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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (16/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 23

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G32/G33/G38/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 16 de febrero de 2004 nal de Inversión Pública Nº 27293; Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003 y Reglamento In-terno del Consejo del Gobierno Regional de Cajamarca,aprobado por Ordenanza Regional Nº 001-2003-CR/RC,el Pleno aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- Disponer la obligatoriedad de man- tener y cultivar la lengua materna en las comunidades bi-lingües de la Región Cajamarca, para lo cual se debe pro-veer de docentes que tengan dominio de la primera len-gua, así como, del castellano, en cada una de las comuni-dades en las cuales el Quechua, el Aguaruna, el Huam-bisa u otras lenguas y dialectos constituyen su lenguamaterna. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia Regio- nal de Asuntos Sociales, con la asistencia de la DirecciónRegional de Asesoría Legal, la Gerencia Regional de Pla-neamiento y la Dirección Regional de Educación, imple-menten el trámite legal para el reconocimiento de las co-munidades bilingües de la Región Cajamarca en el plazoperentorio de 30 días. Artículo Tercero.- Disponer que la Dirección Regional de Cajamarca, el Consejo Académico de la Academia Re-gional de Idioma Quechua - Cajamarca, identifiquen y pro-pongan el padrón de Centros Educativos Bilingües delámbito regional con los medios probatorios de Ley para sureconocimiento por parte del Consejo Regional de Caja-marca, en el plazo de 30 días a partir de la fecha de laaprobación de la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional rige a partir del día siguiente de su aprobación por el ConsejoRegional de Cajamarca. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la sede del Gobierno Regional, a los 17 días del mes de diciembre del dos mil tres. LUIS FELIPE PITA GASTELUMENDI Presidente 03215 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61 /G64/G65/G20/G49/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G32/G30/G30/G33/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G2D/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G63/G6F/G6E/G20/G6C/G61/G20/G69/G6E/G63/G6C/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G61/G6E/G6F/G6E/G20/G41/G64/G69/G2D/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C ORDENANZA REGIONAL Nº 0013-2003-GRCAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA POR CUANTO:EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGIÓN CAJAMARCA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:CONSIDERANDO: Que, por Ordenanza Regional Nº 011-2003-GR.CAJ- CR, de fecha 12 de setiembre del 2003, se aprobó la Repro-gramación del Programa de Inversiones 2003 del Gobier-no Regional Cajamarca y priorización para su ejecución,la misma que fue publicada en el Diario Oficial El Peruanoel día 25 de setiembre del año en curso; Que la Gerencia Regional de Planeamiento, Presu- puesto y Acondicionamiento Territorial ha propuesto lamodificación del Programa de Inversiones 2003, aproba-da mediante la Ordenanza Regional referida en elconsiderando que antecede, incluyendo Canon Adicio-nal; Estando a las atribuciones conferidas por Ley de Ba- ses de la Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica deGobiernos Regionales Nº 27867, modificada por LeyNº 27902; Ley del Sistema Nacional de Inversión Públi-ca Nº 27293; Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003 y Reglamento Interno del Consejodel Gobierno Regional Cajamarca, aprobado por Orde-nanza Regional Nº 001-2003-CR/RC, el Pleno aprobó lasiguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- Aprobar la Modificación del Progra- ma de Inversiones 2003 del Gobierno Regional Cajamarcacon la inclusión del Canon Adicional, que en ocho (8) foliosdebidamente visados por los funcionarios competentes for-ma parte de la presente. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto cualquier otra nor- ma que se oponga a la presente. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional, a los 17 días del mes de diciembre del dos mil tres. LUIS FELIPE PITA GASTELUMENDI Presidente 03216 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20 /G64/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G61/G72/G20 /G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G73 /G43/G65/G6C/G65/G62/G72/G61/G74/G6F/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G73/G71/G75/G69/G63/G65/G6E/G74/G65/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C /G70/G72/G69/G6D/G65/G72/G20/G67/G72/G69/G74/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G49/G6E/G64/G65/G70/G65/G6E/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65 /G43/G61/G6A/G61/G6D/G61/G72/G63/G61/G20/G79/G20/G64/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G34/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G65/G72/G6F/G20/G63/G6F/G2D/G6D/G6F/G20/G64/GED/G61/G20/G63/GED/G76/G69/G63/G6F/G20/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G62/G6C/G65 ORDENANZA REGIONAL Nº 014-2003-GRCAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGIÓN CAJAMARCA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:CONSIDERANDO: Que, los días 3 y 4 de enero de cada año se conme- mora el grito de Independencia del departamento de Cajamarca, que inició la Gesta Gloriosa de hacer de nuestro terruño un departamento en el concierto de lospueblos del Perú; Que, en el año 2004 se cumplen 150 años de tan im- portante e histórico acto por lo que el Gobierno Regional,las Direcciones Regionales Sectoriales, las Gerencias Subregionales, las Unidades Administrativas Provinciales y la Comunidad Regional en su conjunto, debemos rendirun justo homenaje a los forjadores de nuestra identidad Departamental: Toribio Casanova López, Juan Antonio Egúzquiza Aritizábal y Pedro José Villanueva Espinoza; Que, para tal efecto; la Municipalidad Provincial de Ca- jamarca ha Constituido una comisión multisectorial que está conformada por personalidades e historiadores de Caja-marca quienes vienen proponiendo la materialización de una serie de actividades relacionadas con la celebración de los 150 años de nuestra Independencia del departamentode La Libertad, que se hizo realidad un 11 de febrero de 1855 fecha en la que el Presidente Ramón Castilla emitie- ra la disposición gubernamental respectiva; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y Reglamento Interno delConsejo del Gobierno Regional de Cajamarca aprobado por Ordenanza Regional Nº 001-2003-CR/RC, el pleno aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- Disponer, que la sede del Gobierno Regional y todas las unidades ejecutoras y operativas de las 13 provincias y de los 127 distritos de nuestra Región