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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (15/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 54

/G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G33/G32/G30 Lima, domingo 15 de febrero de 20045.06 REGULARIZACIÓN DE OBRA SIN LICENCIA 1.- Hoja de Trámite por duplicado y FUO-Parte 1 y anexos por triplicado Derecho de trámite: (INICIADA DESPUÉS DEL 20/07/99) debidamente llenos y firmados por Propietario, Abogado y Arquitecto 0,16% del V.O + 1,29% UIT o Ingeniero Civil colegiado, quien actuará como constatador. (monto mínimo:2.67% UIT) Unidad de Gerente de Reconsideración BASE LEGAL: En caso de encontrarse la obra a nivel de casco habitable pre- Multa: 10% V.O. X Trámite Desarrollo Comisión Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC, Reglamento sentará además el FUO-Parte 2 para la Declaratoria de Fábrica Derecho por Revisión: Documentario Ur bano Técnica de la Ley Nº 27157. del inmueble. a) Por c/especialidad: según dictamen Calificadora de 2.- Copia simple de Certificado Literal de Dominio con Dictamen (Arquitect, Estruct, Inst. de la Comisión Proyectos Legal del abogado Sanit, Inst. Elect) Técnica Distrital 3.- En caso de Régimen de Propiedad Exclusiva y Común, el Acta 0.05% Valor de obra Calificadora de legalizada de la Junta de Propietarios autorizando la ejecución b) Por c/delegado ad-hoc: Proyectos de la obra. (Art. 133º del DS 008-2000-MTC). 0.02% Valor de obra Distrital 4.- Indicar por escrito el Nº de Certificado de Parámetros Urbanís- (monto mínimo:1% UIT por Apelación ticos y Edificatorios vigente o Copia Simple del Certificado. especialidad o delegado) Comisión 5.- Certificado de Habilitación del Profesional Responsable o Técnica constatador. Calificadora de 6.- Memoria justificativa (edificios de más de 04 pisos, para obras de Proyectos menor altura que sobrepasan los 1,000 m2 de área techada total, Provincial para los que se proyecten en áreas de reglamentación especial, y para casos de soluciones novedosas) 7.- Plano de Localización y Ubicación (01) juego, debidamente De ser procedente: sellado y firmado por el Propietario y Arq. o Ing. Civil Liquidación de Derechos 8.- Planos de Arquitectura (01) juego, debidamente Municipales según V.O.: sellado y firmado por el Propietario y Arq. o Ing. Civil Licencia de Obra 9.- Fotografías a color del inmueble con relación a la volumetría de 0.4% del V.O. inmuebles vecinos 10.- Presupuesto del valor de la obra, debidamente firmado por el proyectista. (Art. 56º del DS 008-2000-MTC). Deterioro Pistas y Veredas 11.- Pago de la multa cancelada. 0.6% del V.O 13.- Pago de los derechos correspondientes. Liquid. por Número: ***NOTA: Todos los puntos deberán ceñirse a lo estipulado en el D.S. 1.29 % UIT por c/número Nº 008-2000-MTC que aprueban el reglamento de la ley Nº 27157 Nota: **Adicionalmente: -Cada revisión adicional a. Autorización previa del Ministerio de Educación para los Anteproyectos por especialidad, requerirá de edificaciones que correspondan a los locales educacionales. de nuevo pago (Art. 121º b. Autorización previa del Ministerio de Salud para anteproyectos D.S.008-2000-MTC) de edificaciones que correspondan a hospitales, clínicas o similares. -El Valor de Obra (V.O) c. Autorización previa de DIGESA para obras que incluyan piscina de estará sujeto a reajuste uso público. mensual de acuerdo a Art. 110º "En caso que se desee tramitar licencia para ejecutar una obra los índices aprobados de cualquier tipo, vinculada a una edificación existente que requiere por el INEI regularización de conformidad con el reglamento de la Ley 27157, ambos trámites se podrán efectuar simultáneamente". Art. 112º "El dictamen DESAPROBADO implicará la adecuación de la edificación mediante la corrección de las deficiencias. Para ello deberá gestionar, paralelamente y bajo el mismo expediente como anexo una Licencia de Obra para Ampliación, Modificación, remodelación y/o de- molición, según el tipo de obra que corresponda, con la salvedad de que, en este caso, se solitará mediante el FOM y se presentará los planos con el dictamen DESAPROBADO de la comisión TécnicaNº DENOMINACIÓN DERECHOCALIFICACIÓNDEPENDENCIA AUTORIDAD AUTORIDAD ORD DEL REQUISITOS DE EvaluaciónDONDE QUE QUE RESUELVE PROCEDIMIENTO TRÁMITE Autom. Silencio Silencio SE INICIA APRUEBA EL RECURSO Admin. Admin. EL TRÁMITE EL TRÁMITE ADMINISTRATIVO (+) (-)