Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (15/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 49

/G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 /G20 /G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G33/G31/G35Lima, domingo 15 de febrero de 2004 Nº DENOMINACIÓN DERECHOCALIFICACIÓNDEPENDENCIA AUTORIDAD AUTORIDAD ORD DEL REQUISITOS DE EvaluaciónDONDE QUE QUE RESUELVE PROCEDIMIENTO TRÁMITE Autom. Silencio Silencio SE INICIA APRUEBA EL RECURSO Admin. Admin. EL TRÁMITE EL TRÁMITE ADMINISTRATIVO (+) (-) deberá presentar: i) información del registro en el que se encuentre inscrito el bien mueble, en caso de estar inscrito y certificado de gravamen. ii) Tratándose de bienes no inscribibles pero cuyos contratos de garantía pueden inscribirse, deberá presentar documentación que acredite la propiedad de los bienes, y de no contarse con tal documentación, deberá presentar declaración jurada firmada por el propietario en la que se señale que el bien es de su propiedad, que esta libre de gravámenes o afectaciones que limiten su libre disposición y que señale el lugar en el que se encuentran los bienes a prendar, que debe ser dentro de Lima. Podrá presentarse Certificado del Registro de Prendas en el que conste que no existe prenda inscrita sobre dicho bien 5. En caso se hubiera interpuesto recursos impugnatorios ante la Municipalidad se deberá presentar copia del desistimiento presentado 6. En caso se hubiera presentado recursos, demandas y/o acciones ante Órganos distintos a la Municipalidad, deberá presentar copia simple de la Resolución por la que se acepta el desistimiento de la apelación, demanda contencioso admi- nistrativa o acción de amparo 7.- En caso de representación, además de lo señalado, deberá entregar lo siguiente: a.- Poder vigente y suficiente que acredite la calidad de representante b.- Copia del documento de identidad del representante 8.- Pago del derecho de trámite UNIDAD ORGÁNICA : GERENCIA DE MEDIO AMBIENTE 4.01 CO NSTANCIA DE CALIDAD 1.- Solicitud dirigida al Alcalde AMBIENTAL 2.-Pago de los Derechos Correspondientes UIT 5.35 % X Unidad Gerente Reconsideración BASE LEGAL.- El código del Medio de de Medio Gerente Ambiente y de los Recursos Naturales Trámite Ambiente de Medio D.L. 613, Cap. IV Art. 14º Y 15º. (Consti- Documentario Ambiente tución Política del Perú 1993, Art. 2º inc.22); Reglamento de Acondicio- Apelación namiento Territorial, Desarrollo Urbano Gerente Central y Medio Ambiente D.S. 007-85-VC de Servicios Locales* Art. 51º, 52º, 53º, 54º y 58º; Código Civil D.L. 295, Limitaciones por razones de Vecindad Art. 961º; Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 *Mediante Resolución de Alcaldía Nº 009-2004- RASS y éste a su vez mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 015-2004-GM-MSS , delegan facultades como segunda y ultima instancia a los Gerentes Centrales de la Municipalidad de Santiago de Surco para res olver los Recursos de Apelación.