Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2004 (13/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, martes 13 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 167-93-EF se han fijado los lineamientos generales para el calculo de las contribuciones que abonaran las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones a la Superintendencia por concepto de supervision de conformidad con lo establecido por el articulo 59º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF; Que, de conformidad con el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 167-93-EF, a partir del mes de enero, la base de aplicacion de la contribucion para efectos de lo senalado en el considerando precedente, sera el promedio del valor del fondo de los doce (12) meses anteriores, utilizando para este fin el valor del fondo al ultimo dia de cada uno de los meses respectivos; Que, atendiendo a lo establecido en el Articulo 5º del Decreto Supremo Nº 167-93-EF, es necesario fijar la contribucion mensual a cargo de las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, correspondiente al ejercicio 2004; En uso de las facultades establecidas en los Articulos 1º y 4º de la Ley Nº 27328 en la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Fijese el factor de contribucion, a que se refiere el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 167-93-EF, en 0.000063 para el ano 2004, aplicada sobre el promedio del valor del Fondo de los doce meses anteriores, utilizando para este fin el valor del Fondo al ultimo dia de cada uno de los meses respectivos. En ningun caso, la contribucion mensual sera mayor al monto equivalente al 3.5% de la recaudacion de los aportes devengados el mes anterior. Articulo 2º.- La contribucion a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion sera pagadera a partir del mes de enero del 2004, y dentro de los primeros doce (12) dias calendario de cada mes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 00560

Que, el inciso 6) del Numeral VI de la Directiva Nº 0222001-CONSUCODE/PRE, precisa que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones podra ser modificado en cualquier momento, durante el curso del ejercicio presupuestal, de conformidad con la asignacion presupuestal o en caso de reprogramacion de las metas propuestas; Que, el articulo 8º del Reglamento considera que las licitaciones, concursos publicos y adjudicaciones directas no contenidas en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones deberan ser aprobadas por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad para su inclusion en el mismo, lo cual debera informarse al CONSUCODE dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a dicha aprobacion; a su vez, las inclusiones y exclusiones de los procesos de seleccion seran comunicadas a PROMPYME, dentro del mismo plazo, dando cuenta al CONSUCODE; Que, por lo expuesto resulta necesario aprobar las modificaciones al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones correspondientes al ejercicio presupuestal del ano 2003, el mismo que contiene la adquisicion de bienes y servicios a traves de procesos contemplados en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, financiados con recursos propios; De conformidad con el Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, los articulos 5º, 6º, 7º y 8º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE y lo dispuesto en el articulo 62º del Reglamento General de OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; y, Con la opinion favorable de la Gerencia General; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA -OSINERG, correspondiente al ejercicio presupuestal del ano 2003, el mismo que como anexo forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones modificado, aprobado en el articulo precedente, sea comunicado al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -CONSUCODE, y a la Comision de Promocion de la Pequena Empresa PROMPYME, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de emitida la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Disponer que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones a que se refiere el articulo primero de la presente Resolucion se ponga a disposicion del publico en la Oficina de Administracion y Finanzas y en la pagina Web de OSINERG. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de emitida. Articulo Quinto.- Encargar a la Oficina de Administracion y Finanzas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 00563

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS OSINERG
Aprueban modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de OSINERG para el ejercicio presupuestal 2003
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 070-2003-OS/PRES
MORDAZA, 29 de diciembre de 2003 VISTO: El Memorandum Nº OAF-1346-2003 del 29 de diciembre de 2003, por el cual la Oficina de Administracion y Finanzas remite el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones actualizado al 29 de diciembre de 2003. CONSIDERANDO: Que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de OSINERG correspondiente al ejercicio 2003, fue aprobado el 24 de enero de 2003, mediante Resolucion de Presidencia del Consejo Directivo Nº 003-2003-OS/PRES; Que, el numeral 3) del articulo 7º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, en adelante el Reglamento, establece que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, contendra las licitaciones publicas, concursos publicos y adjudicaciones directas que se realizaran en el ano fiscal;

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Designan Director de la UGEL 09 Huaura
DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE MORDAZA RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL Nº 00003 MORDAZA, 9 de enero del 2004
Visto el Expediente Nº 001-2004-SDRE/RL y demas documentos que se acompanan en (36) folios; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 027-2001-ED, se encarga la Unidad de Servicios Educativos Nº 09 a don

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