Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2004 (08/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, MORDAZA 8 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES

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das por esta Municipalidad. Solicitando resolutivamente la nulidad de oficio de la Primera Convocatoria y MORDAZA aprobadas las nuevas Bases retrotrayendo el MORDAZA a la Etapa de Convocatoria (Art. 7.3 de la Directiva Nº 0112003-CONSUCODE/PRE); Que, a la fecha el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de Talara -Ano 2004, aprobado mediante Resolucion de Alcaldia Nº 14-012004-MPT de fecha 14.1.2004 y remitido a CONSUCODE, de fecha 26.1.2004, habiendo sido superada tal observacion; Que, tales observaciones de orden legal y formal que a la fecha han sido subsanadas por la Municipalidad invalida de hecho la Adjudicacion Directa Publica la que debe ser declarada nula e ineficaz volviendose al estado de convocatoria; Que, la nulidad de oficio de la Adjudicacion Directa Publica, amerita la aprobacion de nuevas bases, en resguardo de la seriedad y transparencia de este acto publico; Que, mediante Informe Nº 079-01-2004-OAJ-MPT, de Asesoria Juridica, precisa que se declare la Nulidad de Oficio de la Primera Convocatoria de Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2004-CEADPO/MPT y se Aprueben las Bases de Convocatoria; Estando a los considerandos MORDAZA indicados y en uso de las atribuciones que me confiere el Inc. 6) Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar, la Nulidad de Oficio a la Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2004-CEADPO/ MPT, de la obra "Pavimentacion MORDAZA Industrial - Talara Alta", retrotrayendo el MORDAZA a la Etapa de Aprobacion de nuevas bases. Articulo Segundo.- La Unidad de Logistica, queda encargada de publicar, en el Diario Oficial El Peruano la presente Resolucion y dar a conocer a las entidades del Estado Consucode - Prompyme. Articulo Tercero.- Disponer, que los Adquirentes de Bases con Recibo de MORDAZA en original, puedan canjear las nuevas Bases en la Gerencia de Acondicionamiento Territorial de esta Municipalidad. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Acondicionamiento Territorial, Oficina de Planificacion y Presupuesto y Oficina de Administracion y Finanzas, para el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y dese cuenta. MORDAZA A. VITONERA MORDAZA MORDAZA Provincial 02669
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 80-01-2004-MPT

parrafo del numeral 2) de las disposiciones especificas de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE, aprobado por Resolucion Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE; Que, mediante Informe Nº 010-01-2004-CEADPOMPT, de fecha 27.1.2004, del Presidente del Comite Especial de Adjudicacion Directa Publica, precisa que hasta el dia 23 de enero del presente ano, no habia sido remitido el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de Talara, teniendo en cuenta que las Bases de Adjudicacion Directa Publica Nº 0032004-CEADPO/MPT, fueron publicadas el dia 22 de enero ultimo, en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, informa que mediante Oficio A - 131-2004 (GTN/MON), la Subgerencia de Monitoreo del Consucode, observo la citada Convocatoria, las mismas que fueron subsanadas por esta Municipalidad. Solicitando resolutivamente la Nulidad de Oficio de la Tercera Convocatoria y MORDAZA aprobadas las nuevas Bases retrotrayendo el MORDAZA a la Etapa de Convocatoria (Art. 7.3 de la Directiva Nº 0112003-CONSUCODE/PRE); Que, a la fecha el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de Talara -Ano 2004, aprobado mediante Resolucion de Alcaldia Nº 14-012004-MPT de fecha 14.1.2004 y remitido a CONSUCODE, de fecha 26.1.2004, habiendo sido superada tal observacion; Que, tales observaciones de orden legal y formal que a la fecha han sido subsanadas por la Municipalidad invalida de hecho la Adjudicacion Directa Publica, la que debe ser declarada nula e ineficaz volviendose al estado de convocatoria; Que, la Nulidad de Oficio de la Adjudicacion Directa Publica amerita la aprobacion de nuevas bases, en resguardo de la seriedad y transparencia de este acto publico; Que, mediante Informe Nº 081-01-2004-OAJ-MPT, de Asesoria Juridica, precisa que se declare la Nulidad de Oficio de la Tercera Convocatoria de Adjudicacion Directa Publica Nº 003-2004-CEADPO/MPT y se Aprueben las Bases de Convocatoria; Estando a los considerandos MORDAZA indicados y en uso de las atribuciones que me confiere el Inc. 6) Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar, la Nulidad de Oficio a la Adjudicacion Directa Publica Nº 003-2004-CEADPO/ MPT, de la obra "Rehabilitacion de la Av. E Parte Posterior - Pavimentacion", retrotrayendo el MORDAZA a la Etapa de Aprobacion de nuevas bases. Articulo Segundo.- La Unidad de Logistica, queda encargada de publicar en el Diario Oficial El Peruano, la presente Resolucion y dar a conocer a las entidades del Estado Consucode - Prompyme. Articulo Tercero.- Disponer, que los Adquirentes de Bases con Recibo de MORDAZA en original, puedan canjear las nuevas Bases en la Gerencia de Acondicionamiento Territorial de esta Municipalidad. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Acondicionamiento Territorial, Oficina de Planificacion y Presupuesto y Oficina de Administracion y Finanzas, para el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y dese cuenta. MORDAZA A. VITONERA MORDAZA MORDAZA Provincial 02670
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 81-01-2004-MPT

Talara, treinta de enero del dos mil cuatro. VISTO, el Informe Nº 010-01-2004-CEADPO-MPT, del Presidente del Comite Especial de Adjudicacion Directa Publica, solicitando la Nulidad de la Tercera Convocatoria de Adjudicacion Directa Publica Nº 003-2004-CEADPO/MPT, de la obra "Rehabilitacion de la Av. E - Parte Posterior, Pavimentacion"; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), ha observado la Convocatoria de Adjudicacion Directa Publica Nº 0032004-CEADPO/MPT, de la obra "Rehabilitacion de la Av. E - Parte Posterior, Pavimentacion", por cuanto la Municipalidad no ha cumplido con remitir a CONSUCODE MORDAZA del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones correspondiente al ano fiscal 2004, conforme lo senala el numeral 2 del Art. 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PACM; y el penultimo

Talara, treinta de enero del dos mil cuatro. VISTO, el Informe Nº 009-01-2004-CEADPO-MPT, del Presidente del Comite Especial de Adjudicacion Directa Publica, solicitando la Nulidad de la MORDAZA Convocatoria de Adjudicacion Directa Publica Nº 002-2004-CEA-

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