Norma Legal Oficial del día 02 de enero del año 2004 (02/01/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 2 de enero de 2004

1062-DE/CCFFAA de fecha 1 de diciembre de 1994, regulan los conceptos que se abonan al personal militar y civil de las Fuerzas Armadas que viaja al exterior en Mision Diplomatica; Estando a lo opinado por el Comandante General de la Fuerza Aerea; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar, al Tecnico Supervisor FAP LLONTOP ARRASCO MORDAZA MORDAZA como Auxiliar al Agregado Aereo a la Embajada del Peru en la Federacion Rusa, del 1 de enero al 31 de diciembre del 2004. Articulo 2º.- El citado Personal pasara lista de revista a ordenes del Comando de Personal de la Fuerza Aerea, por el periodo que dure la Mision. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, estara a cargo de asegurar las condiciones adecuadas para el cumplimiento de la mision encomendada, de acuerdo a la normatividad legal vigente. Articulo 4º.- El Comandante General de la Fuerza Aerea, queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la Mision, sin exceder el periodo total establecido. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 24338

lan los conceptos que se abonan al personal militar y civil de las Fuerzas Armadas que viaja al exterior en Mision Diplomatica; Estando a lo opinado por el Comandante General de la Fuerza Aerea; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar, al Tecnico de 1ra. FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Auxiliar al Agregado Aereo a la Embajada del Peru en la Republica de MORDAZA, por el periodo de UN (1) ano, a partir del 1 de enero al 31 de diciembre del 2004. Articulo 2º.- El citado Personal pasara lista de revista a ordenes del Comando de Personal de la Fuerza Aerea, por el periodo que dure la Mision. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, estara a cargo de asegurar las condiciones adecuadas para el cumplimiento de la mision encomendada, de acuerdo a la normatividad legal vigente. Articulo 4º.- El Comandante General de la Fuerza Aerea, queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la Mision, sin exceder el periodo total establecido. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 24339

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 2081-2003-DE/FAP-CP
MORDAZA, 12 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley del Ministerio de Defensa, articulo 4º inciso (f) ha previsto entre sus funciones, la de participar y fomentar la implementacion de politicas y acuerdos internacionales, destinados a garantizar la defensa regional y seguridad hemisferica; Que, la MORDAZA contemporanea de seguridad y defensa nacional tiene directa relacion con los temas de politica exterior, en el contexto de sistemas de seguridad colectiva en el ambito regional y de seguridad cooperativa en el ambito hemisferico; Que, en tal sentido y en atencion al MORDAZA MORDAZA legal del Sector Defensa es prioritario el fomento de la implementacion de politicas y acuerdos bilaterales o multilaterales destinados a garantizar la defensa regional y la seguridad hemisferica; Que, estas variables plantean el desafio de las Fuerzas Armadas profesionalizadas para que desarrollen sus actividades en el MORDAZA del accionar conjunto e interoperativo, en observancia de los estandares internacionales en la mision constitucional conferida a estos cuerpos de seguridad; Que, en atencion a los lineamientos que en materia militar han sido disenados por la Organizacion de las Naciones Unidas y la Organizacion de Estados Americanos, reviste importancia la interrelacion en el ambito MORDAZA, la misma que es sugerida por el Consejo de Seguridad Hemisferica de la OEA; Que, en el Informe Final de la Comision para la Reestructuracion Integral de las Fuerzas Armadas, aprobado por Resolucion Suprema Nº 038-DE/SG incluye un Capitulo relacionado a "Aspectos de Politica Exterior en relacion a la Defensa Nacional", en el que se hace referencia entre otros a la importancia de un sistema colectivo de seguridad regional; Que, los Agregados de Defensa dependen del Jefe de Mision y actuan como asesores de este, en toda negociacion y gestion que competa a su especializacion, debiendo cumplir ademas las instrucciones que les impartan, entre las que deben destacarse las senaladas en los considerandos precedentes; Que, es necesario nombrar en Mision Diplomatica al Personal Militar de la Fuerza Aerea del Peru, para que preste servicios en la Agregaduria Aerea a la Embajada del Peru en la Republica de Chile; Que, el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de fecha 4 de diciembre de 1987, el Decreto Supremo Nº 034-DE/SG de fecha 21 de junio de 2001 y la Resolucion Ministerial Nº 1062-DE/CCFFAA de fecha 1 de diciembre de 1994, regu-

Dejan sin efecto la R.M. Nº 2110-DE/ FAP-CP y modifican la R.S. Nº 439-DE/ FAP
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 2238-2003-DE/FAP-CP
MORDAZA, 30 de diciembre de 2003 Visto el M/C GOP8-300807 de diciembre del 2003 del Comandante del Grupo Aereo Nº 8 de la Fuerza Aerea del Peru; CONSIDERANDO: Que, segun Resolucion Suprema Nº 439 DE/FAP-CP del 8 de noviembre del 2003, se autorizo el viaje al exterior en Comision de Servicio a la Republica Federativa del Brasil, del 12 al 14 de diciembre del 2003, entre otros, a los Coroneles FAP MORDAZA VIGNES MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la finalidad que se encarguen del retorno de la aeronave Boeing 737-528 FAP Nº 356 (Avion Presidencial) a la MORDAZA de MORDAZA, el mismo que recibiera Mantenimiento Especial Check "C" en la estacion reparadora VARIG ENGINEERING & MAINTENANCE S.A., con sede en la MORDAZA de Porto Alegre; Que, segun Resolucion Ministerial Nº 2110 DE/FAPCP del 19 de diciembre del 2003, se modifico el Articulo 1º de la resolucion MORDAZA mencionada, en el sentido que se considere del 20 al 22 de diciembre del 2003, la autorizacion de viaje al exterior en Comision de Servicio a la Republica Federativa del Brasil, a los Oficiales Superiores referidos; Que, de acuerdo a las ultimas coordinaciones realizadas por el representante tecnico de la Fuerza Aerea en la Compania VARIG, la fecha del retorno de la mencionada aeronave ha sido cambiada, por lo que es necesario dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 2110 DE/FAP-CP del 19 de diciembre del 2003 y modificar la Resolucion Suprema Nº 439 DE/FAP-CP del 8 de noviembre del 2003, en el sentido que se considere la fecha de inicio y termino de la referida autorizacion del 2 al 4 de enero del 2004; Que, el Articulo 4º de la Resolucion Suprema MORDAZA citada, faculta al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y termino de la referida autorizacion sin exceder el total de dias autorizados; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 017-2003 y Decreto Supremo Nº 047-2002PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 2110 DE/FAP-CP del 19 de diciembre del 2003.

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