Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2004 (15/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, MORDAZA 15 de febrero de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO VISTO:

NORMAS LEGALES

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Los Informe Nºs. 020-2004-GDE/MDCH y 194-04OAJ/MDCH de la Gerencia de Desarrollo Economico y de la Oficina de Asesoria Juridica respectivamente. POR CUANTO: El Concejo Distrital de Chaclacayo, en sesion ordinaria de fecha 11 de febrero de 2004, en atencion a los informes de vistos y con el quorum reglamentario. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, segun lo establecen los articulos 194º y 195º de la Constitucion Politica, modificado por la Ley de Reforma Constitucional y en concordancia con el articulo II de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, a lo informado por la Gerencia de Desarrollo Economico y la Oficina de Asesoria Juridica, con Informes Nºs. 020-2004-GDE/MDCH y 194-04-OAJ/MDCH respectivamente y con el Dictamen Nº 001-2004-CE/ MDCH de la Comision Permanente de Regidores de Economia, con opinion favorable; Que, con las facultades determinadas por el articulo 9º incisos 8) y 9) y los articulos 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con la dispensa del tramite de aprobacion de acta y CON EL MORDAZA UNANIME DE LOS MIEMBROS DEL CONCEJO, ha aprobado la siguiente Ordenanza: QUE MODIFICA EL ARTICULO 14º DE LA ORDENANZA Nº 071-04-MDCH Articulo Primero.- MODIFICAR el Articulo 14º de Ordenanza Municipal Nº 071-04-MDCH, por el texto siguiente: DETERMINACION DE LA TASA Articulo 14º.- El monto mensual de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Seguridad Vecinal para los predios comprendidos dentro del Articulo 8º, se determina aplicando los costos del servicio establecido de la siguiente manera: CASCO MORDAZA Los predios ubicados en la MORDAZA denominada "Casco Urbano", continuaran sujetas a las disposiciones establecidas por la Ordenanza Municipal Nº 059-03-MDCH de fecha 26 de MORDAZA del 2003, vigente a partir del 1 de MORDAZA del 2003 en lo que respecta a arbitrios de Limpieza Publica, MORDAZA y Jardines Publicos y Seguridad Vecinal. PERIFERIE MORDAZA Los predios ubicados en la MORDAZA denominada "Periferie Urbana" y cuyos predios se utilicen para MORDAZA - Habitacion o Locales Comunales, se sujetaran a la siguiente tarifa mensual de arbitrios : ARBITRIO Limpieza Publica Parques y Jardines Seguridad Vecinal TARIFA S/. 2.00 1.00 2.00

Asimismo, a solicitud del administrado, y en los casos de extrema pobreza, se le otorgara una tarifa especial, previa verificacion de dicha situacion por parte de los Organos Municipales correspondientes, y en forma temporal, hasta que se mantenga la situacion que sustenta lo solicitado. La tarifa especial que se alude en el parrafo anterior queda fijada en los importes siguientes: ARBITRIO Limpieza Publica Parques y Jardines Seguridad Vecinal TARIFA S/. 1.50 0.50 1.00

Los administrados del Casco MORDAZA, asi como de la Periferie MORDAZA, cuyos predios tengan como uso el de MORDAZA - Habitacion y al mismo tiempo, cualquiera de las categorias senalada como Comerciales y/o de Servicios, tributaran por ambos rubros. Del mismo modo, los Gastos Administrativos quedan fijados en S/. 0.40 para los predios ubicados en el Casco MORDAZA y Periferie Urbana. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Economico y a la Oficina de Planeamiento Estrategico, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03202

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Autorizan viaje del MORDAZA a Brasil para participar en la II Conferencia Internacional de la Red 10 de URB-AL
ACUERDO DE CONCEJO Nº 016-2004-MDI Independencia, 3 de febrero del 2004 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA Visto; en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha tres de febrero del ano dos mil cuatro, el Informe Nº 04-2004OPECI/GM/MDI de 30 de enero del 2004, expedido por la Oficina de Proyectos Especiales y Cooperacion Internacional, por el cual se recomienda la participacion del senor MORDAZA en las actividades de la II Conferencia Internacional de la Red 10 de URB-AL a realizarse los dias 17, 18 y 19 de febrero del 2004, en la MORDAZA de Sao MORDAZA, Brasil, cuyo tema central sera "La pobreza como violacion de los derechos humanos"; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, senala que las municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal las funciones normativas y fiscalizadoras y a la Alcaldia, las funciones ejecutivas; Que, mediante documento cursado con fecha 23 de enero del 2004, la Coordinacion Ejecutiva de la Red 10 de URB-AL formulo invitacion al senor MORDAZA para participar en las actividades de la II Conferencia Internacional de la Red 10, a realizarse los dias 17, 18 y 19 de febrero del 2004, en la MORDAZA de Sao MORDAZA, Brasil, cuyo tema central

Los predios dedicados a negocio, se sujetaran a las correspondientes tarifas establecidas para el Casco MORDAZA, a excepcion de aquellos cuyo valor predial sea igual o menor a 50 Unidades Impositivas Tributarias, los cuales tendran la siguiente tarifa: ARBITRIO Limpieza Publica Parques y Jardines Seguridad Vecinal TARIFA S/. 3.00 1.00 2.00

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