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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2004 (13/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 11

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G36/G38/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 13 de enero de 2004 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 167-93-EF se han fija- do los lineamientos generales para el cálculo de las contribu-ciones que abonarán las Administradoras Privadas de Fondosde Pensiones a la Superintendencia por concepto de supervi-sión de conformidad con lo establecido por el artículo 59º delTexto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Admi-nistración de Fondos de Pensiones, aprobado por DecretoSupremo Nº 054-97-EF; Que, de conformidad con el Artículo 2º del Decreto Supre- mo Nº 167-93-EF, a partir del mes de enero, la base de aplica-ción de la contribución para efectos de lo señalado en el consi-derando precedente, será el promedio del valor del fondo delos doce (12) meses anteriores, utilizando para este fin el valordel fondo al último día de cada uno de los meses respectivos; Que, atendiendo a lo establecido en el Artículo 5º del De- creto Supremo Nº 167-93-EF, es necesario fijar la contribuciónmensual a cargo de las Administradoras Privadas de Fondosde Pensiones, correspondiente al ejercicio 2004; En uso de las facultades establecidas en los Artículos 1º y 4º de la Ley Nº 27328 en la Ley Nº 26702, Ley Generaldel Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgá-nica de la Superintendencia de Banca y Seguros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Fíjese el factor de contribución, a que se refiere el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 167-93-EF,en 0.000063 para el año 2004, aplicada sobre el promediodel valor del Fondo de los doce meses anteriores, utilizan-do para este fin el valor del Fondo al último día de cada unode los meses respectivos. En ningún caso, la contribuciónmensual será mayor al monto equivalente al 3.5% de larecaudación de los aportes devengados el mes anterior. Artículo 2º.- La contribución a que se refiere el Artícu- lo 1º de la presente resolución será pagadera a partir delmes de enero del 2004, y dentro de los primeros doce (12)días calendario de cada mes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 00560 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 OSINERG /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C /G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G4F/G53/G49/G4E/G45/G52/G47/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G2D/G74/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G33 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 070-2003-OS/PRES Lima, 29 de diciembre de 2003 VISTO:El Memorándum Nº OAF-1346-2003 del 29 de diciem- bre de 2003, por el cual la Oficina de Administración y Fi-nanzas remite el Plan Anual de Adquisiciones y Contrata-ciones actualizado al 29 de diciembre de 2003. CONSIDERANDO: Que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de OSINERG correspondiente al ejercicio 2003, fue aproba-do el 24 de enero de 2003, mediante Resolución de Presi-dencia del Consejo Directivo Nº 003-2003-OS/PRES; Que, el numeral 3) del artículo 7º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº013-2001-PCM, en adelante el Reglamento, establece queel Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, conten-drá las licitaciones públicas, concursos públicos y adjudi-caciones directas que se realizarán en el año fiscal;Que, el inciso 6) del Numeral VI de la Directiva Nº 022- 2001-CONSUCODE/PRE, precisa que el Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones podrá ser modificado encualquier momento, durante el curso del ejercicio presu-puestal, de conformidad con la asignación presupuestal oen caso de reprogramación de las metas propuestas; Que, el artículo 8º del Reglamento considera que las lici- taciones, concursos públicos y adjudicaciones directas nocontenidas en el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio-nes deberán ser aprobadas por el Titular del Pliego o la máxi-ma autoridad administrativa de la Entidad para su inclusiónen el mismo, lo cual deberá informarse al CONSUCODE den-tro de los diez (10) días hábiles siguientes a dicha aproba-ción; a su vez, las inclusiones y exclusiones de los procesosde selección serán comunicadas a PROMPYME, dentro delmismo plazo, dando cuenta al CONSUCODE; Que, por lo expuesto resulta necesario aprobar las mo- dificaciones al Plan Anual de Adquisiciones y Contra-taciones correspondientes al ejercicio presupuestal del año2003, el mismo que contiene la adquisición de bienes yservicios a través de procesos contemplados en el TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, financiados con recursos propios; De conformidad con el Artículo 7º del Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,los artículos 5º, 6º, 7º y 8º de su Reglamento, aprobadopor Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la Directiva Nº022-2001-CONSUCODE/PRE y lo dispuesto en el artículo62º del Reglamento General de OSINERG, aprobado porDecreto Supremo Nº 054-2001-PCM; y, Con la opinión favorable de la Gerencia General; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ORGANISMO SUPER-VISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA -OSINERG, corres-pondiente al ejercicio presupuestal del año 2003, el mismo quecomo anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer que el Plan Anual de Ad- quisiciones y Contrataciones modificado, aprobado en elartículo precedente, sea comunicado al Consejo Superiorde Contrataciones y Adquisiciones del Estado -CONSU-CODE, y a la Comisión de Promoción de la Pequeña Em-presa PROMPYME, dentro de los diez (10) días hábilessiguientes de emitida la presente Resolución. Artículo Tercero.- Disponer que el Plan Anual de Adqui- siciones y Contrataciones a que se refiere el artículo pri-mero de la presente Resolución se ponga a disposicióndel público en la Oficina de Administración y Finanzas y enla página Web de OSINERG. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro delos diez (10) días hábiles siguientes de emitida. Artículo Quinto.- Encargar a la Oficina de Administra- ción y Finanzas el cumplimiento de lo dispuesto en la pre-sente Resolución. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 00563 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE LIMA /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G47/G45/G4C/G20/G30/G39/G20/G2D /G48/G75/G61/G75/G72/G61 DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE LIMA RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 00003 Huacho, 9 de enero del 2004 Visto el Expediente Nº 001-2004-SDRE/RL y demás documentos que se acompañan en (36) folios; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 027-2001-ED, se encarga la Unidad de Servicios Educativos Nº 09 a don