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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2004 (13/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 2

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G36/G37/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 13 de enero de 2004 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F P C M /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G34/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G22/G41/GF1/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G73/G2D /G74/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G47/G6F/G62/G65/G72/G6E/G61/G62/G69/G6C/G69/G64/G61/G64/G44/G65/G6D/G6F/G63/G72/GE1/G74/G69/G63/G61/G22 DECRETO SUPREMO Nº 002-2004-PCM EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, el Gobierno del Perú ha reiterado su compromiso con la democracia, el fortalecimiento del Estado de Dere-cho y la promoción de la gobernabilidad democrática como bases del desarrollo, la estabilidad y la paz; Que, el Estado de Derecho pone límites al poder y a la autoridad, garantiza el espacio autónomo de la so- ciedad frente al Estado, norma y media las actividades dentro del Estado y la sociedad, así como las relacio-nes entre ellos; Que, la gobernabilidad democrática sólo puede ser institucionalizada cuando las relaciones entre el Esta-do y la Sociedad son reguladas por derechos y obliga- ciones que no dependen de la voluntad de los gober- nantes o de intereses del momento de los más podero-sos de la sociedad; Que, el camino para asegurar una gobernabilidad de- mocrática debe asumirse en el contexto de un Estado deDerecho en tres dimensiones: desarrollo y modernización institucional; equidad en el modelo económico; e, integra- ción social participativa; Que, se aspira a una gobernabilidad que, a partir de un conjunto de valores éticos, maximice las oportunidades y los beneficios y, a la vez, reduzca sus efectos adversos,una gobernabilidad que asuma las transformaciones so- ciales en un marco de estabilidad e institucionalidad de- mocrática; Que, la gobernabilidad democrática requiere la partici- pación responsable de todos los actores de la sociedad en la construcción de los consensos necesarios para el fortale-cimiento de nuestra democracia; Que, en el contexto descrito, resulta conveniente de- clarar el año 2004 como "Año del Estado de Derecho y dela Gobernabilidad Democrática"; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 24) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Declárese el año 2004 como "Año del Es- tado de Derecho y de la Gobernabilidad Democrática". Artículo 2º.- Durante el año 2004 se consignará dicha frase en los documentos oficiales. Artículo 3º.- La Presidencia del Consejo de Ministros conjuntamente con el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Educación se encargarán de difundir y organizar activi-dades y eventos destinados a conmemorar el año 2004, con arreglo a los alcances de la denominación asignada. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Minis- tro de Justicia y el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de enero del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros FAUSTO HUMBERTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia CARLOS MALPICA FAUSTOR Ministro de Educación 00605/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G6C/G61/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G45/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G65/G73/G20/G61/G20/G47/G75/G61/G74/G65/G6D/G61/G6C/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G2D /G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G6E/G64/G6F/G20/G70/G72/G65/G73/G69/G2D/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G63/G68/G6F/G20/G70/G61/GED/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 017-2004-PCM Lima, 10 de enero de 2004 Vista la Resolución Suprema Nº 0003-2004-RE, de fe- cha 5 de enero de 2004, que designa Ministro de Estado enel Despacho de Relaciones Exteriores, Embajador ManuelRodríguez Cuadros, representante personal del señor Pre-sidente de la República para participar en la transmisión deMando Presidencial de la República de Guatemala; CONSIDERANDO: Que el 14 de enero de 2004, en la República de Guate- mala, se llevará a cabo la transmisión del Mando Presi-dencial entre el actual Presidente Alfonso Portillo y el Pre-sidente electo Oscar Berger; Que, por Resolución Suprema Nº 0003-2004-RE, de fecha 5 de enero de 2004, el Ministro de Estado en el Despacho deRelaciones Exteriores, Embajador Manuel Rodríguez Cuadros,ha sido designado representante personal de Presidente de laRepública para participar en la referida ceremonia; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar el via- je del Ministro de Relaciones Exteriores a efectos de parti-cipar en el mencionado evento y, asimismo, disponer la en-cargaduría de su Despacho; De conformidad con el artículo 127º de la Constitución Política del Perú; la Cuarta Disposición Complementaria dela Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la Repúbli-ca; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, LeyOrgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; de 28 dediciembre de 1992; la Ley Nº 27619, de 21 de diciembre de2001, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de 6 de juniode 2002, que regula la autorización de viajes al exterior deservidores y funcionarios públicos; y el artículo 15º literal k)de la Ley Nº 28128, Ley del Presupuesto del Sector Públicopara el Año Fiscal 2004, vigente desde el 1 de enero de 2004; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Embajador ManuelRodríguez Cuadros, a la ciudad de Guatemala, República deGuatemala, del 14 al 15 de enero de 2004, para participar en latransmisión de Mando Presidencial de dicho país. Artículo Segundo.- Encargar el Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores al Presidente del Consejo de Ministros,doctor Carlos Ferrero Costa, mientras dure la ausencia del titular. Artículo Tercero.- Los gastos que ocasione el cumpli- miento de la presente Resolución, serán cubiertos por elPliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exte-riores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazono mayor de quince (15) días al término de la referida co-misión, de acuerdo al detalle siguiente: PASAJES US$ VIÁTICOS US$ 1,645.00 600.00 Artículo Cuarto.- Teniendo en consideración que el Mi- nistro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores,Embajador Manuel Rodríguez Cuadros, se encontrará en laciudad de Monterrey (México), participando en la CumbreExtraordinaria de Las Américas, del 12 al 13 de enero, el gas-to por concepto de pasajes a que se refiere el artículo ante-rior comprende la ruta Monterrey (México) - Guatemala - Lima. Artículo Quinto.- La presente Resolución no da dere- cho a exoneración ni liberación de impuestos aduanerosde ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 00607