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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JULIO DEL AÑO 2004 (08/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 5

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G39/G36/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 8 de julio de 2004 asimismo se señala que al parecer el tipo de credencial ha sido de uso de los trabajadores del Gobierno Regional queproducen el noticiero local de dicha Entidad; Que, asimismo, el precitado informe indica que por Memorándum Nº 1051-2004-OF/IRTP, el Jefe de la Ofi-cina de Filiales informa al Director General de Asesoría Legal del IRTP, que el señor Segundo Jaime Rojas Mur- ga no trabaja ni ha trabajado en ninguna final y/o retrans-misora del IRTP; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2003-PCM se adscribió al Instituto de Radio y Televisión del Perú - IRTPal Sector de la Presidencia del Consejo de Ministros como un organismo público descentralizado; Que, en tal sentido y de acuerdo a la recomendación del informe del Director General de Asesoría Legal del IRTPque constituye parte integrante de la presente Resolucióny los Oficios de vistos, resulta pertinente en resguardo delinterés público autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Mi- nistros para que interponga las acciones judiciales quecorrespondan; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial delEstado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el Decre- to Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modificado por la Ley Nº 27779, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimien-to Administrativo General y el Reglamento de Organiza-ción y Funciones de la Presidencia del Consejo de Minis-tros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo deMinistros para que, en representación y defensa de los in- tereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales que corresponda contra el señor Segundo Jaime RojasMurga por las razones expuestas en la parte considerativade la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 12749 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6A/G75/G72/G69/G73/G64/G69/G63/G2D/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G79/G20/G6C/G61/G20/G66/G65/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G65/G6E/G20/G61/G67/G72/G61/G76/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C /G43/G4F/G4E/G53/G55/G43/G4F/G44/G45 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 211-2004-PCM Lima, 6 de julio de 2004 Visto el Oficio Nº 400-2004-PCM/PRO.-500 del Procu- rador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presi-dencia del Consejo de Ministros y el Oficio Nº 510-2004(PRE) del Presidente del Consejo Superior de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE; CONSIDERANDO: Que, el artículo 58º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, estableceque el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado - CONSUCODE es un organismo público descentralizado adscrito a la Presidencia del Consejo deMinistros;Que, la Resolución Nº 212-2003-CONSUCODE/PRE del Presidente del Consejo Superior de Contrataciones yAdquisiciones del Estado - CONSUCODE señala que elseñor Darío Acuña Peralta, representante legal de la Em-presa KEINT Construcciones S.R.L. solicitó el 18 de abrilde 2002 la renovación de la inscripción de su representada como ejecutora de obras ante el Registro Nacional de Con- tratistas - RNC, la que fue aprobada mediante Resoluciónde Gerencia Nº 0949-2002/RNC-CONSUCODE, expidién-dose el Certificado de Inscripción Nº 544, con vigenciahasta el 28 de abril de 2004, en razón de haber cumplidocon adjuntar la documentación correspondiente, acreditan- do como integrante de su plantel técnico, entre otros, al ingeniero César Guillermo Orlando Rojas Caramutty; Que, mediante comunicación presentada al CONSU- CODE el 17 de setiembre de 2002 el citado profesionalseñala que sólo laboró en la empresa KEINT Construccio-nes S.R.L. hasta abril de 1999; Que, la Gerencia de Registros dispuso iniciar la fiscali- zación posterior al plantel técnico de la empresa KEINTConstrucciones S.R.L. procediendo a verificar mediantepericia grafotécnica la veracidad de las firmas del mencio-nado profesional consignadas en el formulario oficial deno-minado Declaración Jurada - Constancia de Ingenieros y/o Arquitectos y en el currículo vitae del citado ingeniero, para la renovación requerida, la cual concluyó que las supues-tas firmas del ingeniero César Guillermo Orlando RojasCaramutty no eran auténticas; Que, en consecuencia, el artículo 1º de la Resolución mencionada se pronuncia por el inicio de las acciones pe- nales correspondientes contra el representante legal de la empresa KEINT Construcciones S.R.L. y contra todos losque resulten responsables por la presunta comisión deldelito contra la función jurisdiccional (falsa declaración enprocedimiento administrativo) y contra la fe pública en agra-vio del CONSUCODE; Que, con fecha 26 de agosto de 2003, la empresa KEINT Construcciones S.R.L. interpuso recurso de reconsidera-ción contra la Resolución Nº 212-2003-CONSUCODE/PRE,siendo revisados los actuados administrativos, por el Pre-sidente del CONSUCODE quien declaró infundado el re-curso mediante Resolución Nº 285-2003-CONSUCODE/ PRE; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº17537, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial delEstado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y el Re-glamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros, para que inicie e impulse las acciones judicialescorrespondientes contra el representante legal de la Em-presa KEINT Construcciones S.R.L. y contra todos los queresulten responsables por los hechos descritos en la parteconsiderativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso, al mencionado Pro-curador Público para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 12750 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 212-2004-PCM Lima, 6 de julio de 2004 Visto el Oficio Nº 265-2004-PCM/PRO.-500 del Procu- rador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presi-dencia del Consejo de Ministros y el Oficio Nº 418-