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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2004 (13/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 10

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G36/G38/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 13 de enero de 2004 el Despacho del Juzgado Mixto de Huaycán, en reemplazo del doctor Jesús Aurelio Maraví Navarro, quien deberá re-tornar al cargo jurisdiccional de origen. Artículo Quinto.- ASIGNAR a la doctora LUCILA RAFAEL YANA, en su condición de Juez Titular, el Despacho del Juzga-do Especializado en lo Penal de San Juan de Miraflores, enreemplazo de la doctora Ruth Emperatriz Monge Guillergua, aquien se la da las gracias por los servicios prestados. Artículo Sexto.- REASIGNAR al doctor RAFAEL MANUEL RUIZ HIDALGO como Juez Suplente del Décimo Tercer Juz-gado Especializado en lo Laboral de Lima, estando a la promo-ción del doctor Sergio Alberto Venero Monzón como Vocal Pro-visional de la Tercera Laboral de Lima. Artículo Sétimo.- REASIGNAR a la doctora DELIA NORMA WONG CHUNG como Juez Suplente del PrimerJuzgado Especializado en lo Penal de Lima, en reemplazode la doctora María del Rosario Niño Palomino, a quien sele da las gracias por los servicios prestados. Artículo Octavo.- DISPONER que las designaciones a que se hacen referencia en la presente Resolución surti-rán sus efectos a partir del TRECE de enero del 2004, conexcepción de lo resuelto en los artículos cuarto y quinto dela misma, debiéndose entender que los doctores MiguelEnrique Becerra Medina y Lucila Rafael Yana asumirán losDespachos de los Juzgados asignados a partir del 31 deenero del presente año, estando a lo expuesto en el tercerconsiderando de la presente Resolución. Artículo Noveno.- DISPONER la permanencia de los doctores JESUS AURELIO MARAVI NAVARRO y RUTHEMPERATRIZ MONGE GUILLERGUA como Jueces Su-plentes del Juzgado Mixto de Huaycán y del Juzgado Pe-nal de San Juan de Miraflores, hasta el 30 de enero del2004, estando a lo resuelto en el artículo precedente. Artículo Décimo.- DISPONER que BAJO RESPON- SABILIDAD los ex Magistrados reemplazados por desig-nación de los Jueces Titulares nombrados por el ConsejoNacional de la Magistratura, deberán presentar el inventa-rio de los expedientes correspondientes a cada uno de losDespachos conferidos, así como deberán proceder a laENTREGA INMEDIATA de las credenciales de Magistra-dos otorgadas para el ejercicio de sus funciones, las mis-mas que deberán ser devueltas ante la Secretaría de laPresidencia de la Corte de Lima; encargándose a la Ofici-na Distrital de Control de la Magistratura la verificación delcumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo en elextremo referido a la entrega del inventario respectivo. Artículo Décimo Primero.- DISPONER que la Oficina de Administración Distrital verifique el estricto cumplimientode lo dispuesto en la presente Resolución, en los extre-mos referidos al retorno de los ex magistrados, que a lafecha ostentan la condición de servidores en este DistritoJudicial, al cargo jurisdiccional o administrativo de origen,en el día y bajo responsabilidad. Artículo Décimo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del PoderJudicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Na-cional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magis-tratura, Gerencia General, Supervisión de Personal, Fis-calía de la Nación, Oficina Distrital de Control de la Magis-tratura de Lima, Oficina de Administración Distrital y de losMagistrados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. VÍCTOR RAÚL MANSILLA NOVELLA Presidente de la Corte Superiorde Justicia de Lima 00559 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G66/G65/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 625-2003-JEF/RENIEC Lima, 19 de diciembre de 2003Visto, el Memorándum Nº 228-2001/OHC/DCP/GO, el Informe Nº 205-2000/OHC/DCP/GO y el Informe Nº 807-2003-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de AsesoríaJurídica, de fecha 17 de noviembre del 2003. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Iden- tificación y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora,así como del proceso de depuración inherente al procedimientoadministrativo, ha detectado que los ciudadanos YOBANA AYDEECCANTO GABRIEL, JESÚS PERCY CANTURIN TAZA, CAR-LOS GUERRA CANTO, KENNY JORGE RAMÍREZ ARANA,JULISSA SHIRLEY TORRES CERON, LUCIO MORALESMEDINA, EDDIE FERNANDO MARTINEZ ALMEYDA, AUGUS-TO JIMÉNEZ PEREZ, RICARDO GUSTAVO ESPEJO CASTI-LLO, ROSARIO MARIA VALDIVIA CORRALES, JIMMY SALASESPINOZA y JACK HAMILTON ALVAREZ QUIROZ, dada la sim-plificación administrativa y en atención al principio de veracidadde las declaraciones, se presentaron a solicitar inscripción en elRegistro Único de Personas Naturales, pese a que ya existía unainscripción anterior, valiéndose para ello de datos falsos, los mis-mos que fueron ingresados en instrumento público, creando unaduplicidad de inscripciones en el Sistema del Archivo Nacionalde Identificación, motivando la Cancelación de la Inscripciónfraudulenta por disposición de la Gerencia de Operacionesmediante Resolución Nº 013-2001-GO/RENIEC, al tratarse deun trámite irregular; Que, aún cuando si bien, se ha procedido administrativa- mente, el hecho antes descrito constituye indicio razona-ble de la comisión de presunto delito contra la Fe Pública,en la modalidad de Falsedad Ideológica, previsto y sancio-nado en el artículo 428º del Código Penal vigente; Que, en atención al considerando precedente resulta nece- sario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judi-ciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, paraque interponga las acciones que correspondan en defensa delos intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacióny Estado Civil contra YOBANA AYDEE CCANTO GABRIEL,JESÚS PERCY CANTURIN TAZA, CARLOS GUERRA CAN-TO, KENNY JORGE RAMÍREZ ARANA, JULISSA SHIRLEYTORRES CERON, LUCIO MORALES MEDINA, EDDIE FER-NANDO MARTINEZ ALMEYDA, AUGUSTO JIMÉNEZ PEREZ,RICARDO GUSTAVO ESPEJO CASTILLO, ROSARIO MARIAVALDIVIA CORRALES, JIMMY SALAS ESPINOZA y JACK HA-MILTON ALVAREZ QUIROZ; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifica-ción y Estado Civil, para que en nombre y representación delos intereses del Estado interponga las acciones legales quecorrespondan contra YOBANA AYDEE CCANTO GABRIEL,JESÚS PERCY CANTURIN TAZA, CARLOS GUERRA CAN-TO, KENNY JORGE RAMÍREZ ARANA, JULISSA SHIRLEYTORRES CERON, LUCIO MORALES MEDINA, EDDIE FER-NANDO MARTINEZ ALMEYDA, AUGUSTO JIMÉNEZ PE-REZ, RICARDO GUSTAVO ESPEJO CASTILLO, ROSARIOMARIA VALDIVIA CORRALES, JIMMY SALAS ESPINOZAy JACK HAMILTON ALVAREZ QUIROZ, por presunto delitoContra la Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Ideológi-ca, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identifica-ción y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Públi- co encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacio-nal de Identificación y Estado Civil, para los fines a que secontrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 24377 S B S /G46._/G69/G6A/G61/G6E/G20/G66/G61/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G62/G6F/G6E/G61/G2D /G72/GE1/G6E/G20/G41/G46._/G50/G73/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G73/G75/G70/G65/G72/G69/G6E/G74/G65/G6E/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G2D/G63/G65/G70/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G75/G70/G65/G72/G76/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G44/G2E/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G31/G36/G37/G2D/G39/G33/G2D/G45/G46._ RESOLUCIÓN SBS Nº 026-2004 Lima, 9 de enero de 2004