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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (15/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 38

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G33/G30/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 15 de febrero de 2004 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G2E/G41/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G30/G30/G30/G32 /G71/G75/G65/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/GF3/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G2D/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G61/G70/G69/G61/G64/G6F/G20/G6F/G20/G44/G65/G73/G74/G61/G70/G69/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G2D/G63/G61/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G61/G74/G65/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G61/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G6D/G75/G2D /G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000011 San Juan de Miraflores, 6 de febrero del 2004 El SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES. Visto: El Informe Nº 289-LQV-OEC-MDSJM-2003 de fecha 19.12.2003 emitido por Ejecutoría Coactiva, In- forme Nº 1260-03-DAJ/MDSJM emitido por la Gerenciade la Oficina de Asesoría Jurídica de fecha 29.12.2003, Decreto de Alcaldía Nº 000002 de fecha 16.04.2003 que aprueba el Reglamento del Procedimiento de Tapiado oDestapiado de los locales en los que se constate el ejer- cicio de actividades contrarias a las disposiciones le- gales municipales. CONSIDERANDO: Que, el Reglamento del Procedimiento de Tapiado y Destapiado fue dictado tomando como base las atribuciones contenidas en la Ley Orgánica deMunicipalidades aprobada con la Ley Nº 23853, tam- bién es cierto que dichas atribuciones han sido reitera- das y ratificadas en la nueva Ley Nº 27972 por lo quecorresponde actualizar la actuación administrativa su- jetándose a la nueva Ley; Que, en lo que corresponde a la competencia para dictar el acto administrativo de destapiado, ello se en- cuentra prescrito en el Decreto de Alcaldía Nº 000002 de fecha 16.4.2003, que precisa que debe ser oficializa-do por medio de una Resolución de Alcaldía. En concor- dancia con el marco legal vigente se tiene que median- te Resolución de Alcaldía Nº 1112-2003 la autoridadedilicia ha delegado a las diferentes Gerencias de la institución entre ellas a la Gerencia de Rentas la de expedir resoluciones gerenciales conforme a sus funcio-nes y atribuciones; Que, a efecto de garantizar una adecuada descon- centración de los procedimientos administrativos y decisio-nes de la máxima autoridad edilicia salvaguardando el dere- cho de los administrados de acudir en doble instancia adminis- trativa, respecto de lo que se resuelve sobre este particular,resulta oportuno que el acto resolutivo de destapiado en mérito a las Leyes Nº 27972, 27444 y Resolución de Alcaldía Nº 1112-2003 debe ser expedido por la Gerencia de Rentas porestar dentro de sus funciones y atribuciones, y por ende modificarse en tal sentido el artículo 7º del Decreto de Alcal- día Nº 000002 de fecha 16.4.2003; Estando lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR el Decreto de Alcal- día Nº 000002 de fecha 16.4.2003, en su Artículo 7º, en base a los considerandos expuestos, el cual quedará re-dactado de la siguiente manera: Artículo 7º.- La Municipalidad mediante Resolución de la Gerencia de Rentas, previo pago de las multas impuestas de los gastos del correspondiente tapiado y levantamiento de la medida cautelar si las hubiera, dispondrá el destapia-do del inmueble y levantará la correspondiente Acta de En- trega del Local al propietario del mismo, debiendo el con- ductor y/o propietario presentar el documento de compro-miso notarial, de no ejercer actividad similar a la que venía ejerciendo y/o contrarias a las normas municipales. Artículo Segundo.- QUÉDESE por lo demás confor- me en todos sus extremos el Decreto de Alcaldía Nº 000002 de fecha 16.4.2003.Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PAULO HERNAN HINOSTROZA GUZMÁN Alcalde 03198 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G73/G20/G61/G6C /G54/G65/G78/G74/G6F/G20/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G2D /G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G2D /G74/G69/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G75/G72/G63/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 01-2004-MSS Santiago de Surco, 10 de febrero de 2004EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 94-MSS de fecha 11 de febrero del 2002 se aprobó el Texto Único de Proce-dimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de Santiago de Surco, publicándose en el Diario Oficial El Peruano el 16 del mismo mes; Que, la Gerencia de Administración mediante Infor- me Nº 031-2004-GA-GCAR-MSS señala que conforme al artículo 38º inciso 2) de la Ley Nº 27444, cada dosaños debe publicarse el íntegro del TUPA; asimismo, manifiesta que en virtud de la delegación de facultades efectuada a favor de las Gerencias Centrales, para queactúen como segunda y última instancia administrativa para resolver recursos de apelación como se ha esta- blecido a través de las Resoluciones Nºs. 009-2004-RASS y 015-2004-GM-MSS, es necesario publicar di- cho texto; Que, adicionalmente, debe tenerse en cuenta que se ha incluido la base legal que sustenta cada procedi- miento dando cumplimiento así a lo requerido por el artículo 37º inciso 1) de la Ley Nº 27444, modificacio-nes que como la inclusión de las facultades delegadas no incluyen la creación de nuevos procedimientos o in- cremento de derechos de tramitación o requisitos, porlo que al amparo del artículo 38º numeral 38.5 de la Ley Nº 27444 resulta necesario aprobar las modifica- ciones efectuadas y publicarse el TUPA en su integri-dad; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica con Informe Nº 139-2004-OAJ-MSS señala que es factible la aproba-ción del TUPA que se propone mediante Decreto de Alcaldía en la medida que no implica la creación de nuevos procedimientos ni incremento de derechos detramitación o requisitos; Estando a lo expuesto y conforme a lo estipulado en el artículo 38º inciso 38.5 de la Ley Nº 27444 y artículo20º inciso 6) de la Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero .- Aprobar las modificaciones efectua- das al Texto Único de Procedimientos Administrativos apro-bado mediante Ordenanza Nº 94-MSS. Artículo Segundo .- Disponer se publique el íntegro del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero .- Encargar a la Gerencia Municipal, Secretaría General, Gerencia Central de Administración y Rentas y Oficina de Imagen Institucional el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde