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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (15/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 25

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G32/G39/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 15 de febrero de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO VISTO:Los Informe Nºs. 020-2004-GDE/MDCH y 194-04- OAJ/MDCH de la Gerencia de Desarrollo Económico yde la Oficina de Asesoría Jurídica respectivamente. POR CUANTO:El Concejo Distrital de Chaclacayo, en sesión ordi- naria de fecha 11 de febrero de 2004, en atención a losinformes de vistos y con el quórum reglamentario. CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía polí- tica, económica y administrativa en los asuntos de su com-petencia, según lo establecen los artículos 194º y 195º de la Constitución Política, modificado por la Ley de Re- forma Constitucional y en concordancia con el artículo IIde la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, a lo informado por la Gerencia de Desarrollo Económico y la Oficina de Asesoría Jurídica, con Infor-mes Nºs. 020-2004-GDE/MDCH y 194-04-OAJ/MDCH respectivamente y con el Dictamen Nº 001-2004-CE/ MDCH de la Comisión Permanente de Regidores deEconomía, con opinión favorable; Que, con las facultades determinadas por el artícu- lo 9º incisos 8) y 9) y los artículos 39º y 40º de la LeyOrgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con la dispensa del trámite de aprobación de acta y CON EL VOTO UNÁNIME DE LOS MIEMBROS DEL CONCE-JO, ha aprobado la siguiente Ordenanza: QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 14º DE LA ORDENANZA Nº 071-04-MDCH Artículo Primero.- MODIFICAR el Artículo 14º de Or- denanza Municipal Nº 071-04-MDCH, por el texto siguien- te: DETERMINACIÓN DE LA TASA Artículo 14º .- El monto mensual de los arbitrios de Lim- pieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Seguridad Vecinal para los predios comprendidos dentro del Artículo 8º, se determina aplicando los costos del servicio estable-cido de la siguiente manera: CASCO URBANOLos predios ubicados en la zona denominada “Casco Urbano”, continuarán sujetas a las disposiciones estable-cidas por la Ordenanza Municipal Nº 059-03-MDCH de fe- cha 26 de abril del 2003, vigente a partir del 1 de mayo del 2003 en lo que respecta a arbitrios de Limpieza Pública,Parque y Jardines Públicos y Seguridad Vecinal. PERIFERIE URBANALos predios ubicados en la zona denominada “Periferie Urbana” y cuyos predios se utilicen para Casa - Habitacióno Locales Comunales, se sujetarán a la siguiente tarifa mensual de arbitrios : ARBITRIO TARIFA S/. Limpieza Pública 2.00 Parques y Jardines 1.00 Seguridad Vecinal 2.00 Los predios dedicados a negocio, se sujetarán a las correspondientes tarifas establecidas para el Casco Urba- no, a excepción de aquellos cuyo valor predial sea igual o menor a 50 Unidades Impositivas Tributarias, los cualestendrán la siguiente tarifa: ARBITRIO TARIFA S/. Limpieza Pública 3.00 Parques y Jardines 1.00 Seguridad Vecinal 2.00Asimismo, a solicitud del administrado, y en los casos de extrema pobreza, se le otorgará una tarifa especial, pre- via verificación de dicha situación por parte de los Órga- nos Municipales correspondientes, y en forma temporal,hasta que se mantenga la situación que sustenta lo solici- tado. La tarifa especial que se alude en el párrafo anterior queda fijada en los importes siguientes: ARBITRIO TARIFA S/. Limpieza Pública 1.50 Parques y Jardines 0.50 Seguridad Vecinal 1.00 Los administrados del Casco Urbano, así como de la Periferie Urbana, cuyos predios tengan como uso elde Casa - Habitación y al mismo tiempo, cualquiera de las categorías señalada como Comerciales y/o de Ser- vicios, tributarán por ambos rubros. Del mismo modo,los Gastos Administrativos quedan fijados en S/. 0.40 para los predios ubicados en el Casco Urbano y Perife- rie Urbana. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entra- rá en vigencia a partir del día siguiente de su publica-ción. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Munici- pal, Gerencia de Desarrollo Económico y a la Oficinade Planeamiento Estratégico, el cumplimiento de la pre- sente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VÍCTOR GONZALES ANDRADE Alcalde 03202 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G61/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65/G20/G61/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20 /G65/G6E/G20 /G6C/G61/G20 /G49/G49/G20 /G43/G6F/G6E/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G64/G20/G31/G30/G20/G64/G65/G20/G55/G52/G42/G2D/G41/G4C ACUERDO DE CONCEJO Nº 016-2004-MDI Independencia, 3 de febrero del 2004 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA Visto; en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha tres de febrero del año dos mil cuatro, el Informe Nº 04-2004- OPECI/GM/MDI de 30 de enero del 2004, expedido porla Oficina de Proyectos Especiales y Cooperación Inter- nacional, por el cual se recomienda la participación del señor Alcalde en las actividades de la II ConferenciaInternacional de la Red 10 de URB-AL a realizarse los días 17, 18 y 19 de febrero del 2004, en la ciudad de Sao Paulo, Brasil, cuyo tema central será "La pobrezacomo violación de los derechos humanos"; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Es- tado, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Cons- titucional, señala que las municipalidades tienen autono- mía política, económica y administrativa en los asuntos desu competencia, correspondiendo al Concejo Municipal las funciones normativas y fiscalizadoras y a la Alcaldía, las funciones ejecutivas; Que, mediante documento cursado con fecha 23 de enero del 2004, la Coordinación Ejecutiva de la Red 10 de URB-AL formuló invitación al señor Alcalde para participaren las actividades de la II Conferencia Internacional de la Red 10, a realizarse los días 17, 18 y 19 de febrero del 2004, en la ciudad de Sao Paulo, Brasil, cuyo tema central