TEXTO PAGINA: 16
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G34/G36/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 12 de enero de 2004 grafía y Navegación que efectúe y controle toda actividad o trabajo relacionado con la seguridad de la navegaciónacuática en el área de su competencia, situación en quese encuentran comprendidas las empresas que realizan estudios Hidro-Oceanográficos; Que, por Leyes Nºs. 27806 y 27927, así como por De- cretos Supremos Nºs. 043-2003-PCM y 072-2003-PCM defechas 22 de abril y 6 de agosto del 2003, respectivamen-te, se aprobó la Ley de Transparencia y Acceso a la Infor-mación Pública, su modificatoria, sistematizadas en el Texto Único Ordenado y su Reglamento, en las que se dispone entre otros aspectos que el Monto de la Tasa por conceptode costos de reproducción de la información requerida porel solicitante, debe figurar en el Texto Único de Procedi-mientos Administrativos (TUPA) de cada entidad de la Ad-ministración Pública; así como se incorpora un nuevo for- mato de solicitud de acceso a la información pública; Que, por Ley Nº 27928, se modificó el inciso (1) del artículo 61º de la Ley Nº 27178 - Ley del Servicio Militar,referido a sanciones; Que, por Decreto Supremo Nº 045-2003-RE de fecha 19 de marzo del 2003, se aprobó la Tarifa de Derechos Consulares, comprendiendo en su Sección IX lo relaciona- do al Registro Militar, en la cual se regula el derecho depago que deben efectuar nuestros connacionales en lasOficinas Consulares del Perú en el exterior; Que, es conveniente para los intereses institucionales, lo dispuesto en el considerando segundo a fin que la Direc- ción de Hidrografía y Navegación cuente con los procedi- mientos administrativos necesarios que le permitan tenerun adecuado control operativo y administrativo de las em-presas que realizan estudios Hidro-Oceanográficos; Que, lo dispuesto en las normas legales indicadas en los considerandos tercero, cuarto y quinto del presente De- creto Supremo, tienen por finalidad que los administrados tomen conocimiento de la tasa por concepto de costos dereproducción de la información pública requerida y del nuevoformato de solicitud de acceso a la información pública aser presentado; por otro lado, es necesario actualizar elbeneficio otorgado a los peruanos en edad militar con la disminución del porcentaje de multa por omisos a diferen- tes causales previstos para el Servicio Militar, así comoprecisar en cada procedimiento administrativo de inscrip-ción y omisos, un requisito adicional para que los perua-nos residentes en el extranjero entreguen fotos de frente yde perfil a color, fondo blanco, tamaño pasaporte, sin ante- ojos oscuros ni prenda de cabeza, para el escaneado y digitalización correspondiente, en reemplazo del pago porcaptación de imagen codificada no considerada en la Sec-ción IX de la Tabla de Tarifa de Derechos Consulares, porlo que la Marina de Guerra del Perú debe adecuar sus pro-cedimientos administrativos afectados en el TUPAM-15001, Edición enero 2002, a la normatividad legal vigente; Que, es necesario modificar el Procedimiento Administra- tivo de Inscripción Anual al Concurso de Admisión de Alum-nos a cargo del Centro de Instrucción Técnica y EntrenamientoNaval (CITEN), a fin que los postulantes a ese Centro de Es-tudios se beneficien con la transparencia, normatividad legal vigente, exoneración en los pagos y precisión de los requisi- tos, concordante con lo dispuesto en la Ley Nº 27444 - Leydel Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27178 - Leydel Servicio Militar y Ley Nº 28036 - Ley de Promoción y De-sarrollo del Deporte, respectivamente; Que, de la experiencia adquirida de solicitudes de los administrados por recursos de apelación derivados de pro- cesos de selección convocados por la Marina de Guerradel Perú, se ha determinado la conveniencia de establecerun procedimiento administrativo único con arreglo a la nor-matividad legal vigente; Que, el artículo 37º, inciso (1) y artículo 38º, numerales 38.1 y 38.5 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General disponen entre otros aspectos, quela creación de nuevos procedimientos administrativos, in-cremento de derechos de tramitación o requisitos, debencontar con respaldo legal, para ser comprendidos en el TextoÚnico de Procedimientos Administrativos - TUPA de la en- tidad, requiriendo de una Norma Legal de igual jerarquía que aprobó el citado Texto; Que, la Marina de Guerra del Perú en cumplimiento a las normas y procedimientos que rigen para la Administra-ción Pública, en lo referente a la prestación de servicios,requiere modificar e incorporar al Texto Único enunciado en el considerando primero, los procedimientos adminis- trativos actualizados, a fin que se encuentren comprendi-dos dentro de los alcances de las normas legales señala-das en los considerandos precedentes;De conformidad con lo dispuesto en el inciso (8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º .- Modificar el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Marina de Guerra del Perú, TUPAM-15001, Edición enero 2002, aprobado por Decreto SupremoNº 011-DE/MGP, de fecha 23 de octubre del 2002, en las Par-tes siguientes: Parte “A” - Dirección General del Personal de la Marina, Unidad Orgánica (2), Dirección de Instrucción, Capítulo II - Centro de Instrucción Técnica y EntrenamientoNaval, el Procedimiento B-02; Parte “A” - Dirección Generaldel Personal de la Marina, Unidad Orgánica (3), Dirección deAdministración de Personal, Capítulo II - Departamento deReservas y Movilización, División de Registro Militar, los Pro- cedimientos del B-01 al B-17, cambiándose la denominación de dicho Capítulo II por la de “Departamento de ReservasNavales y Movilización”; y Parte “F” - Dirección de InteresesMarítimos e Información - Unidad Orgánica (1), Departamen-to de Información, Capítulo I - División de Operaciones, elProcedimiento A-01, así como el Formato de Solicitud de In- formación, cambiándose la denominación del citado formato por la de “Solicitud de Acceso a la Información Pública”; di-chos Procedimientos se modifican de acuerdo al texto queforma parte integrante del presente Decreto Supremo; Artículo 2º .- Incluir en el Texto Único de Procedimien- tos Administrativos de la Marina de Guerra del Perú, TU- PAM-15001, Edición enero 2002, aprobado por Decreto Su- premo Nº 011-DE/MGP, de fecha 23 de octubre del 2002,en la parte “B” - Dirección de Hidrografía y Navegación -Unidad Orgánica (1), Jefatura Técnica, Capítulo IV - Ofici-na de Evaluación Técnica, los Procedimientos D-004 y D-005; así como UNA (01) Disposición General, conteniendo el Procedimiento denominado “Recurso de Apelación deri- vados de Procesos de Selección convocados por la Mari-na de Guerra del Perú”; dichos Procedimientos y Disposi-ción General, se incluyen de acuerdo al texto que formaparte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 3º .- Derogar en el Texto Único de Procedimien- tos Administrativos de la Marina de Guerra del Perú, TU- PAM-15001, Edición enero 2002, aprobado por DecretoSupremo Nº 011-DE/MGP, de fecha 23 de octubre del 2002,los siguientes procedimientos administrativos: Parte “A” -Dirección General del Personal de la Marina, Unidad Orgá-nica (1) - Dirección General del Personal de la Marina, Capítulo I - Oficina Asesoría Legal, el Procedimiento A-06; Parte “B” - Dirección de Hidrografía y Navegación, UnidadOrgánica (2) - Jefatura Logística, Capítulo I - Departamen-to de Abastecimiento, el Procedimiento A-001; Parte “C” -Dirección General de Capitanías y Guardacostas, UnidadOrgánica (1) - Secretaría de la Dirección General de Capi- tanías y Guardacostas; Oficina Asesoría Legal y Capita- nías de Puerto (según corresponda el caso), Capítulo I -Secretaría de la Dirección General de Capitanías y Guar-dacostas; Oficina Asesoría Legal y Capitanías de Puerto(según corresponda el caso), el Procedimiento A-10; y Parte“D” - Dirección General del Material de la Marina, Unidad Orgánica (1) - Dirección General del Material de la Marina, Capítulo I, Oficina Asesoría Legal, el Procedimiento A-06. Artículo 4º .- Autorizar a las Dependencias de la Mari- na de Guerra del Perú señaladas en los artículos prece-dentes, la reproducción de los citados procedimientos ad-ministrativos, a fin que los Administrados del área de su competencia tomen conocimiento de las modificaciones, inclusiones y derogaciones efectuadas mediante el presen-te Decreto Supremo al Texto Único de Procedimientos dela Marina de Guerra del Perú, TUPAM-15001, Edición ene-ro 2002, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-DE/MGPde fecha 23 de octubre del 2002. Artículo 5º .- Autorizar a la División de Ordenanzas Na- vales del Departamento de Organización del Estado Ma-yor General de la Marina, la modificación e inclusión de losprocedimientos administrativos materia del presente De-creto Supremo, en la publicación naval afectada. Artículo 6º .- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinue- ve días del mes de diciembre del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa