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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2004 (13/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 4

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G36/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 13 de enero de 2004 resulta necesario modificar, los Anexos Nºs. 01/GN y 01/ GR Cuadro de plazos en la Fase de Ejecución Presupues-taria, de las Directivas antes citadas; En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 13º de la Ley Nº 28112 - Ley Marco de la Administración Fi-nanciera del Sector Público, el artículo 5º de la Ley Nº 27209- Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, y el artículo17º del Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Orgánica del Mi-nisterio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE :Artículo 1º.- Modificar el Anexo Nº 01/GN Cuadro de plazos en la Fase de Ejecución Presupuestaria de la Directiva Nº 001-2004-EF/76.01 "Directiva para la Aprobación, Ejecución y Con-trol del Proceso Presupuestario del Gobierno Nacional para elAño Fiscal 2004", de acuerdo a lo siguiente: - Remisión de la Información a que Apertura: hasta el 12 de enero se refiere Art. 67º de la DirectivaNº 001-2004-EF/76.01. Incluye infor-mación de las PEAs del personalactivo y pensionista. Artículo 2º.- Modificar el Anexo Nº 01/GR Cuadro de plazos en la Fase de Ejecución Presupuestaria de la Directiva Nº 002-2004-EF/76.01 "Directiva para la Aprobación, Ejecución y Con-trol del Proceso Presupuestario de los Gobiernos Regionalespara el Año Fiscal 2004", de acuerdo a lo siguiente: - Remisión de la Información a que Apertura: hasta el 12 de enero se refiere Art. 70º de la DirectivaNº 002-2004-EF/76.01. Incluye infor-mación de las PEAs del personalactivo y pensionista. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELSON SHACK YALTA Director GeneralDirección Nacional del Presupuesto Público 00562 JUSTICIA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G49/G4E/G50/G45/G20/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G74/G61/G72/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G63/G65/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G74/G72/G61/G73/G6C/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G2D/G64/G61/G6E/G6F/G20/G70/G65/G72/G75/G61/G6E/G6F/G20/G72/G65/G63/G6C/G75/G69/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G73/G74/G61/G2D/G62/G6C/G65/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G65/G6E/G69/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G72/G69/G6F/G20/G61/G72/G67/G65/G6E/G74/G69/G6E/G6F RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 008-2004-JUS Lima, 10 de enero de 2004 Visto el Oficio Nº 401-2003-INPE/11 de la Secretaría Ge- neral del Instituto Nacional Penitenciario, y el OF. RE (LEG)Nº 2-19-B/414 de la Oficina de Asuntos Legales del Ministe-rio de Relaciones Exteriores, relacionados con la solicitud deJULIO MÉNDEZ PIZARRO (o JULIO ALBERTO LUDEÑACCORAHUA o CORAGUA o CORAHUA) para su traslado alPerú, acogiéndose al Convenio suscrito con la República Ar-gentina, sobre Traslado de Personas Condenadas; CONSIDERANDO: Que, el interno de nacionalidad peruana JULIO MÉNDEZ PIZARRO (o JULIO ALBERTO LUDEÑA CCORAHUA o CO-RAGUA o CORAHUA), recluido en un Establecimiento Peni-tenciario de la República Argentina, ha solicitado acogerse alConvenio suscrito entre los Gobiernos del Perú y la RepúblicaArgentina, sobre Traslado de Personas Condenadas; Que, dicho Convenio permite que las sentencias impues- tas en la República Argentina a peruanos, puedan ser cumpli-das en establecimientos penitenciarios de la República del Perú; Que, por sentencia de fecha 12 de octubre de 2001, el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 8 de la Capital Federal de laRepública Argentina, condenó a 20 años de prisión, acce-sorias legales y costas, como coautor de tentativa del deli-to de homicidio simple, en concurso real con homicidio sim-ple al citado ciudadano peruano; Que, mediante el OF RE (LEG) Nº 2-19-B/414, la Ofici- na de Asuntos Legales del Ministerio de Relaciones Exte-riores remite al Instituto Nacional Penitenciario, mediantela Nota Nº 10491 de la Dirección General de Asuntos Jurí-dicos de la Cancillería Argentina, la resolución de autori-zación del Juzgado Nacional de Ejecución Penal Nº 3, paraque el citado connacional finalice su condena en el Perú, loque ha sido puesto en conocimiento de nuestra Embajadaen la República Argentina;Que, con Oficio Nº 401-2003-INPE/11, la Secretaría General del Instituto Nacional Penitenciario remite la documentación rela-cionada con el pedido de JULIO MÉNDEZ PIZARRO (o JULIOALBERTO LUDEÑA CCORAHUA o CORAGUA o CORAHUA),que incluye el Informe Nº 0147-2003-INPE-07 de la DirecciónGeneral de Asesoría Jurídica y el Oficio Nº 998-2003-INPE/08,de la Dirección General de la Oficina General de Tratamiento,ambos opinando en forma favorable al traslado; De conformidad con lo dispuesto en el Convenio celebrado entre los Gobiernos del Perú y de la República Argentina, sobreTraslado de Personas Condenadas, ratificado por el Decreto Su-premo Nº 020-99-RE y los artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia; En uso de la facultad conferida en el inciso 8), del artí- culo 118º de la Constitución Política del Perú; SE RESUELVE:Artículo 1º.- AUTORIZAR al Instituto Nacional Penitenciario la ejecución del procedimiento de recepción y traslado del ciuda-dano peruano JULIO MÉNDEZ PIZARRO (o JULIO ALBERTOLUDEÑA CCORAHUA o CORAGUA o CORAHUA), recluidoen un Establecimiento Penitenciario de la República Argentina,para que cumpla en un establecimiento penitenciario del Perú, elresto de la condena de veinte años de prisión, impuesta comocoautor de tentativa del delito de homicidio simple, en concursoreal con homicidio simple, por el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 8de la Capital Federal de la República Argentina. Artículo 2º.- Esta Resolución no irrogará gasto alguno al Estado, ni dará derecho de exoneración o liberación deimpuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refren- dada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FAUSTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 00608 MIMDES /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C /G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G41/G42/G49/G46._ RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2004-MIMDES Lima, 9 de enero de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 019-2003-MI- MDES del 22 de agosto de 2003, se designó como Presi-dente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Bien-estar Familiar - INABIF, Organismo Público Descentraliza-do del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social al señorROLANDO MARCIAL POMALIMA RODRÍGUEZ; Que el citado funcionario ha formulado su renuncia al cargo que viene desempeñando; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis- lativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia del señor ROLANDO MARCIAL POMALIMA RODRÍGUEZ, al cargo de Presi-dente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Bien-estar Familiar - INABIF, Organismo Público Descentraliza-do del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, dándose-le las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 00609