Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2004 (15/02/2004)


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NORMAS LEGALES
ACUERDA:

MORDAZA, MORDAZA 15 de febrero de 2004

Declaran en situacion de urgencia el servicio de riego de areas verdes por cisterna
ACUERDO DE CONCEJO Nº 017-2004-MSB-C San MORDAZA, 13 de febrero de 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA Visto en la IV-2004 Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 013-2004-MSB-GAL y Dictamen Nº 001-2004-MSB-CER, de la Comision de Asuntos Legales y Comision de Economia y Rentas, respectivamente, mediante los cuales proponen al Concejo la necesidad de declarar en situacion de urgencia el servicio de riego de areas verdes por cisterna del distrito de San Borja. CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 02-2004-MSB-GSCMA, de fecha 29.1.2004, la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente senala que el servicio de riego de areas verdes se encuentra cubierto en situaciones normales hasta el 29 de febrero del 2004 y que debido a la escasez de agua en la MORDAZA de MORDAZA, SEDAPAL ha iniciado un MORDAZA racionamiento del agua, siendo que por necesidad del servicio solicita se le autorice el uso de 140,000 galones diarios de agua adicionales a lo que normalmente se viene utilizando, que permita contrarrestar la situacion, lo cual originaria un incremento diario de S/. 2,471.42 adicionales a los S/. 3,177.54 que normalmente se paga, y que de acuerdo a los calculos efectuados y de no aprobarse esta medida el servicio de riego se veria recortado a la mitad, es decir hasta la MORDAZA semana del presente mes; por lo que solicita la declaratoria de urgencia de este servicio en tanto se otorgue la Buena Pro del Concurso Publico convocado para tal efecto; Que, mediante Memorandum Nº 030-2004-MSB-GSCMA y Memorandum Nº 025-2004-MSB-GE la Gerencia de Servicio a la MORDAZA y Medio Ambiente y Gerencia de Administracion y Finanzas respectivamente; definen el MORDAZA y descripcion basica del servicio; valor referencial; fuente de financiamiento; tiempo de contratacion y dependencia encargada de realizar la adquisicion; Que, de acuerdo al inciso c) del articulo 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se encuentran exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la Ley; Que, el articulo 21º de la precitada MORDAZA, considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio comprometa en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, el articulo 108º del Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, mediante Informe Nº 075-2004-MSB-GAL, de fecha 5.2.2004, la Gerencia de Asesoria Juridica en consideracion al Informe Tecnico y a los dispositivos legales sobre la materia, referidos anteriormente, opina por la procedencia de la Declaracion de Urgencia solicitada; Estando a lo expuesto, de conformidad a lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades, asi como a lo opinado por la Comision de Economia y Rentas en su Dictamen Nº 001-2004-MSB-CER y la Comision de Asuntos Legales en su Dictamen Nº 013-2004-MSB-CAL;con dispensa del tramite de aprobacion de Actas, con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo;

Articulo Primero.- Declarar en situacion de urgencia el servicio de riego de areas verdes por cisterna del distrito de San Borja. Articulo Segundo.- Autorizar al Comite Especial Permanente, bajo la supervision de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA, la realizacion de un MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, para la contratacion del Servicio de Riego de Areas Verdes por Cisterna, por un periodo de 52 dias, por un valor referencial de S/. 293,745.92 Nuevos Soles, con fuente de financiamiento recursos directamente recaudados. Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y remitir MORDAZA del mismo, asi como de los informes que lo sustentan, a la Contraloria General de la Republica, dentro del plazo establecido por Ley. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03181

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Autorizan a procurador demandar nulidad de la Resolucion de Comite de Adjudicacion de Concesiones Nº 001-2002CAC/MSI y de contrato de concesion
ACUERDO DE CONCEJO Nº 002-2004-MSI San MORDAZA, 12 de enero de 2004 EL CONCEJO DE SAN MORDAZA Visto en Sesion Ordinaria de la fecha el Expediente Nº 137641 y A-E seguido por Inversiones BROS S.A.C. sobre remodelacion, puesta en servicio y explotacion de la Plazuela Las MORDAZA y el Informe Nº 825-2003-15-OAJ/MSI de la Oficina de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 202.3 del Articulo 202º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, la facultad para declarar la nulidad de oficio de los actos administrativos prescribe al ano, contado a partir de la fecha en que hayan quedado consentidos; Que, la Resolucion del Comite de Adjudicacion de Concesiones Nº 001-2002-CAC/MSI de fecha 16.ago.02 que otorgo la Buena Pro a la empresa Inversiones BROS S.A.C. para la concesion del Proyecto Integral denominado "Remodelacion Puesta en Servicios y Explotacion de la Plazuela de Las Flores", fue publicada el 28.ago.02, por lo que de conformidad con el plazo de cinco dias para su impugnacion establecido por el Articulo 29º de la Ordenanza Nº 098-MML, aplicable al caso, dicha resolucion quedo consentida con fecha 5.set.02; Que, a la fecha ha transcurrido mas de un ano desde que la Resolucion del Comite de Adjudicacion de Concesiones Nº 001-2002-CAC/MSI quedo consentida, en consecuencia, ha caducado la facultad de la entidad, para declarar su nulidad administrativa de oficio; Que, por Acuerdo de Concejo Nº 056-2003-MSI, de fecha 8.jul.03, se autorizo al Procurador Publico Municipal, para que inicie o impulse los procesos judiciales interpuestos contra la Municipalidad de San Isidro; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 23) del Articulo 9º y Articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; ACORDO: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico Municipal, Dr. MORDAZA Barco Massa, interponga demanda judicial de nulidad de la Resolucion del Comite de Adjudicacion

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