Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2004 (17/01/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 17 de enero de 2004

remite copias certificadas de la sentencia del Tribunal Constitucional y el acta de reincorporacion, a fin que se cumpla con rehabilitar el Titulo de Fiscal Provincial a favor del accionante; Que, estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en su sesion del ocho de enero de dos mil cuatro; y de conformidad con las facultades conferidas por el articulo 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 - Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE: Primero.- Declarar que el Titulo de Fiscal Provincial de la Fiscalia Provincial en lo Penal de Chiclayo, Distrito Judicial de MORDAZA, otorgado a favor del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA CAJAN, ha recobrado su vigencia. Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la senora Fiscal de la Nacion, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese.

suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, correspondiendo la suplencia a don Janio MORDAZA MORDAZA, segun documentacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Andahuaylas; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Concejo Distrital de Kaquiabamba, provincia de Andahuaylas, departamento de MORDAZA, por existir en su contra sentencia judicial condenatoria por delito doloso. Articulo Segundo.- Convocar a don Janio MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado del Movimiento Independiente Regional Frente Popular Llapanchik, para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Kaquiabamba, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurimac; debiendosele otorgar la respectiva credencial. Registrese, comuniquese y publiquese.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 00798

JNE
Convocan a candidato no proclamado para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Kaquiabamba
RESOLUCION Nº 009-2004-JNE Exp. Nº 657-2003 MORDAZA, 14 de enero de 2004 VISTO el pedido de convocatoria del candidato suplente, formulado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Kaquiabamba, provincia de Andahuaylas, departamento de MORDAZA, al haberse declarado la vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA MORDAZA Altamirano; CONSIDERANDO: Que por Acuerdo de Concejo Nº 003-2003-MDK-AND de fecha 2 de octubre del 2003, de fojas 31, el Concejo Distrital de Kaquiabamba en sesion extraordinaria de fecha 24 de setiembre del 2003 acordo con el MORDAZA aprobatorio de tres (3) de sus miembros, declarar la vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haberse dictado en su contra sentencia condenatoria por delito doloso, previsto en el inciso 6) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades; acuerdo que no fue impugnado de modo alguno; Que con las copias certificadas que obran de fojas 2 a 7, se acredita que en la Instruccion Nº 151-2001 con fecha 16 de MORDAZA del 2002, se condeno al Regidor vacado a la pena de cuatro anos de pena privativa de MORDAZA de ejecucion suspendida, como autor de delitos contra la administracion publica en la modalidad de colusion ilegal, peculado doloso y malversacion de fondos en agravio de la Municipalidad Distrital de Kaquiabamba; Que el articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, dispone que la vacancia del cargo de MORDAZA o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, con el MORDAZA aprobatorio de dos tercios del numero legal de sus miembros; que el citado concejo esta integrado por seis miembros requiriendose cuatro votos para declarar la vacancia del cargo de MORDAZA o Regidor; por tanto, el acuerdo de vacancia resultaria nulo; no obstante segun lo previsto en el articulo 172º del Codigo Procesal Civil, MORDAZA parrafo, no hay nulidad si la subsanacion del vicio no ha de influir en el sentido de la resolucion o en las consecuencias del acto procesal; procediendo la declaracion de vacancia por este Supremo Tribunal, en aplicacion del inciso u) del articulo 5º de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones; Que conforme lo dispone el articulo 24º de la Ley Nº 27972, en caso de vacancia de Regidor lo reemplaza el

SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 00781

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan viaje de funcionario para participar en MORDAZA a realizarse en Japon
RESOLUCION JEFATURAL Nº 013-2004-JEF/RENIEC MORDAZA, 15 de enero de 2004 VISTO; el Oficio Nº 331-2003-DP/JNE, de fecha del 18 de noviembre del 2003, del MORDAZA Nacional de Elecciones mediante el cual invita, a esta Entidad, a participar en el Tercer MORDAZA sobre Promocion de Elecciones Democraticas Experiencias y Practicas del Japon; CONSIDERANDO: Que, el Gobierno del Japon ofrece ayuda oficial para los paises en vias de desarrollo, asistiendolos en sus esfuerzos encaminados a lograr el progreso economico y una mejora de la calidad de MORDAZA de sus ciudadanos; Que, la capacitacion representa una de las principales actividades de la cooperacion tecnica la cual se hace efectiva a traves de la Agencia de Cooperacion Internacional (JICA) para los paises en vias de desarrollo; Que, la representacion residente, en el Peru, del JICA ha aceptado la participacion del representante de esta Entidad Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para el MORDAZA sobre la Promocion de Eleccion Democratica - Experiencia y Practicas del Japon, a realizarse del 21 de enero al 7 de febrero del 2004, en el mencionado pais; corriendo dicha Agencia con los gastos de pasajes internacionales, alojamiento, alimentacion y movilidad local durante todo el periodo de capacitacion; Que, el inciso k) del articulo 15º de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004 - Ley Nº 28128 dispone que, los viajes en comision, al exterior del MORDAZA de los funcionarios deben ser autorizados por el Titular del Pliego la cual debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 530-2003-JEF/RENIEC, del 7 de noviembre del 2003;

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