Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2004 (13/01/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 13 de enero de 2004

el Despacho del Juzgado Mixto de Huaycan, en reemplazo del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien debera retornar al cargo jurisdiccional de origen. Articulo Quinto.- ASIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de Juez Titular, el Despacho del Juzgado Especializado en lo Penal de San MORDAZA de Miraflores, en reemplazo de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a quien se la da las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo Sexto.- REASIGNAR al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Juez Suplente del Decimo Tercer Juzgado Especializado en lo Laboral de MORDAZA, estando a la promocion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Vocal Provisional de la Tercera Laboral de Lima. Articulo Setimo.- REASIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA WONG CHUNG como Juez Suplente del Primer Juzgado Especializado en lo Penal de MORDAZA, en reemplazo de la doctora MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a quien se le da las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo Octavo.- DISPONER que las designaciones a que se hacen referencia en la presente Resolucion surtiran sus efectos a partir del TRECE de enero del 2004, con excepcion de lo resuelto en los articulos MORDAZA y MORDAZA de la misma, debiendose entender que los doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA asumiran los Despachos de los Juzgados asignados a partir del 31 de enero del presente ano, estando a lo expuesto en el tercer considerando de la presente Resolucion. Articulo Noveno.- DISPONER la permanencia de los doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Jueces Suplentes del Juzgado Mixto de Huaycan y del Juzgado Penal de San MORDAZA de Miraflores, hasta el 30 de enero del 2004, estando a lo resuelto en el articulo precedente. Articulo Decimo.- DISPONER que BAJO RESPONSABILIDAD los ex Magistrados reemplazados por designacion de los Jueces Titulares nombrados por el Consejo Nacional de la Magistratura, deberan presentar el inventario de los expedientes correspondientes a cada uno de los Despachos conferidos, asi como deberan proceder a la ENTREGA INMEDIATA de las credenciales de Magistrados otorgadas para el ejercicio de sus funciones, las mismas que deberan ser devueltas ante la Secretaria de la Presidencia de la Corte de Lima; encargandose a la Oficina Distrital de Control de la Magistratura la verificacion del cumplimiento de lo dispuesto en el presente articulo en el extremo referido a la entrega del inventario respectivo. Articulo Decimo Primero.- DISPONER que la Oficina de Administracion Distrital verifique el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion, en los extremos referidos al retorno de los ex magistrados, que a la fecha ostentan la condicion de servidores en este Distrito Judicial, al cargo jurisdiccional o administrativo de origen, en el dia y bajo responsabilidad. Articulo Decimo Segundo.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Supervision de Personal, Fiscalia de la Nacion, Oficina Distrital de Control de la Magistratura de MORDAZA, Oficina de Administracion Distrital y de los Magistrados para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 00559

Visto, el Memorandum Nº 228-2001/OHC/DCP/GO, el Informe Nº 205-2000/OHC/DCP/GO y el Informe Nº 8072003-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 17 de noviembre del 2003. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, asi como del MORDAZA de depuracion inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que los ciudadanos YOBANA AYDEE MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA CANTURIN TAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA CERON, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, dada la simplificacion administrativa y en atencion al MORDAZA de veracidad de las declaraciones, se presentaron a solicitar inscripcion en el Registro Unico de Personas Naturales, pese a que ya existia una inscripcion anterior, valiendose para ello de datos falsos, los mismos que fueron ingresados en instrumento publico, creando una duplicidad de inscripciones en el Sistema del Archivo Nacional de Identificacion, motivando la Cancelacion de la Inscripcion fraudulenta por disposicion de la Gerencia de Operaciones mediante Resolucion Nº 013-2001-GO/RENIEC, al tratarse de un tramite irregular; Que, aun cuando si bien, se ha procedido administrativamente, el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra YOBANA AYDEE MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA CANTURIN TAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA CERON, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUIROZ; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra YOBANA AYDEE MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA CANTURIN TAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA CERON, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por presunto delito Contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 24377

ORGANISMOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 625-2003-JEF/RENIEC MORDAZA, 19 de diciembre de 2003

SBS
.ijan factor de contribucion que abonaran A.Ps a la superintendencia por concepto de supervision establecido en el D.S. Nº 167-93-E.
RESOLUCION SBS Nº 026-2004
MORDAZA, 9 de enero de 2004

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