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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (16/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 28

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G32/G33/G38/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 16 de febrero de 2004 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 13 de febrero de 2004, los Informes Nº 078-2004-MDSL-GSC; InformeNº 009-2004-MDSL-GADM; Memorándum Nº 132-2004-GM; Informe Nº 065-2004-MDSL-OAL, a fin de que sedeclare en Situación de Urgencia, la Contratación de Ser-vicios de Recolección, Transporte y Disposición Final deResiduos Sólidos; CONSIDERANDO:Que el inciso c) del Art.19º del D.S.Nº 012-2001-PCM, del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones de Estado, establecen que se encuentranexonerados de los procesos de Licitación Pública, Con-curso Público o Adjudicaciones Directas, las adquisicio-nes que se realicen en Situación de Urgencia con la Nor-matividad vigente; Que de acuerdo a lo establecido en el Art. 21º de la citada Ley se considera SITUACIÓN DE URGENCIA, cuando laausencia extraordinaria e imprevisible de determinados bie-nes o servicios comprometen en forma directa e inminente lacontinuidad de los servicios esenciales o de las operacionesproductivas que la entidad tiene a su cargo. Dicha situaciónfaculta a la entidad a la Adquisición o Contratación sólo por eltiempo o cantidad según sea el caso, necesario para llevar acabo el proceso de selección que corresponde; Que, el artículo 105º del Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, esta-blece que de producirse el supuesto señalado en el Art.19º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, que de-termina la necesidad de efectuar procesos de adjudica-ción de menor cuantía, la Entidad hará las adquisiciones ocontrataciones mediante acciones inmediatas sobre la basede la obtención de una cotización que cumpla con los re-quisitos establecidos en las bases, con autorización ex-presa del titular del pliego o de la máxima autoridad admi-nistrativa de la Entidad, según corresponda; Que, la Gerencia de Administración mediante Informe Nº 009-2004-MDSL-GADM comunica que de acuerdo alInforme Nº 078-2004-MDSL-GSC de la Gerencia de Servi-cios a la Ciudad, manifiesta que mediante Carta Nº 036-2004 la empresa que actualmente viene prestando los ser-vicios de Recolección, Transporte y Disposición Final deResiduos Sólidos en el distrito de San Luis, comunica laculminación de dicho servicio el día 16 de febrero del añoen curso por así convenir a sus intereses; Que, la Oficina de Asesoría Legal Nº 065-2004-MDSL- OAL señala en atención a los considerandos precedentes,declarar en situación de emergencia dicho servicio de con-formidad con lo dispuesto en los Arts. 19º, 20º y 21º delTexto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº012-2001-PCM, el Reglamento de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S.Nº 013-2001-PCM, el Art. 10º numeral 3 y Art. 36º numeral 1 de laLey Orgánica de Municipalidades y demás normas com-plementarias; luego del debate correspondiente con dis-pensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobópor unanimidad lo siguiente; SE ACORDÓ:Artículo Primero.- Declarar en Situación de Urgencia el Servicio de Recolección, Transporte y Disposición Finalde Residuos Sólidos en el distrito de San Luis, hasta porun período máximo de 45 días calendario. Artículo Segundo.- Autorizar al Comité Especial de- signado para tal efecto conforme al Decreto Supremo Nº013-2001-PCM que aprueba el Reglamento del Texto Úni-co Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, para que proceda a contratarlos servicios señalados en el artículo precedente, vía Ad-judicación de Menor Cuantía con cargo a las fuentes definanciamiento consideradas en el Presupuesto aprobadoen el 2004. Artículo Tercero.- Disponer la publicación del presen- te Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y sea puesta enconocimiento de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FERNANDO DURAND MEJÍA Alcalde 03219MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G62/G69/G2D /G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G70/G69/G65/G7A/G61/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G2C/G20/G50/G61/G72/G71/G75/G65/G73/G20/G79 /G4A/G61/G72/G64/G69/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G53/G65/G72/G65/G6E/G61/G7A/G67/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F /G32/G30/G30/G34 ORDENANZA Nº 136 Villa María del Triunfo, 22 de enero del 2004 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO POR CUANTO:En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 22.ENE- RO.2004, bajo la presidencia del señor Alcalde, Dr. Wash-ington Ipenza Pacheco, y con la asistencia de los señoresRegidores: Sr. Emiliano Yrribarren Chamorro, Srta. RaquelBarriga Velazco, Sra. Gina Casafranca Delgado, Sr. Car-los Palomino Maldonado, Sr. Javier Salas Zamalloa, Sr.Eudaldo Viches Silva, Sr. Donato Izarra Palomino, Sr. Moi-sés Félix Olazábal, Sr. Elías Vara Franco, Sr. José GuerraVelásquez, Sr. Wilfredo Bazán Ramírez y el Sr. Carlos MejíaEscajadillo; se trató sobre aprobación de Arbitrios Munici-pales 2004; y, CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y admi-nistrativa en los asuntos de su competencia; y otorga po-testad tributaria para crear, modificar y suprimir contribu-ciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, de conformidad con el artículo 69º del Decreto Legislativo Nº 776 - de Tributación Municipal, modificado yampliado por Ley Nº 26725, las tasas por servicios públi-cos se calculan dentro del primer trimestre de cada ejerci-cio y se aprueban mediante Ordenanza, con plazo máxi-mo al 30 de abril del ejercicio correspondiente; Que, el cálculo del tributo se efectuará en función al costo efectivo del servicio, según el número de contribu-yentes beneficiados así como a los criterios que justifiquenincrementos, de ser el caso; Que, mediante la presente Ordenanza se busca siste- matizar y uniformizar el régimen tributario aplicable a losarbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines-ya que se ha implementado un apreciable número de áreasverdes que requieren mantenimiento- y Serenazgo, a finde facilitar su administración, garantizando su equitativadistribución entre los contribuyentes; Estando a lo dispuesto por los artículos 9º incisos 8) y 9) y 40º de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades,artículo 60º del D. Leg. Nº 776 - de Tributación Municipal;con el Dictamen favorable de la Comisión de Economía,Planificación y Presupuesto; y con el voto unánime de losseñores Regidores y con dispensa de la lectura y aproba-ción del acta, se ha emitido la siguiente: ORDENANZA RÉGIMEN TRIBUTARIO DE ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2004 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Por la presente Ordenanza se regulan en la jurisdic- ción del distrito de Villa María del Triunfo, los Arbitrios deLimpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo. Artículo 2º.- HECHO IMPONIBLE El hecho generador de la obligación tributaria corres- pondiente a los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques yJardines y Serenazgo está constituido por la prestación,implementación y/o mantenimiento de los servicios públi-cos referidos.