Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2004 (15/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

CALIFICACION Evaluacion Autom. Silencio Admin. (+) Silencio Admin. (-) DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO ADMINISTRATIVO

MORDAZA, MORDAZA 15 de febrero de 2004

Nº ORD

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS

DERECHO DE TRAMITE

NORMAS LEGALES

debera presentar: i) informacion del registro en el que se encuentre inscrito el bien mueble, en caso de estar inscrito y certificado de gravamen. ii) Tratandose de bienes no inscribibles pero cuyos contratos de garantia pueden inscribirse, debera presentar documentacion que acredite la propiedad de los bienes, y de no contarse con tal documentacion, debera presentar declaracion jurada firmada por el propietario en la que se senale que el bien es de su propiedad, que esta libre de gravamenes o afectaciones que limiten su libre disposicion y que senale el lugar en el que se encuentran los bienes a prendar, que debe ser dentro de Lima. Podra presentarse Certificado del Registro de Prendas en el que conste que no existe prenda inscrita sobre dicho bien 5. En caso se hubiera interpuesto recursos impugnatorios ante la Municipalidad se debera presentar MORDAZA del desistimiento presentado 6. En caso se hubiera presentado recursos, demandas y/o acciones ante Organos distintos a la Municipalidad, debera presentar MORDAZA simple de la Resolucion por la que se acepta el desistimiento de la apelacion, demanda contencioso administrativa o accion de MORDAZA 7.- En caso de representacion, ademas de lo senalado, debera entregar lo siguiente: a.- Poder vigente y suficiente que acredite la calidad de representante b.- MORDAZA del documento de identidad del representante 8.- Pago del derecho de tramite

UNIDAD ORGANICA :
UIT 5.35 %

GERENCIA DE MEDIO AMBIENTE
X Unidad de Tramite Documentario Gerente de Medio Ambiente Reconsideracion Gerente de Medio Ambiente Apelacion Gerente Central de Servicios Locales*

4.01

MORDAZA DE CALIDAD AMBIENTAL BASE LEGAL.- El codigo del Medio Ambiente y de los Recursos Naturales D.L. 613, Cap. IV Art. 14º Y 15º. (Constitucion Politica del Peru 1993, Art. 2º inc.22); Reglamento de Acondicionamiento Territorial, Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente D.S. 007-85-VC Art. 51º, 52º, 53º, 54º y 58º; Codigo Civil D.L. 295, Limitaciones por razones de Vecindad Art. 961º; Ley Organica de Municipalidades Nº 27972

1.- Solicitud dirigida al MORDAZA 2.-Pago de los Derechos Correspondientes

Pag. 262315

*Mediante Resolucion de Alcaldia Nº 009-2004- RASS y este a su vez mediante Resolucion de Gerencia Municipal Nº 015-2004-GM-MSS, delegan facultades como MORDAZA y MORDAZA instancia a los Gerentes Centrales de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA para resolver los Recursos de Apelacion.

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