervision y control del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 24364

SBS
Modifican Disposicion del Titulo VI del Compendio de Normas de Supe rintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones
RESOLUCION SBS Nº 1817-2003
MORDAZA, 31 de diciembre de 2003

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