Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2004 (14/07/2004)


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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, miercoles 14 de MORDAZA de 2004

Autorizan aplicacion de utilidades del Banco Central de Reserva del Peru
DECRETO SUPREMO Nº 089-2004-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, al MORDAZA de lo dispuesto en la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Organica del Banco Central de Reserva del Peru, mediante Decreto Supremo Nº 066-94-EF se aprobo el mecanismo y cronograma de capitalizacion del citado Banco, autorizandose la emision de "Bonos de Capitalizacion Banco Central de Reserva del Peru" - Serie "A" y "B"; Que, la colocacion de los Bonos de Capitalizacion BCRP - Serie "A" se hizo en dos tramos, siendo la primera colocacion el 15 de MORDAZA de 1994 por S/. 200 000 000,00 (Doscientos millones y 00/100 Nuevos Soles) y la MORDAZA el 15 de febrero de 1995 por S/. 39 000 000,00 (Treinta y nueve millones y 00/100 Nuevos Soles), ambos con un plazo de redencion de 10 anos, que vencen el 15 de MORDAZA de 2004 y el 15 de febrero de 2005, respectivamente; Que, de conformidad con el articulo 92º de la Ley Nº 26123, Ley Organica del Banco Central de Reserva del Peru, el 25% de las utilidades netas del Banco son destinadas al Tesoro Publico y el 75% de las mismas son para constituir el incremento hasta el 100% de las reservas del Banco; Que, dado el proximo vencimiento de los Bonos de Capitalizacion BCRP - Serie "A" y considerando que (i) el Banco Central de Reserva del Peru ha cubierto el 100% de su capital con las utilidades obtenidas en ejercicios anteriores, y (ii) las obligaciones bajo los Bonos de Capitalizacion BCRP - Serie "B" han sido integramente canceladas, resulta conveniente disponer la aplicacion del 100% de las utilidades del Banco correspondientes al ejercicio 2003 para cubrir la redencion de los Bonos de Capitalizacion BCRP Serie "A" que vencen el 15 de MORDAZA de 2004; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion General de Credito Publico, la Direccion General del Tesoro Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; y, De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 17) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Aplicacion de utilidades del BCRP Apliquese el 100% de las utilidades obtenidas por el Banco Central de Reserva del Peru en el ejercicio fiscal 2003 a la amortizacion de los Bonos de Capitalizacion BCRP - Serie "A", creados por el Decreto Supremo Nº 06694-EF, que vencen el 15 de MORDAZA de 2004. Articulo 2º.- Suscripcion de documentos Autorizase al Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Credito Publico, a suscribir con el Banco Central de Reserva del Peru, los documentos que se requieran para implementar lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 13172

Que, el articulo 3º de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, dispone que el Ministerio de Economia y Finanzas a traves de la Oficina de Inversiones es la mas alta autoridad tecnico normativa del Sistema Nacional de Inversion Publica. Dicta las normas tecnicas, metodos y procedimientos que rigen los Proyectos de Inversion Publica; Que, el articulo 3º de la Resolucion Ministerial Nº 1582001-EF-15, establece que la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico desarrollara las funciones de la Oficina de Inversiones asignadas en el MORDAZA de la Ley Nº 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversion Publica; Que, la plena implementacion del Sistema Nacional de Inversion Publica requiere del desarrollo de conceptos y procedimientos aplicables a la categoria denominada Programa de Inversion; En concordancia con las facultades dispuestas por el Decreto Legislativo Nº 790; la Ley Nº 27293, normas reglamentarias y complementarias; la Resolucion Ministerial Nº 158-2001-EF-15 y la Resolucion Ministerial Nº 245-2002EF-10; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 003-2004-EF/68.01, Directiva del Sistema Nacional de Inversion Publica sobre Programas de Inversion. Articulo 2º.- Dejar sin efecto los articulos 17º y 18º de la Directiva Nº 004-2002-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica, aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 012-2002-EF-68.01, publicada el 22 de noviembre del 2002 y los articulos 28º y 29º de la Directiva Nº 004-2003-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica para Gobiernos Regionales y Locales, aprobada por Resolucion Directoral Nº 0072003-EF/68.01 publicada el 14 de setiembre del 2003. Articulo 3º.- Disponer que la presente Resolucion Directoral entre en vigencia el mismo dia de su publicacion. Articulo 4º.- Publicar la presente Resolucion Directoral en la pagina web de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico http://ofi.mef.gob.pe, sin perjuicio de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GIESECKE SARA-LAFOSSE Director General Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico DIRECTIVA Nº 003-2004-EF/68.01 DIRECTIVA DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSION PUBLICA SOBRE PROGRAMAS DE INVERSION Aprobada por Resolucion Directoral Nº 004-2004-EF/68.01 CAPITULO 1 CONSIDERACIONES GENERALES Articulo 1º.- Objeto La presente Directiva tiene por objeto establecer la definicion y procedimiento aplicable a Programas de Inversion. Articulo 2º.- Aplicacion La presente Directiva se aplicara a todos los Programas de Inversion, formulados por las Entidades y Empresas sujetas a las disposiciones del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP), siempre que estos cumplan con las caracteristicas senaladas en el articulo 5º de la presente norma. Articulo 3º.- Base Legal 3.1 Decreto Legislativo Nº 790, que Crea el Subprograma Oficina de Inversiones dentro del Viceministerio de Economia del Ministerio de Economia y Finanzas.

Aprueban Directiva del Sistema Nacional de Inversion Publica sobre Programas de Inversion
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 004-2004-EF/68.01 MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2004

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