Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2004 (16/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, lunes 16 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES

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con presentar la documentacion solicitada a fin de verificar el cumplimiento de las normas tributarias mediante la fiscalizacion efectuada a los predios del distrito de La Union, documentos entre los cuales se encuentra el titulo de propiedad que la legitima como propietario del bien inmueble; Que mediante Resolucion Municipal Nº 25-95/CDMLULUA de fecha 9 de septiembre del ano 1995 se resolvio revertir a favor del Consejo Distrital Mayor de la Union los lotes de terreno que corresponden al Campamento Nº 03 donde funciono la ex MORDAZA Rural -La Union y otros, por lo que el bien inmueble que viene ocupando la administrada ubicado en Jr. Sinchi MORDAZA distrito La Union, MORDAZA es de propiedad Municipal no existiendo en la Secretaria General de esta Entidad ningun documento que acredite ningun contrato de transferencia, arrendamiento o convenio para que se les de esa calidad u otra y de esa manera se justifique su permanencia en el bien. Que, de conformidad con el articulo 49º de la Ley Organica de Municipalidades -Ley Nº 27972 - La autoridad Municipal puede ordenar la clausura transitoria o definitiva de edificios, establecimientos o servicios cuando su funcionamiento esta prohibido legalmente o constituye peligro o riesgo para la seguridad de las personas y la propiedad privada o la seguridad publica o infringe las normas reglamentarias de seguridad del sistema de defensa civil o produzca olores, humos, ruidos u otros efectos perjudiciales para la salud o la tranquilidad del vecindario, (...); En ese estricto orden de ideas de los considerandos precedentes y estando a lo opinado por la Gerencia Legal, al acuerdo unanime de Concejo Municipal y, estando a las facultades de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER LA CLAUSURA DEFINITIVA DEL MOLINO PILADORA DE ARROZ de propiedad de la Ex MORDAZA Rural de Ahorro y Credito y/o ENCOAGRO /Benito MORDAZA Zeta/ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA u otro que viene funcionando en Jr. Sinchi MORDAZA, distrito La Union de la provincia de MORDAZA, por cuanto la continuidad de su funcionamiento constituye peligro o riesgo para la seguridad de las personas, la propiedad privada y la seguridad publica e infringe las normas reglamentarias de seguridad del sistema de defensa civil al producir olores, humos, ruidos u otros efectos perjudiciales para la salud o la tranquilidad del vecindario, asi por cuanto no cuenta con licencia de funcionamiento. Articulo Segundo.- NOTIFIQUESE a la Policia Nacional de La Union, a la Policia Municipal, a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Asesoria Legal a fin de que proceda conforme a ley. Articulo Tercero.- ENCARGUESE a la Gerencia Legal de esta Entidad a fin de que interponga las acciones civil y penal que ameriten. Articulo Cuarto.- ENCARGUESE a la Gerencia Municipal, Gerencia de Secretaria General y la Unidad de Rentas el fiel cumplimiento de la presente resolucion. Articulo Quinto.- PUBLIQUESE la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en uno de los de mayor circulacion de la localidad. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03147

MDLU-PVL-J de fecha 9.1.04 de la Jefatura del Programa Vaso de Leche; Informe Nº 06-2004-MDLU/ABAST. de fecha 12.1.04 de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares; Informe Nº 020-2004-MDLU/ALI de fecha 2.2.04 de Asesoria Legal Interna, presentando el Informe Tecnico Legal sobre la declaracion de urgencia para la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 1º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, los Acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, estando a lo normado por los Articulos 19º y 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, asi como el numeral 2 del Articulo 108º del D.S. Nº 013-2001-PCM, de su Reglamento, modificado por el Articulo 3º del D.S. Nº 079-2001PCM, senala que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio que se realice el MORDAZA de seleccion respectiva para la adquisicion definitiva; Que, de conformidad a lo dispuesto en el literal c) del Articulo 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM, que determina las formalidades de los procedimientos no sujetos a Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, se aprobaran mediante Acuerdo de Concejo, en el caso de los Gobiernos Locales; Que, mediante Informe Nº 20-2004-MDLU/ALI de fecha 2.2.04, de Asesoria Legal Interna presentando el Informe Tecnico Legal dando su opinion favorable respecto, con el fin de que no genere un desabastecimiento de insumos que va a perjudicar directamente a los beneficiarios del vaso de leche, a la necesidad de declarar en situacion de urgencia la adquisicion de insumos del Programa del Vaso de Leche, correspondiente a los meses de enero, febrero y marzo del ano en curso; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y a las facultades que confiere la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, la Ley Nº 24059, el D.S. Nº 012-2001-PCM, el D.S. Nº 013-2001-PCM de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento y, con el MORDAZA favorable de los senores Miembros del Pleno del Concejo Municipal y en aplicacion a lo dispuesto en el articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con la dispensa del tramite de aprobacion del acta, adopto POR UNANIMIDAD el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA, la adquisicion de productos alimenticios para abastecer el Programa del Vaso de Leche en el distrito de La Union - MORDAZA durante los meses de enero, febrero y marzo del 2004 por el monto de S/. 125,943.00 (Ciento Veinticinco Mil Novecientos Cuarenta y Tres y 00/100), en tanto dure el llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda, hasta la suscripcion del contrato. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Abastecimientos y Servicios Auxiliares para que adopte las medidas necesarias para garantizar la atencion del citado programa de conformidad a la normatividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Tercero.- DISPONER se comunique el presente Acuerdo al Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche y a la Contraloria General de la Republica, conforme a Ley. Articulo Cuarto.- RECOMENDAR que la Gerencia Municipal adopte las medidas necesarias con la finalidad de que el Comite Especial lleve a cabo el MORDAZA Adjudicatario de Licitacion para la adquisicion de insumos del Programa Vaso de Leche de la Entidad por todo el ano. Articulo Quinto.- ENCARGUESE a la Gerencia Municipal, Subgerencia de Abastecimientos, Subgerencia de Contabilidad, Subgerencia de Abastecimientos y Servicios Auxiliares y Gerencia de la Secretaria General, la publicacion del presente Acuerdo Municipal, en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.

Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 003-2004/MDLU
La Union, 5 de febrero del 2004 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA UNION - PIURA. VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 5.2.04, el Informe Nº 001-2004-PVL-C de fecha 8.1.04 de las Coordinadoras del Programa Vaso de Leche; Informe Nº 002-2003-

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