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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2004 (17/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 15

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G39/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 17 de enero de 2004 instrumental quirúrgico para Cirugía de Traumatología y Cirugía plástica, se registran procedimientos quirúrgicos de Cirugía Plástica, desde el 10 de agosto del 2001, prac- ticados por el Dr. Julio César Díaz Pinillos, otros de Ciru-gía Menor Traumatológica, urológica, ginecológica (1 quis- te de bartholino), todo lo anterior no fue informado por el responsable a esta Dirección de Salud; Que el responsable del Establecimiento manifiesta que en su calidad de propietario cedió el uso del Consultorio al Dr. Julio César Díaz Pinillos, habiéndose registrado con fecha 15de diciembre del 2003 el último procedimiento quirúrgico de Liposucción, la Historia Clínica de esta última intervención no se pudo observar por no estar el Médico tratante; Que el responsable del establecimiento Dr. Juan José Rodriguez Lazo, Médico Especialista en Traumatología y Ortopedia C.M.P 3409 y R.N.E 0497, ha cometido infrac-ción administrativa al omitir informar al Sector Salud, sobre el cambio de uso de los ambientes así como el mayor equi- pamiento infringiendo el Artículo 28º del D.S. Nº 023-87/SA Reglamento General de Establecimientos de Salud del Subsector No Público; Que, de conformidad con el Artículo 38º del D.S. Nº 023-87/SA "Los Establecimientos de Salud del Subsector No Público que incumplan las disposiciones, normas y re- quisitos contenidos en las Leyes y Reglamentos del Sec-tor, están sujetos a las sanciones contempladas en los ins- trumentos legales correspondientes" y Art. 39º inciso 3) "suspensión temporal del funcionamiento del Estable-cimiento de Salud impuesta mediante Resolución Directo- ral de la UDES correspondiente, para verificar el cumpli- miento de las medidas."; Con el Visto Bueno de la Dirección de Servicios de Salud , Dirección Ejecutiva de Salud de las Personas, Oficina de Asesoría Jurídica y la Dirección de Salud V Lima Ciudad; SE RESUELVE: 1º.- Imponer sanción de suspensión temporal de funcio- namiento por Noventa (90) días al Establecimiento de Sa- lud con Categoría de Consultorio Médico ubicado en Jr.Bernini Nº 352 Of. 405 del distrito de San Borja bajo res- ponsabilidad del Dr. Juan José Rodríguez Lazo, Médico Especialista en Traumatología y Ortopedia C.M.P.3409 yR.N.E 0497, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. 2º.- El responsable del Establecimiento queda obligado a adecuar las instalaciones sólo para uso de un Consulto- rio Médico en la especialidad. 3º.- Notificar copia de la presente Resolución al intere- sado y las autoridades competentes para la efectivización de las medidas antes mencionadas. Regístrese y comuníquese. ALEJANDRO MATEO BARRERA GUADALUPE Director General 00841 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G71/G75/G69/G70/G6F/G73/G20/G74/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G73 /G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G41/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G2D/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G4A/G61/G70/GF3/G6E/G20/G61/G20/G66/G61/G2D/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 018-2004-MTC/09 Lima, 15 de enero de 2004 CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo Básico sobre Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República Peruana y el Gobierno del Japón firmado el 20 de agosto de 1979, entre otras ac-ciones de Cooperación Técnica, contempla suministrar equipos, maquinaria y materiales al Gobierno Peruano; Que, mediante Acta de Acuerdos firmada entre el Jefe de la Misión de Estudios de Seguimiento del Proyecto paraSuministro de Equipos para Mantenimiento de Maquinaria de Construcción de Carreteras en la República del Perú de la Agencia de Cooperación Internacional - JICA y el Direc- tor General de Caminos y Ferrocarriles del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, de fecha 20 de enero de 2003, se definió un esquema para proporcionar un apoyo suplementario a los Proyectos de Cooperación FinancieraNo Reembolsable de Cooperación Técnica con asistencia japonesa que ya hayan culminado; Que, en el marco de los acuerdos mencionados, la Agencia de Cooperación Internacional del Japón - JICA ha donado al Ministerio de Transportes y Comunicaciones equipos técnicos consistentes en repuestos y componentespara ser utilizados en la reparación de maquinaria y equipo de construcción por un monto de Diecinueve millones cua- trocientos sesenta y seis mil cuatrocientos veintiocho ye-nes japoneses (¥ 19,466,428.00); Que, los artículos 2º y 3º del Decreto Ley Nº 21942 y el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 127-91-PCM, dispo-nen que las donaciones provenientes del extranjero con- signadas al Gobierno Central, así como las donaciones por concepto de Cooperación Técnica Internacional, serándespachadas por las Aduanas de la República del Perú, por el solo mérito de Resolución Ministerial, expedida por el Titular del Sector correspondiente; De conformidad con el Decreto Ley Nº 21942, Decreto Supremo Nº 127-91-PCM, Resolución de Contralor Nº 122- 98-CG y Decreto Legislativo Nº 935, que modifica el incisok) del artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la donación efectuada por la Agen- cia de Cooperación Internacional del Japón - JICA, a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, consis-tente en repuestos y componentes (Equipos Técnicos) para reparación de maquinaria y equipo de construcción que se señalan en Anexo adjunto, el mismo que forma parte de lapresente resolución. Artículo 2º.- Los bienes a que se contrae el artículo anterior, llegados al Perú por el Puerto del Callao, trans-portados en el barco MAERSK RÍO GRANDE, debidamente acreditados según conocimiento de embarque Nº DSLST- YO0038849 (02) de la empresa DSL STAR EXPRESS, del6.10.2003, dispuestos en 6 cajas, con un peso total de 3,653 Kg., por un valor CIF de ¥ 19,466,428.00 yenes japoneses, según factura comercial Nº 1RF0305 del 3.10.2003, serándespachados por la Aduana Marítima del Callao. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Minis- terial a la Superintendencia Nacional de Administración Tri-butaria, a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloría General de la República, dentro del término de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 00814 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G6C/G20/G71/G75/G65 /G6F/G74/G6F/G72/G67/GF3/G20/G61/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G41/G65/G72/G6F/G20/G43/G6F/G6E/G74/G69/G6E/G65/G6E/G74/G65/G20/G53/G2E/G41/G2E /G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G76/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G2D /G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G2D/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G61/GE9/G72/G65/G6F/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G2D/G73/G61/G6A/G65/G72/G6F/G73/G2C/G20/G63/G61/G72/G67/G61/G20/G79/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G6F RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 002-2004-MTC/12 Lima, 7 de enero del 2004 Vista la solicitud de la empresa AERO CONTINENTE S.A. sobre la Modificación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial - Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 106-2003-MTC/ 12 del 21 de marzo del 2003, se otorgó a la empresa AERO