Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2004 (17/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, sabado 17 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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so de la Escuela Real de Estudios de Defensa, a realizarse en la MORDAZA de Londres - Reino Unido de Gran Bretana e Irlanda del Norte, a partir del 20 de enero al 3 de diciembre del 2004. Articulo 2º.- El citado Oficial Superior revistara en la Direccion de Instruccion de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, por el periodo que dure la Mision de Estudios. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, estara a cargo de asegurar las condiciones adecuadas para el cumplimiento de la mision encomendada, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de fecha 4 de diciembre de 1987 y al siguiente detalle: Pasajes: MORDAZA - Londres (INGLATERRA) (CUENTA CON APOYO DE TRANSPORTE) Equipajes: (50% V.T.P.N.) US$ 6,757.00 x 50% Bagajes: (IDA) US$ 800.00 x 8.00 m3 x 1 Gastos de Instalacion: US$ 3,400.00 x 50% Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto: US$ 28.24 x 1 persona (PERU) Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o termino de la Mision de Estudios, sin exceder el periodo total establecido. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 00800

en la perspectiva de integrar las Fuerzas Armadas Multinacionales de Paz o Seguridad; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno respecto a las medidas de austeridad y racionalidad del gasto en el Sector Publico, viene reduciendo al minimo indispensable las autorizaciones de los viajes al exterior, considerandose aquellos que se enmarcan en los cruceros de instruccion indispensables; Que, el articulo 14º inciso 2.c de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, establece que no se encuentran comprendidos dentro de las disposiciones de austeridad los pagos de remuneraciones, retribuciones, dietas o cualquier bonificacion, asignacion y beneficios en moneda extranjera o indexada a esta, al personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Fuerzas Armadas y Policia Nacional que cumple servicios en el extranjero; Que, el articulo 15º incisos a) y k), de la citada Ley prioriza y determina las acciones necesarias que permitan el cumplimiento del pliego al menor costo posible, asi como restringen al minimo indispensable los viajes fuera del MORDAZA en Comision del Servicio que irroguen gastos al Estado; Que, es de interes para la MORDAZA de MORDAZA del Peru, complementar la instruccion y practicas en la mar de los Cadetes Navales, siendo conveniente para tal efecto nombrar en Comision del Servicio al Personal Superior y Subalterno destacado y dotacion del B.A.P. "MOLLENDO" (ATC-131); Personal Superior, Cadetes de MORDAZA y MORDAZA Ano, Personal Subalterno y Civil de la Escuela MORDAZA del Peru; Personal Superior y Cadetes del Ejercito y Fuerza Aerea del Peru; Cadetes de la Escuela Nacional de MORDAZA Mercante "Almirante MORDAZA Grau", Alumnos de la Academia Diplomatica y Cadetes de la Armada Boliviana, para que viajen a bordo de la referida Unidad, a fin que participen en el Crucero de Instruccion al Extranjero Ano 2004, del 17 de enero al 26 de marzo del 2004, con arribo a los Puertos de Valparaiso - MORDAZA, Buenos Aires - MORDAZA, Montevideo - URUGUAY, Rio de Janeiro - BRASIL, Willemstad - CURAZAO, Balboa - PANAMA y Guayaquil - ECUADOR; con un total de VEINTICINCO (25) dias de Estadia en Puerto; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27860 Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 27619 - Ley que regula los viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004; y, Estando a lo recomendado por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE:

Autorizan participacion de personal de la MORDAZA de MORDAZA en el Crucero de Instruccion al Extranjero Ano 2004, con arribo en puertos de MORDAZA, MORDAZA, Uruguay, Brasil, Curazao, Panama y Ecuador
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 022-2004-DE/MGP MORDAZA, 16 de enero de 2004 Visto el Oficio P.1000-0024 del Director General del Personal de la MORDAZA, de fecha 6 de enero del 2004; CONSIDERANDO: Que, la Vigesimo MORDAZA Politica de Estado del Acuerdo Nacional promueve la participacion de las Fuerzas Armadas en la Defensa Regional, la Seguridad Hemisferica y las Misiones de Paz en el MORDAZA de la Organizacion de las Naciones Unidas; Que, el articulo 4º inciso e) de la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, establece como una de sus funciones a traves de los organismos pertinentes, en las misiones de paz internacionales a que se comprometa el Estado Peruano de acuerdo a Ley; Que, entre los objetivos estrategicos generales y politicas del Sector Defensa, se encuentra la participacion en actividades de caracter regional, continental y/o mundial,

Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision del Servicio al Personal Superior y Subalterno destacado y dotacion del B.A.P. "MOLLENDO" (ATC-131); Personal Superior, Cadetes de MORDAZA y MORDAZA Ano, Personal Subalterno y Civil de la Escuela MORDAZA del Peru; Personal Superior y Cadetes del Ejercito y Fuerza Aerea del Peru; Cadetes de la Escuela Nacional de MORDAZA Mercante "Almirante MORDAZA Grau", Alumnos de la Academia Diplomatica y Cadetes de la Armada Boliviana, de acuerdo a la Relacion Nominal del Anexo (1), para que viajen a bordo de la referida Unidad, a fin que participen en el Crucero de Instruccion al Extranjero Ano 2004, del 17 de enero al 26 de marzo del 2004, con arribo a los Puertos de Valparaiso MORDAZA, Buenos Aires - MORDAZA, Montevideo - URUGUAY, Rio de Janeiro - BRASIL, Willemstad - CURAZAO, Balboa - PANAMA y Guayaquil - ECUADOR. Articulo 2º.- El Personal que se indica en el articulo 1º, revistara en la Direccion General del Personal de la MORDAZA, por el periodo que dure la citada Comision del Servicio. Articulo 3º.- El Comandante General de la MORDAZA, queda facultado para variar la fecha de inicio y/o termino de la autorizacion, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 00891

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